El procedimiento de participación de los parlamentos autonómicos en el control de la subsidiariedad

AutorJosé Joaquín Fernández Alles
Cargo del AutorProfesor Titular de Universidad. Universidad de Cádiz
Páginas143-155

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Como hemos referido anteriormente, las relevantes funciones parlamentarias e interparlamentarias reconocidas por el Tratado de Lisboa y sus Protocolos a las Cortes Generales, se extienden también, en virtud de la Ley 24/2009, de 22 de diciembre, a los parlamentos de las Comunidades Autónomas, quienes tienen el derecho de participar en las relaciones inter-parlamentarias europeas para el control de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad141. A su vez, el artículo 5.3 del TUE establece que, en virtud del principio de subsidiariedad, en los ámbitos que no sean de su competencia exclusiva, la Unión intervendrá sólo en caso de que, y en la medida en que, los objetivos de la acción pretendida no puedan ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros, ni a nivel central ni a nivel regional y local, sino que puedan alcanzarse mejor, debido a la dimensión o a los efectos de la acción pretendida, a escala de la Unión.

Esta dimensión regional o autonómica ha encontrado dos foros interparlamentarios donde se ha promovido políticamente la defensa de la participación de los parlamentos autonómicos: la Conferencia de Presidentes de Parlamentos Autonómicos

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(COPREPA)142y la Conferencia de Asambleas Legislativas Regionales Europeas (CALRE)143. En el primer caso, los presidentes y presidentas de los parlamentos autonómicos de España, reunidos en su Conferencia Anual (COPREPA) en Cartagena los días 4 y 5 de mayo de 2009, ya acogieron favorablemente que los Estados y el Comité de las Regiones pudieran interponer ante el Tribunal de Justicia de la Unión recursos por violación del principio de subsidiariedad, debiendo ser tenida en cuenta la posición de los parlamentos regionales con competencias legislativas. En el segundo caso, la Conferencia de Asambleas Legislativas Regionales Europeas reúne, para el tratamiento de esta materia, a 74 presidentes de Asambleas legislativas regionales europeas, con la presencia de los parlamentos de las comunidades autónomas españolas, las regiones italianas, los estados federados alemanes y austriacos, las regiones portuguesas de Azores y Madeira, Gales, Escocia e Irlanda del Norte en el Reino Unido, las islas Åland en Finlandia y las comunidades y regiones de Bélgica. Uno de sus seis Grupos de Trabajo está dedicado específicamente a la subsidiariedad, que publica un programa de trabajo anual. En su Reunión de Innsbruck de 20 de octubre de 2009 con el fin de defender sus competencias ante la legislación comunitaria (XIII Sesión

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Plenaria de la Conferencia de Asambleas Legislativas Regionales Europeas), se consensuó la aplicación del principio de subsidiariedad previsto en el Tratado de Lisboa para asegurar la participación de las comunidades y regiones europeas en la toma de decisiones comunitarias sobre los asuntos que les afecten y velar por que las normativas europeas no lesionen competencias autonómicas.

La vinculación entre la organización territorial de los Estados y el proceso de integración europea queda expresamente reflejada en la composición orgánica de la CALRE: "Los/las presidentes/as de las Asambleas Regionales con poder legislativo en la Unión Europea". No en vano, a los efectos del control del proceso decisorio europeo, la Unión Europea se organiza en Estados y en entidades territoriales con poder legislativo, que son: el Consiglio della Provincia autonoma de Trento (Italia); la Asamblea de Extremadura (España), la Asamblea Regional de Murcia (España), la Assembleia Legislativa da Região Autónoma dos Açores (Portugal), la Assemblea regionale siciliana (Italia), la Brandenburg (Deutschland), el Burgenländischer Landtag (Austria), el Consiglio della Provincia autonoma di Bolzano (Italia), el Consiglio regionale del Veneto (Italia), el Consiglio regionale dell’Abruzzo (Italia), el Consiglio regionale dell’Emilia Romagna (Italia), el Consiglio regionale dell’Umbria (Italia), el Consiglio regionale della Campania (Italia), el Consiglio regionale della Liguria (Italia), el Consiglio regionale della Lombardia (Italia), el Consiglio regionale della Sardegna (Italia), el Consiglio regionale della Toscana (Italia), las Cortes de Aragón (España), las Cortes Valencianes (España), el Landtag von Baden-Württemberg (Alemania), el Mecklenburg-Vorpommern (Alemania), la Asamblea Nacional de Gales (Reino Unido), la Niederösterreichischen Landtag (Austria), el Parlamento de Cataluña (España), el Parlament der Deutschprachigen Gemeinschaft Belgiens (Bélgica), el Parlamento de Andalucía (España), la Asamblea Legislativa de Madrid (España), el Parlamento de Canarias (España), el Parlamento de Cantabria (España), el Parlamento de Galicia

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(España), el Parlamento de Navarra (España), el Parlement Wallon (Bélgica), el Rheinland-Pfalz (Alemania), el Sachsen (Alemania) y la Vorarlberg (Austria).

Entre sus iniciativas, adoptada con la única abstención del parlamento de la Comunidad Autónoma de Madrid, destaca la Declaración de Trento, bajo la rúbrica Cómo convertirse en agentes subsidiarios, resultante de la XIV Conferencia de la CALRE del 3 al 5 de octubre de 2010 en Trento (Italia). Esta Declaración de Trento diferenció dos fases en el desarrollo del proceso de participación decisoria de los entes regionales en la UE. En una primera etapa, las regiones decidieron cooperar para involucrarse de manera activa en las políticas europeas, intentando convertirse en agentes influyentes. En una segunda etapa, iniciada en 1998, se pasó a una fase de menor actividad, con un Comité de Regiones y muchas asociaciones regionales que no terminaron de ver concretadas sus aspiraciones, entre otras causas, por las estrategias marcadamente individualistas de algunas regiones frente a la deseable metodología coordinada que se precisaba. En todo caso, como reconoce, la propia Declaración de Trento, las regiones con poderes legislativos han demostrado su capacidad de reacción y adaptación a las necesidades del marco institucional en crisis de la Unión Europea mediante la aplicación directa de más del 70 por ciento de las directivas europeas. En este sentido, puede afirmarse que las regiones con poderes legislativos aplican más del 70 por ciento de la legislación de la UE sin pasar por las estructuras nacionales de sus Estados.

En cuanto a sus retos futuros, la CALRE se ha propuesto coordinar su recogida de información para corregir las posibles ineficiencias de los diferentes entornos de trabajo de las asambleas legislativas y para promover el modelo de asamblea legislativa regional como el verdadero referente de la UE para la promulgación de sus políticas, con el objetivo de construir un sistema coherente de gobernanza multinivel -en la que el nivel territorial tenga legitimidad democrática y funcionamien-

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to parlamentario- y, asimismo, promocionar la Agrupación europea de cooperación territorial. En su Informe de 2015, se defiende "la relación entre Parlamentos nacionales, Parlamento Europeo, y la COSAC debe absolutamente ser...

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