Prólogo

AutorIdoia Fernández Markaida
Cargo del AutorLicenciada en Derecho. Universidad de Deusto
Páginas19-23

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1. Hasta hace bien pocos años, era moneda de curso corriente entre los interesados por las cuestiones jurídico-societarias el lamentar el escaso interés suscitado por los grupos de sociedades, tanto desde el punto de vista legislativo como doctrinal. Y aunque el desinterés legislativo parece mantenerse en la actualidad, no obstante algunos apuntes dispersos aquí y allá, no pude decirse lo mismo de la doctrina, que da muestras recientes de atracción por la figura que nos ocupa. Para ser enteramente exactos, sería conveniente advertir que ese interés doctrina no llegó a faltar del todo en sectores concretos del ordenamiento jurídico, como el laboral o el tributario, que han alcanzado con el correr del tiempo volumen y profundidad estimables. La "reanimación" científica de la que hablamos ha de restringirse, por tanto, a la doctrina estrictamente mercantil (o societaria, como se prefiera), cuyo ámbito de estudio respecto de los grupos se sitúa, de modo paradójico, en lo que, sin retórica, cabría denominar el "corazón" de la figura. Nos referimos con ello a que corresponde a los estudiosos de la vertiente so-Page 20cietaria de los grupos el tratamiento de las cuestiones propias de su delimitación y organización, como estructuras empresariales complejas que desbordan el marco tradicional del Derecho de sociedades. La necesidad de dar cuenta de sus elementos integrantes, en particular, la dirección unitaria, y de "reajustar" la vigencia del Derecho común de sociedades, a falta de una regulación específica del grupo, son, en rápida síntesis, las principales tareas que corresponden a la doctrina en dicho ámbito empresarial.

No es seguro, a pesar del incremento reseñado, que la doctrina mercantil española haya adquirido el volumen y la densidad necesarias para enfrentarse con un "objeto" tan singular como el grupo. Sin efectuar comparaciones, del todo punto improcedentes en este momento, resulta obligado constatar el menor grado de desarrollo que aqueja al saber consolidado entre nosotros sobre la materia de los grupos frente a lo que resulta ya habitual en los países de nuestro entorno. Tras muchos años de balbuceos e, incluso, de silencio, ha de reconocerse que, al margen de Alemania -donde la cuestión se plantea, como es lógico, de otra manera-, hoy los concretos problemas suscitados por el funcionamiento empresarial del grupo son asunto común de la discusión científica en países como Italia, Francia o Suiza. De ese ambiente doctrinal...

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