El procedimiento administrativo electrónico y su afectación a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos

AutorRicardo De Vicente Domingo
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Administrativo
Páginas253-272
253
EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
ELECTRÓNICO Y SU AFECTACIÓN A LOS
DERECHOS E INTERESES LEGÍTIMOS DE LOS
CIUDADANOS
Ricardo de Vicente Domingo
Profesor Titular de Derecho Administrativo
Universitat de València.
1. LA INCIDENCIA DEL PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO EN
LOS ACTOS DE LOS INTERESADOS
1.1. El procedimiento administrativo electrónico, un desafío para los
interesados legítimos y sus garantías jurídicas básicas
1.1.1. Introducción
El procedimiento administrativo electrónico es una forma nueva de rela-
cionarse la Administración con los ciudadanos surgida al compás de las mo-
dernas tecnologías de la información y el conocimiento (TIC), que tanto han
arraigado, y cuyo uso es realmente imprescindible en muchos ámbitos de la
vida social y ciudadana. Aunque sobrevive el procedimiento tradicional, en
papel, está llamado a desaparecer. El electrónico va ocupando los espacios del
anterior procedimiento y colonizando nuevos; un «camino sin retorno», como
se ha dicho1. Sin embargo, en el plano normativo, el corte no es tan radical,
como suele ocurrir en la evolución del Derecho. El peso de la institución
procedimental clásica sigue siendo importante. Tal vez la manifestación más
1 M S, E. M. (2017), Las garantías del interesado en el procedimiento
administrativo electrónico. Luces y sombras de las nuevas Leyes 39 y 40/2015, Tirant lo Blanch,
Valencia, p. 14.
LOS DESAFÍOS DEL DERECHO PÚBLICO EN EL SIGLO XXI
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clara consiste en que el nuevo procedimiento sigue siendo tributario de la
misma estructura conceptual y formal que el procedimiento tradicional, con
sus secuencias de iniciación, ordenación, instrucción y resolución. El empleo
de las nuevas tecnologías al servicio de las relaciones Administración-ciuda-
danos puede modular esa estructura haciéndola más flexible y eficaz, menos
lineal2. Pero las que no deben diluirse son las garantías — los derechos que la
ley 39/2015 enumera en el art. 53—, y los principios que lo rigen: carácter
contradictorio, economía procesal, principio in dubio pro actione, imparciali-
dad, transparencia, observancia de trámites esenciales, etc.3.
1.1.2. La necesaria protección de las garantías de los interesados en el
procedimiento electrónico
Estas garantías y principios no deben darse por supuestos. La nueva rela-
ción jurídico-electrónica, con todas sus comodidades y ventajas, encierra
también sus riesgos: inseguridad, pérdidas de oportunidad, indefensión, aban-
dono forzado del procedimiento, etc. La moderna legislación de procedimiento
administrativo ha derivado en obligación el derecho a relacionarse electróni-
camente con la Administración4. Y esa obligación no se ha equilibrado, a mi
entender, con una facilitación de los medios electrónicos a los usuarios. La
nueva normativa no refleja las peculiaridades y desafíos que la complejidad
tecnológica plantea a los interesados, bien diferentes a las del procedimiento
clásico de tinta y cálamo. Ciertamente la Administración electrónica es una
herramienta de enorme utilidad y, en general, los autores no escatiman elogios
sobre sus bondades5. Pero tampoco deben de soslayarse las dificultades pro-
pias de la complejidad del uso de las nuevas tecnologías informáticas hubieran
2 Sobre la incidencia de las nuevas tecnologías en la visión secuencial del procedimiento
V T, J. (2013), Derecho, innovación y Administración electrónica, Derecho Glo-
bal, Sevilla, 2013, pp. 93-99; del mismo autor (2018), «La tramitación del procedimiento ad-
ministrativo por medios electrónicos», en La actualización de la Administración electrónica,
2.ª, Andavira, Santiago de Compostela, p. 233.
3 Cfr. M M, S. (2011), Tratado de Derecho Administrativo y Derecho Pú-
blico General, IV, Iustel, Madrid, pp. 211-214.
4 Cfr. B M, L. A. (2017), «La tierra prometida de la administración elec-
trónica en la prestación de servicios públicos y desarrollo de la economía digital», en Los
Retos del Estado y la Administración en el Siglo XXI. Libro homenaje al Profesor Tomás de la
Quadra-Salcedo Fernández del Castillo, T. 2., Tirant lo Blanch, Valencia, 2017, p. 1698.
5 Así entre otros, el incremento eficiencia de la Administración, mejora calidad de los
servicios, mejora de resultados en áreas estratégicas como la salud, bienestar, seguridad, etc.
Cfr. P M, J. L. (2011), «Revolución tecnológica y nueva Administración», en Admi-
nistración electrónica y ciudadanos, Thomson-Reuters, Cizur Menor (Navarra), p. 41. Sobre el
desarrollo de la Administración electrónica como factor de progreso, ver, G P, M.
(2011), «El impulso de la sociedad de la información. La Administración electrónica en el marco
europeo y estatal», en Administración electrónica y ciudadanos, cit., pp. 57-66.

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