Procedimiento de inspección

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La recurrente había sido objeto de una comprobación limitada en relación con una deducción por reinversión que había acreditado y aplicado. Posteriormente, la Administración realizó una segunda comprobación sobre el mismo beneficio.

A este respecto, alegaba la Administración que el objeto de la primera comprobación era simplemente constatar que aritméticamente cuadraban los importes consignados en las declaraciones, sin indagar en los requisitos determinantes de la deducción y que en la

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segunda se pretendía comprobar el cumplimiento de los requisitos sustantivos determinantes del derecho a la deducción. No obstante, la Sala entiende que lo que cabalmente debe entenderse es que el procedimiento de comprobación inicial comprendía en su integridad todos los aspectos de la deducción discutida.

En este sentido señala la Audiencia Nacional que, la “novedad” a la que hace referencia el artículo 140 de la Ley General Tributaria, que permite la...

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