Prólogo

AutorJosé Luis Moreu Ballonga
Cargo del AutorCatedrático de Derecho civil en Zaragoza
Páginas11-20

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El autor del presente libro, Miguel Luis Lacruz Mantecón, Profesor Titular de Derecho civil en la Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza desde hace casi una década, creo que requiere presentación, aunque sea ya algo tardía, al conjunto de los civilistas españoles porque su evolución profesional como jurista ha sido un tanto peculiar y zigzagueante y porque ninguno de sus dos libros anteriores a éste se publicó con prólogo. Miguel Lacruz es el hijo mayor del profesor José Luis Lacruz Berdejo, gran maestro de civilistas españoles que falleció algo prematuramente en noviembre de 1989 y a cuya Escuela pertenece quien suscribe. No fue Miguel discípulo en el sentido científico o universitario de su padre, aunque sin duda aprendería de él y de su ejemplar humanismo y bonhomía, en tanto que hijo, y como persona y hasta como joven jurista en ciernes, cosas tan importantes o más que las muchas y muy buenas que tuvimos ocasión (no sé si suficientemente bien aprovechada) de aprender de él sus discípulos en sentido estricto. La sensatez y honradez, la mente abierta a los cambios y tolerante con las personas y con sus ideas, el gusto por los buenos libros, jurídicos o no, y el respeto por lo que significa la difícil tarea del estudio o de la investigación del Derecho civil, son cualidades que adornan al autor de este libro y quiero pensar que algo debió tener que ver en ello el componente de su educación primera y familiar.

Miguel Lacruz ha seguido una vocación universitaria tardía. Pasó algunos años, tras licenciarse en Derecho en Zaragoza, preparando oposiciones a notarías, que no logró sacar. En una segunda etapa ejerció la profesión libre en Zaragoza y en Madrid, compaginándola en ciertos periodos con contratos temporales de docencia en la Universidad. En la Universidad Complutense de Madrid colaboró con los profesores Rams Albesa y Rogel Vide y finalmente, bajo la sabia y generosa dirección de este último, se animó a escribir, y fue capaz de culminar, una tesis doctoral sobre el contrato de edición. Un tribunal presidido por el profesor Albaladejo otorgó a esta tesis la máxima calificación. Esta tesis doctoral, que es un sensato y útil libro y que se ha vendido razonablemente bien, está publicada por la Editorial Reus en el año 2000 bajo el

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título "Las obligaciones del editor en el contrato de edición literaria". Con esta investigación inició su autor su principal línea de investigación, la propiedad intelectual, siempre bajo la benéfica tutela del profesor Rogel Vide.

El siguiente paso importante en la carrera profesional y universitaria de Miguel Lacruz fue obtener en la Facultad de Derecho de Zaragoza una plaza de Profesor Titular, lo que logró en un concurso oposición celebrado en la misma en 2001. No tenía Miguel fácil obtener esa plaza porque se trataba en ese concurso oposición de cubrir tres plazas vacantes y ya había tres candidatas "de casa" en nuestro Departamento que venían desempeñando con solvencia sus puestos de profesoras y que habían acreditado ya por entonces, y han seguido acreditando después en todos los casos, buenas aptitudes para la investigación del Derecho civil. Pues bien, aunque la experiencia universitaria más prolongada e intensa de las otras tres candidatas no dejó de manifestarse también en las pruebas del concurso oposición, Miguel Lacruz no solo obtuvo una de las plazas en liza sino que obtuvo del Tribunal o Comisión que juzgó las pruebas las puntuaciones más elevadas de los cuatro contendientes. Aunque la decisión de la Comisión, según suele ocurrir en estos casos, no fue del gusto de todos y no dejó de suscitar alguna crítica, a mí, que no formé parte de esa Comisión, me pareció una decisión defendible. Miguel Lacruz, que hizo una buena oposición, mostró calma y entereza en las exposiciones y en las contestaciones de sus dos ejercicios, y dejó entrever suficientemente que sus años de zigzagueante búsqueda y evolución personal y profesional le habían proporcionado, junto a la madurez personal, un poso de estimable cultura jurídica.

El que fuera segundo ejercicio de Miguel Lacruz en el concurso oposición mencionado versó, por indicación de nuevo del profesor Rogel Vide, sobre las reglas del Código civil relativas a la liquidación posesoria, y el trabajo está hoy publicado por Dykinson en 2005, con el título de "La normativa posesoria de liquidación y su generalización". En los últimos años ha continuado de una u otra forma la colaboración entre Miguel y Carlos Rogel, de modo que bien se puede afirmar que éste tiene, aparte de sus otros discípulos madrileños, un nuevo discípulo en la Facultad de Derecho de Zaragoza. Discípulo, por otra parte, que se ha ganado bien en el desempeño de su trayectoria profesional, en estos años pasados, el respeto de todos los civilistas del Departamento de Derecho privado de nuestra Facultad y el afecto de casi todos.

Vayamos ahora al libro que el lector tiene entre las manos y que nació de una sugerencia mía a su autor. Consciente yo de que faltaba en nuestra doctrina una explicación detallada y completa de la evolución histórica del régimen jurídico de los mostrencos o inmuebles vacantes, y reciente una reforma legal de esta cuestión por la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas, me pareció que el tema daba para un buen artículo de revista, incluso extenso.

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Miguel Lacruz aceptó la idea y el reto -difícil, por el enfoque histórico dogmático que le propuse y por los conceptos jurídicos tan importantes (propiedad, posesión, usucapión, ocupación, ) que están implicados en la cuestió- y consiguió culminar su esfuerzo en el presente libro, que bien podría considerarse una peculiar monografía de Derecho civil. El esfuerzo del profesor Lacruz ha supuesto, entre otras cosas, el manejo tendencialmente exhaustivo, como debe de ser, de la doctrina española de más de medio siglo sobre la materia estudiada. En particular, debo agradecer la amplia y generosa utilización que ha hecho de diversos trabajo míos, entre los que, muy destacadamente, mi extensa y (según se me suele advertir) ardua monografía de 1980 sobre la ocupación.

Como peculiar he denominado al presente trabajo, porque la mayor parte del mismo es, con mucho, de reconstrucción histórica y la parte menor es la de exégesis o comentario del (nuevo) Derecho positivo vigente, lo que es algo anómalo y contrario a lo que sensatamente se suele proponer para los estudios e investigaciones normales de los civilistas. Peculiar acaso parecerá también a algunos por dedicar un esfuerzo importante a lo que es un...

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