Idea/expresión en los programas de ordenador (comentario a la sentencia lotus c. Borland del primer circuito de los estados unidos, de 9 de marzo de 1995)

AutorMiguel Ángel Bouza López
  1. INTRODUCCIÓN

    El 16 de enero de 1996 el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, con cuatro votos a favor y cuatro en contra, confirmaba la Sentencia del Tribunal de Apelación del Primer Circuito, de 9 de marzo de 1995, en la causa Lotus Development Corp. contra Borland International, Inc.

    El núcleo de la discusión lo constituye la posibilidad de proteger mediante copyright el conjunto de comandos del menú de un programa de ordenador, las órdenes utilizadas para manejarlo y su peculiar colocación en la pantalla. ¿Puede Borland copiar la jerarquía de comandos del menú de Lotus y utilizarlos en su programa?

    La importancia del objeto litigioso y las futuras consecuencias para las empresas del sector nos invitan a reflexionar sobre el interesante fallo del Tribunal de Apelación del Primer Circuito. En primer lugar se describen sucintamente los hechos, haciendo hincapié en aquellos de mayor relevancia en la sentencia de este Tribunal de Apelación. En el segundo y tercer epígrafe se reproducen los fundamentos de derecho, el fallo y el voto particular concurrente del juez Boudin. Y finalmente, en el cuarto epígrafe se comentan algunos de los aspectos más destacados y se apuntan las posibles aplicaciones de esta decisión a nuestro sistema de Derecho de autor.

  2. HECHOS

    El Lotus 1-2-3 es un programa que permite a sus usuarios realizar tareas contables en un ordenador. Los usuarios manejan esta hoja de cálculo usando un conjunto de comandos, tales como «copiar», «salir», «imprimir», bien iluminándolos en la pantalla o bien tecleando sus primeras letras. El programa tiene un total de 469 comandos colocados en más de 50 menús y submenús. Además, el usuario puede crear nuevos comandos, llamados macros. Éstos le permiten la realización de una serie de operaciones mediante la pulsación de las teclas que los designan.

    En 1987 Borland inició la comercialización de su hoja de cálculo Borland Quattro. En ésta y en la Quattro Pro, versión 1.0, se permitía que el usuario utilizase una nueva interfaz diseñada por Borland o una prácticamente igual a la del Lotus 1-2-3; ésta imitación se había realizado sin copiar el código objeto y con el fin de que los usuarios acostumbrados al Lotus pudiesen utilizar, sin aprendizaje previo, las hojas de cálculo de Borland, así como los macros creados para el Lotus.

    A finales de junio de 1992 un Tribunal de Distrito de Massachusetts declaraba, en la causa Lotus Development Corp. contra Paperback Software, que la estructura del menú de Lotus era protegible en su conjunto, incluyendo los comandos, la estructura y la selección. Cuatro días después, el 2 de julio, Lotus demandaba a Borland por infracción del Copyright.

    En la Sentencia del Tribunal de Distrito se afirmaba que la existencia de diversas posibilidades en la creación de un menú constituía una prueba de que la elección de una concreta forma podía ser una expresión protegible, y en consecuencia, su copia era una infracción. El Tribunal afirmaba que Borland había infringido los derechos de Lotus porque había copiado los comandos del menú y la estructura del Lotus 1-2-3; sin embargo, declaraba que no se había copiado la interfaz de usuario del programa.

    En segunda instancia, ante el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito, la cuestión se centró en decidir si el menú de Lotus era una obra protegida por la Copyright Act de 1976 y si, en consecuencia, la copia por parte de Borland del menú de Lotus era una infracción.

  3. DISCUSIÓN

    En esta apelación Borland no discute haber copiado las palabras y la colocación de la jerarquía de comandos del menú de Lotus. Por el contrario, Borland afirma que «copió los menús no protegibles de Lotus 1-2-3 de forma legal». Borland sostiene que la jerarquía de comandos del Lotus no es protegible por el Copyright, porque es un sistema, método de operación, proceso o procedimiento cuya protección está excluida por el artículo 102.b) de la Copyright Act. Además, Borland formula una serie de alegaciones.

    1. Infracción del Copyright, generalidades

      Para establecer la existencia de una infracción del Copyright el demandante debe probar: «1.° la titularidad de un derecho válido, y 2.° la copia de elementos originales y esenciales de la obra» Feist Publications, Inc. c. Rural Tel Serv. Co., 499 U.S. 340, 361 (1991) (1) vid. también Data Gen. Corp. c. Grumman Sys. Support Corp., 36 F3.d 1147, 1160 n. 19 (1st Cit. 1994)(2); Concrete Mach. Co. c. Classic Lawn Ornaments, Inc. 843 F.2d 600, 605 (1st Cir., 1988). Para demostrar la titularidad de un derecho válido y así satisfacer el primer requisito el demandante debe probar que la obra en conjunto es original y que ha cumplido las formalidades legales aplicables. Vid. Engineering Dynamics, Inc. c. Structural Software, Ind., 26 F.3d 1335, 1340 (5th Cir., 1994)(3). «En un procedimiento judicial el certificado del registro de la obra constituye prima facie una evidencia de que ésta es protegible y traslada la carga de la prueba al demandado para que demuestre por qué el derecho no es válido. Bibbero Sys., Inc. c. Colwell Sys., Inc., 893 F.2d 1104, 1106 (9th Cir., 1990) (4); vid. también artículo 410c); Folio Impressions, Inc. v. Byer California, 937 F.2d 759, 763 (5) (2d Cir., 1991) (la presunción de validez puede ser refutada).

      Para demostrar la copia infractora y así cumplir el segundo requisito de Feist, el demandante debe probar primero que el presunto infractor copió de hecho la obra protegida; para esto él puede presentar la evidencia directa o la copia objetiva, o si fuese imposible, la evidencia de que el presunto infractor tuvo acceso a la obra protegida y que la obra ofensora y la obra protegida son tan similares que el Tribunal infiera que hubo copia defacto (es decir, similitud probatoria). Engineering Dynamics, 26 F.3d en 1340; vid. también Concrete Mach., 843 F.2d en 606. El demandante debe probar que la copia del objeto protegido fue tan amplia que refleja que la obra ofensora y la obra protegida son sustancialmente similares. Vid. Engineering Dynamics, 26 F.3d en 1341.

      En la presente apelación nos enfrentamos solamente con la pregunta de si la jerarquía de comandos del menú de Lotus es protegible por el Copyright, pues Borland reconoce que Lotus es titular de un derecho válido sobre el Lotus 1-2-3 en conjunto(6), y admite haber copiado la jerarquía de comandos del menú de Lotus. Como consecuencia, esta apelación tiene un planteamiento muy distinto de la mayoría de los casos de infracción del Copyright, pues la infracción se basa generalmente en si el demandado ha copiado de hecho la expresión protegida. Debido a este diferente planteamiento, la mayoría de los litigios por infracción del Copyright nos proporcionan únicamente una ayuda limitada en la resolución de esta apelación. Esto es así incluso en relación con aquellos casos de infracción del Copyright que afectan a ordenadores y a programas de ordenador.

    2. Una nueva pregunta

      Este Tribunal no ha abordado nunca la cuestión de si la jerarquía de comandos del menú de un ordenador constituye un objeto protegible por el Copyright. Mientras algunos otros Tribunales parece que han esbozado brevemente esta cuestión en obiter dicta, vid. v. gr., Autoskill, Inc. c. National Educa. Support Sys., Inc., 994 F.2d 1476, 1495 n. 23 (10th Cir.) (7) cert. denied, 114 S. Ct. 307 (1993); nosotros no conocemos de ningún litigio que aborde la protección por el Copyright de la jerarquía de comandos de un menú en cuanto tal (es decir, sin otros elementos de la interfaz del usuario, como, por ejemplo, las presentaciones en pantalla). Por tanto, navegamos por aguas inexploradas.

      Sin embargo, Borland afirma enérgicamente que el Tribunal Supremo exploró nuestro rumbo hace más de cien años, cuando resolvió el caso Baker c. Selden, 101 U.S. 99 (1879). En Baker c. Selde, el Tribunal sostuvo que el derecho de Selden sobre un libro de texto en el que explicaba su nueva forma de llevar la contabilidad, no le concedía un monopolio sobre el uso de su sistema de contabilidad(8). Borland arguye:

      Que los hechos de Baker c. Selden, e incluso los argumentos avanzados por las partes en ese caso, son idénticos a los de este litigio. La única diferencia es que la «interfaz de usuario» del sistema de Selden era un lápiz y un papel en lugar de un ordenador.

      Para demostrar que Baker c. Selden y esta apelación tienen por objeto sistemas de contabilidad, Borland incluso proporcionó a este Tribunal un vídeo en el que mediante efectos especiales se muestran los formularios de Selden «fundiéndose» en una pantalla de ordenación y transformándose en el Lotus 1-2-3.

      Por nuestra parte, no creemos que Baker c. Selden sea tan similar a esta apelación como Borland afirma. Por supuesto que Lotus 1-2-3 es una hoja de cálculo, y en cuanto tal es una tabla de filas horizontales y columnas verticales que ciertamente se asemeja a un libro de contabilidad o a otro tipo de hoja de cálculo. Estas tablas, sin embargo, no son el objeto de esta apelación, porque a diferencia de Selden, Lotus no afirma tener un monopolio sobre su sistema de contabilidad, sino que esta apelación decide sobre el monopolio de Lotus sobre los comandos que emplea para manejar el ordenador. En resumen, esta apelación no es, como sostiene Borland, «idéntica» a Baker c. Selden.

    3. Altai

      Antes de analizar si la jerarquía del menú de Lotus es un sistema, método de operación, proceso o procedimiento, nosotros primero consideraremos la aplicabilidad del test del Segundo Circuito empleado en Computer Assoc. Int´l, Inc. c. Altai, Inc., 982 F.2d 693 (2d Cir., 1992)(9). El Segundo Circuito enunció su test de Altai para tratar el hecho de que los programas de ordenador protegidos como «obras literarias» pueden ser infringidos por lo que se conoce como la copia «no literal», que es una copia que parafrasea o parafrasea ligeramente en lugar de palabra por palabra. Vid. Idem en 701 (con cita de casos de copia no literal); vid. también 3 Melville B Nimmer & David Nimmer, Nimmer On copyright § 13.03 [A]...

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