Procedimiento contra herederos inciertos del titular registral. Llamamiento genérico

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: la exigencia del nombramiento del defensor judicial debe limitarse a los casos en que el llamamiento a los herederos desconocidos sea puramente genérico y no haya ningún interesado en la herencia que se haya personado en el procedimiento.

Hechos: se presenta a inscripción el testimonio de una sentencia firme en procedimiento seguido contra los ignorados herederos del titular registral.

La Registradora califica negativamente por no acreditarse el nombramiento de administrador o defensor judicial de la herencia yacente habiendo sido demandados genéricamente los ignorados herederos del causante.

La DGRN confirma la calificación y reitera su doctrina sobre el particular: la exigencia del nombramiento del defensor judicial debe limitarse a los casos en que el llamamiento a los herederos desconocidos sea puramente genérico y no haya ningún interesado en la herencia que se haya personado en el procedimiento (artículos 790 y ss LEC). Añade el Centro Directivo que procede también el nombramiento de defensor judicial en los casos de renuncia a la herencia por parte de los herederos pues, mediando la renuncia de los inicialmente...

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