Reseña de la obra del Prof. A. Fernández de Buján hacia una Teoria General de la Jurisdicción Voluntaria II. Iustel. Madrid 2008

AutorJosé María de Prada González
CargoNotario. Presidente de la ponencia de jurisdicción voluntaria en la comisión general de codificación
Páginas399-403

Page 399

Publicada la ley de enjuiciamiento civil el año 2000 y establecido en la misma que la jurisdicción voluntaria se regularía en una ley distinta han adquirido gran relevancia todos los estudios producidos en estos últimos años sobre la materia.

Ente los tratadistas que se han ocupado del tema destaca no solo por lo prolífico de su producción sino también por la calidad de la misma la ingente obra de Fernández de Bujan, autor de la obra que comentamos.

Fernández de Bujan, como es sabido es catedrático de Derecho Romano y su preocupación por la jurisdicción voluntaria arrancó dentro del ámbito de su especialidad con dos trabajos publicados el primero en 1986 y titulado "Diferencia entre los actos de jurisdictio contenciosa y voluntaria en derecho Romano, seguido el año siguiente por otro titulado "elenco de manifestaciones de jurisdictio voluntaria en Derecho Clásico y en la praxis posclásica. Pronto sin embargo su preocupación dio un salto en el tiempo y comenzó a estudiar la jurisdicción voluntaria en el derecho moderno coincidiendo con la necesidad de preparar una nueva ley sobre la materia, que por cierto ha suscitado escasas contribuciones por parte de los procesalistas.

Su paso por la ponencia que preparó el anteproyecto de ley de jurisdicción voluntaria, en el seno de la Sección segunda de la Comisión General de Codificación .enriqueció sus contribuciones al contrastarla con el estudio de los problemas concretos que el tema planteaba, al tiempo que fue de ayudaPage 400 inestimable a la preparación del texto del anteproyecto de ley muchos de los artículos tienen la impronta de su colaboración.

Publicado el anteproyecto y enviada luego al congreso por el Ministerio de Justicia un proyecto que introdujo notables modificaciones en el preparado por la Ponencia ha iniciado Fernández de Bujan un inagotable esfuerzo en aras a clarificar las cuestiones planteadas y a impulsar el iter legislativo en el que no dudo, que aún no formando parte de los miembros de las Cortes ha influido notablemente.

Fruto de su dedicación a la materia son las dos obras que formando una unidad tiene publicadas y la segunda de las cuales es objeto de esta reseña.

Como resulta del mero examen de lo que dice en el prólogo de la obra puede decirse que no ha habido seminario, jornadas o cursos de conferencias en los diversos ámbitos que se han preocupado del tema en los que no haya intervenido Fernández de Bujan, manteniendo siempre posturas doctrinales...

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