Procedimiento recaudatorio

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas10-10

Page 10

La actual Ley General Tributaria (de 2003) establece que no pueden exigirse intereses de demora desde que la Administración Tributaria incumpla, por causa imputable a ella, alguno de los plazos fijados en la propia Ley General Tributaria para resolver hasta que se dicte la correspondiente resolución o se interponga recurso contra la resolución presunta.

Se plantea en estas Resoluciones la posibilidad de aplicar esta regla para procedimientos iniciados estando en vigor la anterior Ley General Tributaria, de 1963, a lo que el TEAC responde negativamente, confirmando su ya reiterada postura y apoyándose, asimismo, en las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR