Los profesores y la Facultad de Derecho durante la Guerra Civil

AutorJosé María Puyol Montero
Páginas248-281
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IX
LOS PROFESORES Y LA FACULTAD DE DERECHO
DURANTE LA GUERRA CIVIL
1. El verano del 36
El 18 de julio de 1936 el profesorado y los alumnos estaban ya en ple-
nas vacaciones estivales. Terminados y corregidos los exámenes y sacadas las
papeletas con las notas, algunos de los profesores habían ya abandonado la
capital y habían partido con sus familias a sus lugares de descanso habitual.
También algunos profesores habían aprovechado aquellas fechas para acudir
invitados a actos académicos en otras universidades españolas o incluso en el
extranjero.
No sabemos con exactitud cómo se vivieron aquellas últimas semanas en
la Facultad de Derecho. Las actas de la junta de facultad callan desde el 20 de
mayo. En el mes de junio habría habido una reunión ordinaria de profesores
y en julio quizás una última para despachar los últimos asuntos, con sabor de
despedida y de n de curso. Concluidos los exámenes y puestas las notas, a
esas alturas del mes de julio la Facultad estaría ya vacía y todo sonaría a vaca-
ciones, sin clases, ni alumnos por los pasillos y sin profesores en los despachos.
Pero los acontecimientos políticos que se estaban viviendo en España
aquellos días de julio tendrían en vilo a todos en la Facultad de Derecho.
Todo el país era consciente de que podía pasar cualquier cosa y más desde el
asesinato del líder opositor José Calvo-Sotelo, el 13 de julio. Había un clima
generalizado de inseguridad y temor.
La noticia de la sublevación militar corrió como la pólvora por Madrid el
sábado 18 de julio. Los alarmantes rumores que circulaban desde el día an-
terior generaron un gran desconcierto. Hasta el día anterior todavía algunos
estudiantes hacían cola en la secretaría para hacer la matrícula para el curso
siguiente. Pero aquella mañana ya no fue nadie, aunque la secretaría estu-
viese abierta. La Universidad quedó paralizada de facto y quedaron desiertos
sus edicios. Todos intuían que con el desarrollo de los acontecimientos todo
estaba en el aire, incluidos los exámenes de septiembre. La gente seguía las
noticias por la radio encerrados en sus casas, pues se había declarado el toque
de queda.
ENSEÑAR DERECHO EN LA REPÚBLICA
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Inmediatamente se suprimieron los permisos y en unos días los alumnos
fueron llamados a las, fueron enrolados y se tuvieron que incorporar a los
cuarteles de instrucción. El país estaba en guerra. En los próximos meses
muchos alumnos y varios profesores perderían la vida en una contienda que
inicialmente se pensó que iba a ser muy breve, pero que nalmente duraría
casi tres largos años.
El catedrático de Derecho político Nicolás Pérez Serrano el día 18 de julio
de 1936 se encontraba desempeñando gestiones relativas a su cargo de inter-
ventor del Patronato Universitario. Como él mismo señaló más tarde, desde
ese día no se apartaría de Madrid ni “un solo día, ni una sola hora” en toda
la guerra1. También al catedrático de Derecho canónico, el sacerdote Eloy
Montero Gutiérrez, la guerra le sorprendió en Madrid. Inmediatamente se
escondió en casa de unos amigos, consciente que su vida corría serio peligro,
en un Madrid que muy pronto quedaría sumido en la anarquía. También a
otros profesores les sorprendió la guerra en Madrid, como a Antonio de Luna
o a Federico de Castro.
A otros, en cambio, el comienzo de la guerra les cogió ya de vacaciones.
Este fue el caso de Francisco Beceña, que había marchado con su familia a su
casa de Cangas de Onís, en Asturias. Y hubo quienes inmediatamente deci-
dieron dejar la capital cuanto antes. Uno de éstos fue el del catedrático jubi-
lado de Historia del derecho internacional, José María Fernández Prida, que
partió hacia Cabezón de la Sal, en la entonces provincia de Santander, y pasó
allí refugiado toda la guerra2. Detrás de cada profesor y de cada alumno de la
Facultad habría así una historia personal de tragedia y sufrimiento.
Apenas unos días después del levantamiento militar, la primera reacción
pública que afectaba al profesorado de Derecho fue un decreto de 21 de julio
de 1936, que estipulaba la cesantía “de todos los empleados que hubieran
tenido participación en el movimiento subversivo o fueran notoriamente ene-
migos del régimen, cualquiera que sea el cuerpo al que pertenezcan”3. Ese
decreto fue complementado con otro fechado el 31 de julio, que añadía que
tales cesantías supondrían la separación absoluta del servicio de los indivi-
1 Sebastián Martín, voz “Nicolás Pérez Serrano”, DicCat.
2 AGA, Educación, (5)1.19 31/15.728, legajo 507/15; AGA, Educación, (5)22 32/16.147,
legajo 9.568/8; AGA, Educación, (5)22 32/16.137, legajo 9132/2; ACP, 135/269/933;
AGUCM, legajo P-493-40. José María Puyol Montero, voz “Joaquín María Fernández Pri-
da (1863-1942)”, DicCat; actas de la juntas de facultad de 13 de diciembre de 1932, fol. 341;
y de 14 de enero de 1933, fol. 344.
3 Gaceta de Madrid del 22 de julio de 1936.
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duos a quienes se aplicase tal medida, y que con ello serían dados de baja de
los cuerpos y escalafones a los que perteneciesen4.
En la Facultad de Derecho una primera medida de las autoridades acadé-
micas fue la suspensión de la matrícula libre de alumnos, que entonces estaba
teniendo lugar. Se dejó en suspenso hasta el 15 de agosto, hasta ver cómo evo-
lucionaban los acontecimientos. Y también se acordó anunciar la suspensión
provisional de los exámenes de septiembre hasta nuevo aviso.
El Ministerio, por su parte, decidió conrmar inicialmente, pero también
de forma provisional, a todos los cargos académicos: los rectores, directores
y secretarios debían seguir en sus puestos. Pero a partir del 3 de agosto co-
menzaron las primeras medidas de separación del servicio activo de aquellos
profesores que ya se habían signicado en el apoyo a los sublevados5. Entre
ellos estaba el catedrático de Derecho internacional privado y conocido mo-
nárquico José Yanguas Messía. Por la relevancia política de muchos de los
miembros del claustro de la Facultad de Derecho se les iba a exigir una espe-
cial delidad política e ideológica a la República. Y solo unos meses después,
en enero de 1937, se empezó a hacer públicas listas de docentes sancionados6.
Con fecha 26 de agosto de 19367 el Ministerio de Instrucción Pública y
Bellas Artes aprobaba por n ocialmente una orden por la que expresamen-
te se conrmaba que quedaba paralizada por el momento la actividad acadé-
mica de la Universidad en Madrid:
En atención a las actuales circunstancias, este Ministerio ha dispuesto quede en sus-
penso la admisión de matrículas para exámenes de ingreso en la Universidad de Madrid.
Y enseguida anunció que cesaban todos los cargos académicos, con ánimo
de asegurar que cada una de las autoridades de las universidades fuese leal a
la República: por ello se fue estudiando y conrmando uno a uno. En muchas
universidades se mantuvo a las mismas personas, pero no así en la Universi-
dad Central, donde hubo una renovación completa de los cargos principales:
el 31 de agosto fue nombrado nuevo rector, el catedrático de Ciencia política
del doctorado de Derecho Fernando de los Ríos Urruti; y como secretario
4 Gaceta de Madrid del 1 de agosto de 1936.
5 Marc Baldó Lacomba, “Represión franquista del profesorado universitario”,
CIAN, vol. 14 (2011), pp. 31-51, p. 53.
6 Jaume Claret Miranda, El atroz desmoche: la destrucción de la universidad es-
pañola por el franquismo, 1936-1945, pp. 21 y 293-294.
7 Gaceta de Madrid del 27 de agosto de 1936.

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