Problemática del contrato de adhesión

AutorJavier Ribas
Cargo del AutorAbogado

5.2 Problemática del contrato de adhesión

Las CGC que el cliente acepta entran en la figura del llamado contrato de adhesión, ya que el usuario no tiene la posibilidad de negociar su contenido, sino que se adhiere al texto redactado unilateralmente por el proveedor.

Existe la posibilidad de evitar esta figura dando la oportunidad al cliente de proponer un texto alternativo o una modificación de alguna de las cláusulas. Ello consistiría simplemente en introducir un nuevo botón junto al de aceptación de las CGC, que remita a un formulario específico para la propuesta de un texto alternativo. Pero la dinámica del comercio electrónico, enfocado al consumo y basado en la compra compulsiva y en la alta frecuencia de las transacciones, impide que se pueda entrar en un proceso de negociación. Máxime cuando el producto ofrecido es de escasa entidad.

Por ello, es necesario encontrar argumentos jurídicos que fundamenten la validez del contrato de adhesión como único sistema para regular el régimen de las transacciones de comercio electrónico.

Una posibilidad radica en la Orden de 22 de marzo de 1996 que regula la facturación telemática, y en la que se otorga plena carta de naturaleza al contrato de adhesión.

En dicha norma se establece el requisito de que el modelo de contrato de adhesión que se utilizará en cada sistema de facturación telemática se adjunte al escrito de solicitud que se debe presentar ante la Agencia Tributaria. Puede considerarse que este trámite genera una prueba sobre el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR