Prólogo III

AutorEdson Lima Costa
Cargo del AutorJuez de Derecho del Tribunal de Justicia del Distrito Federal y de los Territorios
Páginas25-26
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FUNDAMENTOS DE LA TEOR ÍA SIGNIFICATIVA DE LA IMPUTACIÓN UN NUE VO CONCEPTO PARA EL DOLO Y LA IMPRUDENCIA BA JO LA FILOSOFÍA DEL LENGUA JE
El estudio de la criminología y del propio Derecho penal ha desafiado
los estudiosos, motivo por el cual diversas teorías y discusiones científicas
han surgido a lo largo de los siglos.
Comúnmente, se dice que el Derecho penal tiene como finalidad pri-
mordial la protección de bienes jurídicos de extrema relevancia para la
colectividad, tipificando conductas nocivas y que ponen en jaque la propia
estabilidad del orden público y social. O sea, cuando se atenta en contra de
los mayores valores e intereses de la sociedad, tales como la vida, la honra,
el patrimonio público y privado, la salud y la incolumidad pública, la liber-
tad sexual, entre otros, viene el Derecho penal en ayuda para aplicar una
pena de acuerdo con el ilícito practicado.
Es uno de los principios generales del Derecho, en cualquiera de sus
vertientes, la proporcionalidad entre la conducta ilícita y la sanción.Digo
que la pena debería ser como la manga de una elegante camisa social: ni
corta, ni excesiva, pero en la medida de la empuñadura. Y este es el grande
desafío del legislador.
Desde esa principiología de proporcionalidad trazada por el Derecho y
por el sentido de Justicia, que orienta el ordenamiento jurídico, el legislador
busca en las más diversas teorías jurídicas, sociológicas, criminológicas, an-
tropológicas y filosóficas la base para la construcción de un marco normativo
que impondrá los límites de conducta social, tipificando las conductas no-
civas y poniéndolasconforme el gradode reprobación que cada una merece.
Prólogo III

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