Procedimiento de gestión

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas10-11

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Se analiza la posibilidad de que, no habiéndose deducido un gasto fiscal (no contable) en una autoliquidación, pueda posteriormente solicitarse la rectificación de la autoliquidación.

La DGT concluye que en estos casos estamos ante un derecho, que depende de la voluntad del sujeto, pero, como tal derecho, no tiene un carácter absoluto. En este sentido, se afirma que el régimen normativo integra facultades, obligaciones, condicionantes y opciones que regulan su ejercicio entre las cuales se configura la facultad de elección de las deducciones a aplicar de entre las previstas legalmente.

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Así, aunque no nos encontremos ante una "opción" (que, conforme a la Ley General Tributaria, ha de ejercitarse en plazo voluntario), no estamos ante un derecho que permita la "doble elección"; en este sentido, lo que la Ley otorga es un derecho sometido a elección, pero no la capacidad de elegir dos veces. Lo contrario podría implicar su ejercicio de forma arbitraria en función de criterios de oportunidad o de economía fiscal.

La DGT recuerda a estos efectos que la relación jurídico-tributaria entre la Administración tributaria y los obligados...

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