Prólogo

AutorMaría Paz García Rubio
Páginas9-12

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El paso del tiempo va cambiando de modo inapelable la ubicación de algunas cosas y también la de muchas personas. Personalmente son cada vez más frecuentes las ocasiones en las que me encuentro presentando un trabajo del que no soy la autora. Siempre me sorprendo, siempre agradezco al autor que haya pensado en mí para hacerlo, y siempre pienso que es capricho del tiempo y, en definitiva, cosas de la edad. Quienes, muy a nuestro pesar, ya vamos cumpliendo años en los quehaceres universitarios hemos de cumplir también la labor de presentar a los que, por ser más jóvenes e inexpertos en tales lides, precisan ayuda para iniciar con paso firme sus propias trayectorias, que al fin y al cabo, son la continuidad de nuestro propio camino.

No es desde luego, el caso que en estas líneas me ocupa. La Dra. María Teresa Martín Meléndez es una civilista de sólida y reconocida experiencia en labores investigadoras sobre derecho civil, como demuestran unas cuantas monografías y muchos artículos en las revistas especializadas que abarcan prácticamente todos los ámbitos de tan extenso e intenso sector del saber jurídico. Ni su persona ni ninguna de sus obras, ni en retrospectiva ni en prospectiva, necesita de ayuda alguna que avale el rigor, la dedicación al estudio y el ansia por agotar hasta el último de los intrincados problemas que sólo una mentalidad jurídica muy preparada es capaz de plantear primero y resolver sin solución de continuidad después. La que el lector tiene en sus manos no es, por supuesto, ninguna excepción. Otras, por tanto, han debido ser las razones por las que gentilmente la autora me ha pedido que escriba unas líneas que sirvan de prólogo al trabajo que ha dedicado a la sustitución fideicomisaria sobre la legítima en presencia de incapacitados. Seguro que el haber disfrutado y continuar haciéndolo cada día de idéntica maestra, la Profesora Teodora Torres García, así como nuestra común querencia por el derecho de sucesiones, inoculada y fomentada por ese común magisterio, tienen que ver en el asunto. El intercambio de pareceres entre quienes comparten tantas cosas y las múltiples maneras en que ese intercambio nos alimenta y nos enriquece pueden tomar muchas formas; ésta que consiste en presentar una obra de la factoría vallisoletana es, sin duda, una de ellas.

Para llevar a cabo el cometido ni puedo, ni creo que deba, resumir, bosquejar o analizar cada una de las múltiples cuestiones que la autora plantea al hilo de la reforma de los artículos 782, 808 y 813 del CC, operada por la Ley 41/2003 y por mor de la cual, como es de sobra conocido, se permite el gravamen del tercio de legítima estricta con una sustitución fideicomisaria en la que sean fiduciarios los hijos o descendientes judicialmente incapacitados y...

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