El principio de favor contractus como manifestación del principio pro operario

AutorJulia López López
Cargo del AutorCatedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universitat Pompeu Fabra de Barcelona
Páginas79-83

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La regulación de la ordenación de la extinción del contrato de trabajo, como se ha ido perfilando, en la versión última del Estatuto de los Trabajadores (2012) no supera el test de constitucionalidad. A pesar de los esfuerzos del Tribunal Constitucional de hacer más elástica la razonabilidad y proporcionalidad de las medidas el resultado no es convincente ni en términos de ajuste constitucional ni en términos de resultados, previstos según la Exposición de Motivos. Los datos que se insertan a continuación se incluyen como muestra de las consecuencias que esta cambio de modelo ha provocado.

En primer lugar, tomando como referencia la Gráfica 1, lo que se visualiza es que después del año 2012, año de la Reforma Laboral han aumentado los despidos colectivos que han llegado al Tribunal Supremo y a la Audiencia Nacional. Por tanto, estamos delante de unos datos que lo que demuestran es que el número de despidos colectivos que se producen de forma conflictiva aumenta después de la Reforma Laboral. Los datos son además llamativos por el crecimiento contundente desde el cambio de modelo laboral de una conflictividad que rompe con la idea de consulta y pacto que debería presidir el art. 51 ET.

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Gráfica 1. Elaboración propia con datos del Consejo General del Poder Judicial de Bases de jurisprudencia.

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Gráfica 2. Despidos, suspensiones o reducciones de jornada producidos sin acuerdo. Porcentaje sobre el total de esas medidas.

Fuente.- Elaboración propia con datos de las Estadísticas del Mercado de Trabajo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (2011, 2012, 2013 y 2014)

Los datos que aporta la gráfica 2 muestran que después del 2012, a partir de la Reforma Laboral, aumenta la proporción que medidas que se toman sin acuerdo con la representación de los trabajadores, tanto suspensivas como extintivas.

Por tanto a todo lo anterior hay que añadir que se incrementa el nivel de conflictividad entre otros motivos por el uso de la extinción como mecanismo de flexibilidad en el mercado. El modelo de relaciones laborales impulsado por la Reforma Laboral es un modelo de conflictividad que se ve reflejada en el aumento de los que se impugnan y en el aumento de los que se celebran sin acuerdo. A efectos del principio de la acción extintiva como acción subsidiaria y por tanto favor contractus estos datos son relevantes.

La Reforma Laboral (2012) no ha invertido la tendencia de convertir las medidas...

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