El principio de la solidaridad y los derechos humanos de naturaleza ambiental

AutorElza Antonia Pereira Cunha Boiteux
Páginas67-95

Page 67

1. El sistema jurídico y las cuestiones ambientales

Los derechos humanos de naturaleza ambiental rompen con la visión individualista del Estado, pues no son susceptibles de apropiación, ni de identificarse con un titular. Estos derechos no estaban protegidos por el Estado, ya que al no ser de nadie específicamente, eran del interés de todos o de un grupo considerable de personas1.

La exigencia de determinación del titular del derecho subjetivo no significa necesariamente su individualización, puesto que éste puede corresponder: a) a intereses difusos pertenecientes a personas no individuales pero vinculadas por circunstancias de hecho; b) a intereses colectivos, de los que son titulares grupos sociales determinados, pero no dotados de personalidad jurídica.

En un primer momento, estos intereses buscaban la protección de los recursos naturales, tales como el aire, el agua, el suelo, la biosfera, etc. En un segundo momento, pasaron a incluir bienes culturales e históricos, que están entre los recursos ambientales, así como los bienes e intereses que sufren la intervención humana y que afectan a la existencia planetaria.

La conciencia de la limitación de los recursos naturales y de la necesidad de una utilización ordenada de los mismos llevó a la sustitución del paradigma

Page 68

individualista, por el paradigma de la solidaridad2, en el que los intereses más relevantes son los de la comunidad. Se ha impuesto una nueva visión sobre responsabilidad social y deberes colectivos derivada no solo de la degradación predadora de los recursos naturales, sino también de la evolución y ampliación de los derechos humanos a nivel nacional3.

La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992, también denominada ECO-92, determinó veintisiete principios, con la finalidad de establecer las bases para el desarrollo sostenible4. Se consideró que el más relevante de ellos era el “principio de precaución”, que se aprobó en estos términos:

“principio 15 – Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente5.

La Declaración fue suscrita por los representantes de los 174 países presentes6, entre ellos el entonces Ministro de Asuntos Exteriores, el profesor Celso Lafer, que representó a Brasil. Aprobada en el Plenario por unanimidad, se aplica según su contenido7.

Page 69

El principio de precaución fue adoptado en prácticamente todos los tratados posteriores sobre medio ambiente8, demostrando que los riesgos, las amenazas o el peligro de conocimiento incierto son susceptibles de prevención. La precaución se diferencia de la prevención porque ésta busca evitar daños “cuyas causas son bien conocidas, con el fin de evitar o disminuir significativamente sus efectos”9. a partir de la ECO-92 el medio ambiente surge, entre otros bienes, como una institución que necesita de una nueva visión ética. Aunque el avance, en lo que se refiere a la ética, no ocurra simplemente por el perfeccionamiento de las instituciones jurídicas y de la organización de los poderes, es cierto que su transformación es una condición necesaria para la eficacia de la tutela ambiental. De esta forma, las deliberaciones políticas y jurídicas que se fijan en criterios meramente técnicos no logran evitar las tragedias que son consecuencia de la intervención humana sobre la naturaleza. Diariamente tenemos noticias de la incapacidad del poder público para afrontarlas.

El cambio climático, los corrimientos de tierra y el desbordamiento de ríos, la ruptura de presas, son algunos ejemplos de las graves amenazas que afectan a miles de personas en las ciudades y en el campo. No sólo en Brasil, sino en todo el mundo se pone de manifiesto la total desatención frente a la posibilidad previsible de tragedias. Los gobernantes y los empresarios, en su mayoría, están absorbidos por las discusiones sobre la crisis económica y acaban gastándose más en la reparación de las catástrofes que en medidas de prevención. Al lado de los daños visibles están los daños invisibles –como los que producen las radiaciones– que no tienen olor, no tienen color y sólo pueden ser constatados por especialistas o mediante instrumentos de alta tecnología. Sin información adecuada, la población cree en la seguridad de las nuevas tecnologías que pueden, al contrario de lo que generalmente se piensa, representar un retroceso.

La ética propuesta por Aristóteles10presuponía la existencia de un ser humano bondadoso que frente a las contingencias de la vida actuaba con virtud y sabiduría. Las máximas tradicionales, dirigidas a un ser humano en su relación con el “otro” se restringían al tiempo presente o como máximo a la duración previsible de sus vidas. Las consecuencias a largo plazo (tiempo futuro) eran dejadas al azar o al destino.

Page 70

La ética, en ese sentido aristotélico, no proporciona medios para una decisión adecuada frente a las cuestiones ambientales. El buen sentido y la buena voluntad11del ser humano no son suficientes para la solución de problemas cuyas consecuencias mayores se sitúan en el futuro. Según Celso Lafer:

“La complejidad del mundo contemporáneo convirtió a la virtud de la prudencia en un instrumento insuficiente para afrontar las contingencias del futuro. Por esa razón a ésta se le añaden hoy los instrumentos técnicos que ayudan a la toma de decisiones en condiciones de incertidumbre”12.

Los problemas ambientales dependen de una ética que incluya la conservación de la humanidad, pues el ser humano no puede ser objeto de apuestas13. Esta preeminencia del ser humano en el universo fue expuesta por Kant en la “fundamentación de la metafísica de las costumbres”, en la cual explica el fundamento de la vida ética. Kant afirma que toda persona es un fin en sí mismo, no puede ser considerada una cosa o una mercancía. En sus palabras:

“ahora yo digo: el hombre, y en general todo ser racional, existe como fin en sí mismo, no sólo como medio para usos cualesquiera de esta o aquella voluntad; debe en todas sus acciones, no sólo las dirigidas a sí mismo, sino las dirigidas a los demás seres racionales, ser considerado siempre al mismo tiempo como fin14.

Las decisiones sobre los problemas ambientales deben considerar las consecuencias de las mismas en el largo plazo, según parámetros éticos, con el fin de asegurar la existencia presente y futura de la humanidad15.

El sistema jurídico, que ya sufre los efectos de la globalización, no da cuenta de los conflictos entre las normas que afectan a los problemas ambientales, lo que acaba ampliando el sentimiento de incertidumbre e inseguridad social.

Page 71

2. El sistema piramidal y la nueva temporalidad

En el orden antiguo el movimiento era cíclico, el universo poseía un centro y el tiempo era continuo y cronológico. Los astros obedecían el ritmo cósmico. La modernidad inaugura una nueva noción de tiempo y espacio: el espacio se hace infinito y el tiempo ya no sigue una sucesión lineal, se vuelve discontinuo y fragmentado. Según Octavio Paz:

“El saber antiguo tenía por fin último la contemplación de la realidad, fuese esta presencia sensible o forma ideal; el saber de la técnica aspira a sustituir la realidad efectiva por un universo de mecanismo. Los artefactos y utensilios del pasado estaban en el espacio; los mecanismos modernos lo modifican radicalmente. El espacio no sólo se puebla de máquinas que tienden al automatismo o que ya son autómatas, como lo es el campo de fuerzas, un entrecruzamiento de energías y relaciones –algo muy distinto de esa extensión o superficie más o menos estable de las antiguas cosmologías y filosofías. El tiempo de la técnica es, por un lado, ruptura de los ritmos cósmicos de las viejas civilizaciones; por otro lado, aceleración y finalmente abolición del tiempo cronométrico moderno. De las dos formas es un tiempo discontinuo y vertiginoso que elude, si no la medida, la representación”16.

Los hombres de poder y los hombres del poder se preocupan de los problemas ambientales únicamente a nivel retórico, adoptando medidas inmediatas que no logran evitar los daños irreversibles al medio ambiente. El tiempo presente es el que orienta la toma de decisiones. Consideran que los fines están situados muy claramente y que el objetivo del ejercicio del poder es encontrar los medios apropiados para lograrlos. Acontecimientos extremos, como lluvias torrenciales, explosiones de subestaciones de energía eléctrica, contaminación del aire por emisiones de vehículos, contaminación por radiación electromagnética, ríos anegados por la basura, han de ser considerados después de la catástrofe o mediante una acción judicial por parte de la población intentando hacer valer sus derechos ante el poder judicial. El tiempo futuro es cosa de Dios.

Del examen de los problemas ambientales relativos a la radiación electro-magnética, en una investigación de más de siete años17hemos constatado que muchos fueron decididos tomando en consideración los criterios economicis-

Page 72

tas relativos al tiempo presente, es decir, dentro de una temporalidad regular o dogmática18. Como afirma françois Ost:

“Sin embargo, hoy en día, en el marco de los sistemas jurídicos ‘súper complejos’ que acompañan al establecimiento de lo que se ha dado en llamar ‘Estado–providencia’, este equilibrio parece comprometido. En efecto, desde el momento en que el derecho no se contenta con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR