Principales cuestiones derivadas de la elaboración del autorreglamento

AutorJuan Calvo Vérgez
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Financiero y Tributario, Universidad de Extremadura
Páginas139-183
XIII. PRINCIPALES CUESTIONES DERIVADAS DE
LA ELABORACIÓN DEL AUTORREGLAMENTO
1. CONSIDERACIONES PREVIAS
Como ya sabemos el desarrollo del proceso del Presupuesto Partici-
pativo no opera sobre un vacío normativo, esto es, sobre una situación
caracterizada por una ausencia de reglas. Alrededor de él se construye de
manera colectiva una regulación autogenerada en muchos de sus contenidos
y destinada a ayudar a que los participantes se orienten en torno al alcance
y la secuencia de los distintos momentos que forman parte de un proceso
como éste.
Adviértase, por tanto, que la regulación y la reglamentación ocupan
un lugar fundamental en el desarrollo del Presupuesto Participativo. La
reglamentación es importante porque, además de la lógica función que
incorpora como conjunto de normas referenciadas, los tiempos que los par-
ticipantes dedican a diseñar el marco regulador (que habitualmente adopta
la denominación de Reglamento o Autorreglamento) permiten desplegar
en profundidad el debate y la reflexión acerca de cómo imaginan el propio
proceso las personas participantes.
Surgen así diversas cuestiones tales como cuál es su significado, cómo
se debe desarrollar, cuál va a ser el grado de apertura, qué retos comporta,
etc., las cuales contribuyen de manera determinante a generar una mayor
implicación en los participantes, que se van apropiando progresivamente
Juan Calvo Vérgez
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de la lógica del proceso a la vez que realizan una apertura a otras formas de
concebir la acción participativa distintas de las tradicionales, en las que las
normas de funcionamiento suelen ser definidas desde un agente externo,
ya sea desde la esfera política o técnica.
La elaboración de un Autorreglamento o de un conjunto de normas
del proceso participativo presenta, por tanto, no ya sólo una finalidad
instrumental, sino que constituye además un recurso para que los vecinos
reflexionen sobre él y desarrollen identificaciones a partir de la construcción
conjunta de sus postulados. Ello posibilita la apertura de un primer espacio
de diálogo común dentro del Presupuesto Participativo en el que la ciuda-
danía va apropiándose del proceso, asumiéndolo como propio.
Desde un punto de vista estrictamente organizativo, el diseño y la ela-
boración del Autorreglamento del Presupuesto Participativo constituye, en
nuestra opinión, uno de los momentos clave del proceso. Y ello debido a
que a lo largo de esta fase de implementación del mecanismo participativo,
es cuando quedan configurados en detalle los principales aspectos que han
de guiar su funcionamiento. Dentro del documento a través del cual cris-
talicen todas las decisiones en torno al Autorreglamento han de detallarse
cuestiones tales como qué ciudadanos puedan participar en el desarrollo
del proceso, cómo se ha de participar, qué estructura ha de tener el proceso,
cómo se han de alcanzar las decisiones dentro de él, etc. En definitiva, el
Autorreglamento representa uno de los momentos en los que debe primar
la deliberación colectiva para primero imaginar, y posteriormente delimitar,
cómo debe ser el Presupuesto Participativo.
2. CONCEPTO DE AUTORREGLAMENTO
¿Qué es el Autorreglamento de los Presupuestos Participativos? Con
carácter general se trata de aquel documento destinado a establecer las
reglas del proceso del Presupuesto Participativo en todos sus pasos y ac-
ciones. Se trata de un documento “autorregulado”, en la medida en que lo
elaboran los propios vecinos y colectivos de la ciudad. Presenta además un
carácter dinámico, siendo revisado cada año con la finalidad de realizar las
modificaciones que resulten necesarias para asegurar su evolución.
La experiencia de los presupuestos participativos en los entes locales 141
Son varios los principios configuradores de la función del Autorregla-
mento dentro del Presupuesto Participativo. En primer lugar, y como ya se
ha apuntado, constituye una guía o un documento de referencia y consulta
en el que quedan redactadas las normas del proceso en todos sus pasos y
acciones. Asimismo representa un momento de creatividad social muy
importante, en tanto en cuanto a través de él se genera algo que con ante-
rioridad no existía y de lo que no hay referentes en la ciudad o municipio
de que se trate.
Su definición ha de tener lugar de manera autorregulada, siendo la pro-
pia ciudadanía implicada quien ha de acordar y definir sus contenidos. Es
esta una condición indispensable si lo que se pretende es que el proceso sea
verdaderamente participativo. Finalmente, posee una importante ventaja
respecto a otras reglamentaciones de figuras participativas: nos hallamos
en presencia de un documento dinámico. Quiere decirse con ello que, año
a año, y a partir de la evaluación que los participantes y las personas impli-
cadas hagan de cómo haya funcionado el Presupuesto Participativo, podrá
revisarse el Autorreglamento, llevándose a cabo las modificaciones necesa-
rias para mejorar su funcionamiento a lo largo de la siguiente anualidad.
Dentro del marco de los Presupuestos Participativos, el conjunto de
las experiencias desarrolladas en nuestro país han presentado una fuerte
regulación. No quiere decirse con ello, sin embargo, que necesariamente
el Autorreglamento deba constituir un documento prolijo y excesivamente
complejo.117
En todo caso, a través de estos Autorreglamentos se persigue siempre
la consecución de una doble finalidad. En primer lugar, que exista un do-
cumento de referencia que pueda ser consultado por cualquier participante
para comprender en detalle el funcionamiento del Presupuesto Participativo.
Y, en segundo término, que resulte posible anticiparse a eventuales conflic-
tos que puedan llegar a plantearse en el desarrollo del proceso, quedando
éstos resueltos a través de una reglamentación previa.
117 Así, por ejemplo, mientras que las experiencias desarrolladas en Sevilla han quedado
plasmadas en documentos de aproximadamente 35 páginas y a los que cada año se proponen
decenas de enmiendas, en el caso concreto del municipio de Getafe la plasmación de las diversas
experiencias participativas se resolvió mediante la elaboración de documentos de pocas páginas
(aproximadamente de 9 páginas), a través de los cuales se delimita todo el funcionamiento
del proceso.

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