Procesal
Autor | Bartolomé Menchén |
Cargo | Registrador de la Propiedad |
Páginas | 568 |
Page 568
Es frecuente que las partes litigantes, la recurrente al menos, quiera replantear en el recurso de casación toda la litis, y asi intente convertirlo «c una tercera instancia.
Son numerosas las sentencias que advierten y recuerdan el carácter singular, especial del recurso de casación.
Juzgamos interesante recoger, a dicho respecto, lo que expresa el primer Considerando de la que estudiamos.
Ha de comenzarse, dice, por declarar que la naturaleza extraordinaria de recurso le excluye de la posibilidad de considerarle una tercera instancia. Estas son exclusivamente dos, y agotadas con la sentencia de la Auriencia. existe un fallo soberano, que puede considerarse cosa juzgada en tanto no incida en alguno de los defectos acusables por los cauces limitados que establecen los distintos apartados del artículo 1.692 de la Ley de Enjuiciamiento civil, recurso que en su concepción técntea fue instituido más bien en interés público y defensa de la Ley y al que no tiene acceso la discusión libre en orden a los hechos y cuestiones, que ya de ese modo fueron tratadas en las instancias, lo que no impide que el interés particular pueda también...
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