Presupuestos de punibilidad y procedibilidad

AutorJ.M. Silva, M. Corcoy, F. Baldó
Cargo del AutorExpertos en Derecho Penal
  1. Bibliografía especializada

    Bacigalupo, El error sobre las excusas absolutorias, CPC n.° 6, 1978, pp. 3 y ss.; Bacigalupo, Delito y punibilidad, Madrid, 1983; Bajo Fernández, El parentesco en Derecho Penal, 1973; Cobo del Rosal, La punibilidad en el sistema de la Parte General del Derecho Penal español, en Fernández Albor (ed.), Estudios penales y criminológicos III, 1983, pp. 11 y ss.; Cobo del Rosal, Función y naturaleza del artículo 226 del Código Penal, ADCPC, 1968, pp. 65 y ss.; Del Rosal, De la excusa absolutoria del artículo 226 del Código Penal, ADPCP, 1965, pp. 137 y ss.; García Puente, Nuestra concepción de las excusas absolutorias, ADPCP 1981, pp. 81 y ss.; Gómez Benitez, La inviolabilidad y la inmunidad parlamentarias, RFDUCM 64, 1982; Mapelli, Estudio jurídico dogmático sobre las llamadas condiciones objetivas de punibilidad, 1990; Maqueda Abreu, Fundamento y límites constitucionales a la inmunidad parlamentaria, en: Estudios Penales y Criminológicos, 1990; Martínez Pérez, Las condiciones objetivas dt punibilidad, 1989; Martínez Pérez, Condiciones objetivas de punibilidad y presupuestos de procedibilidad, en Libro Homenaje a Beristain, 1989, pp. 565 y ss.; Rodríguez Ramos, Posible inconstitucionalidad del art. 483 CP, en Libro Homenaje a Beristain, 1989, pp. 883 y ss.; Rodríguez Ramos, Inviolabilidad del Rey, ComLP, 1.1.

  2. Jurisprudencia

    STS 7 diciembre 1898; STS 22 abril 1905; STS 22 abril 1910; STS 14 febrero 1934 (A 325); STS 28 junio 1941 (A 876); STS 20 mayo 1946 (A 662); STS 29 noviembre 1947 (A 1423); STS 14 abril 1952 (A 619); STS 25 febrero 1953 (A 436); STS 25 diciembre 1958 (A 4164); STS 25 diciembre 1958 (A 4164); STS 28 enero 1959 (A 315); STS 27 marzo 1961 (A 1298); STS 23 junio 1966 (A 2536); STS 13 marzo 1969 (A 1494); STS 10 noviembre 1969 (A 5267); STS 9 febrero 1971 (A 516); STS 6 mayo 1971 (A 2172); STS 24 febrero 1972 (A 1802); STS 2 mayo 1972 (A 1979); STS 10 junio 1972 (A 3063); STS 23 junio 1973 (A 3398); STS 10 febrero 1973 (A 663); STS 11 abril 1974 (A 1294); STS 8 febrero 1976 (A 412); STS 24 febrero 1976 (A 824); STS 21 octubre 1976 (A 4183); STS 9 noviembre 1976 (A 4639); STS 8 febrero 1977 (A 4 12); STS 1 8 junio 1977 (A 2765); STS 27 octubre 1977 (A 4053); STS 3 diciembre 1979 (A 4531); STS 27 septiembre 1980 (A 3319); STS 23 octubre 1980 (A 3871); STS 23 enero 1981 (A 226); STS 24 febrero 1981 (A 775); STS 10 junio 1981 (A 2640); STS 30 junio 1981 (A 2937); STS 23 enero 1981 (A 226); STS 24 febrero 1981 (A 775); STS 10 junio 1981 (A 2640); STS 30 junio 1981 (A 2937); STS 5 abril 1983 (A 2243), Excusa absolutoria: doctrina general; STS 8 julio 1983 (A 4130); STS 24 febrero 1984 (A 1644), Condiciones de procedibilidad; STS 26 diciembre 1984 (A 6644), Excusa absolutoria de parentesco: doctrina general; STS 14 enero 1985 (A 301), Excusa absolutoria de parentesco; STS 25 junio 1985 (A 3060), Excusa absolutoria de parentesco; STS 26 diciembre 1986 (A 7995), Encubridor: excusa absolutoria de parentesco; STC 19 diciembre 1988 (LL 1181-TC); STS 3 julio 1989 (A 6019), Excusa absolutoria: doctrina general; STS 11 mayo 1993 (A 4153), Condición objetiva de punibilidad; STS 27 enero 1995 (A 264), Excusa absolutoria de parentesco.

  3. Preceptos legales

    Artículos. 130,3.°; 130,4.°; 146; 158; 162; 166; 191, 201; 215; 228; 257, 3.; 259; 260; 267; 268; 287; 296; 305, 4.; 307,3.; 308, 4.; 354, 2.; 427; 456; 462; 480; 548; 579; 586; 606; 620; 621; 624; 639 del Código Penal. Artículos. 270; 259 y ss.; 753 y ss. de la LECrim. Artículos. 56, 3.°; 59, 2.°; 71, 1.°; 71,2°; 102, 2.° de la Constitución; Estatutos de Autonomía. LOPJ. LOCGPJ. LODP. LOTC. LOFCSE. LEOMF. LOTCuentas. LOPJ.

  4. Conceptos y estructuras básicas

    1. Presupuestos de punibilidad: no afectan al merecimiento sino a la necesidad de pena.

  5. Causas personales de exclusión y levantamiento de la pena: Excepciones personales a la punibilidad. No han de ser abarcadas por el dolo. No afectan a aquellos extraños en quienes no concurren (autores o cómplices).

  6. Condiciones objetivas de punibilidad: condicionan objetivamente la relevancia penal del hecho. Restricciones o fundamentos objetivos de la punibilidad. No han de ser abarcadas por el dolo. Afectan a todos aquéllos que intervienen en el hecho (autores o cómplices).

    1. Causas personales de exclusión y levantamiento de la pena.

  7. Causas personales de exclusión de la pena -concurrentes en el momento del hecho-.

    1. Art. 268 del CP (excusa absolutoria de parentesco en delitos patrimoniales no violentos o intimidatorios).

    2. Inviolabilidades personales: impiden que se pueda exigir responsabilidad penal a determinadas personas por actos realizados en el ejercicio de su cargo: Rey (arts. 56, 3.° y 59, 2.° de la CE); Defensor del Pueblo y sus Adjuntos (art. 6, 2. y 4. de la LODP); Diputados y Senadores de las Cortes Generales (art. 71, 1.° de la CE); Parlamentos de las CCAA (Estatutos de Autonomía); Magistrados del TC (art. 22 de la LOTC).

  8. Causas personales de levantamiento de la pena -posteriores al hecho-: arts. 130, 3.° del CP (indulto); 130, 4.° (perdón del ofendido); 305, 4. (regularización de la situación tributaria); 307, 3. (regularización de la situación ante la Seguridad Social); 308, 4. (reintegro de las subvenciones recibidas); 354, 2. (impedir la propagación del incendio); 427 (denuncia del cohecho ante la autoridad competente); 462 (retractarse del falso testimonio); 480 (revelar la rebelión a tiempo de evitar sus consecuencias); 548 (revelar la sedición a tiempo de evitar sus consecuencias); 579 (confesión más desistimiento del delito o delación más aportación de pruebas de cargo en los delitos de terrorismo).

    1. Condiciones objetivas de punibilidad

  9. Propias: restricciones objetivas a la punibilidad: art. 606 del CP (reciprocidad o penalidad recíproca); art. 30 del CP; 340 y 341 LOPJ; arts. 259 del CP (admisión a trámite de la solicitud de quiebra, concurso o suspensión de pagos); 260 (declaración de quiebra, concurso o suspensión de pagos).

  10. Impropias: fundamentos objetivos de la punibilidad (basadas en algunos casos en presunciones de injusto): art. 166 del CP (no dar razón del paradero de la persona detenida).

    1. Presupuestos procesales recogidos en el CPe inmunidades:

  11. Querella: 270 LECrim (es parte en el proceso) o Denuncia: 259 LE-Crim (no es parte en el proceso): arts. 162 del CP; 191; 201; 215; 228; 267; 287; 296; 620; 621; 624; 639. Excepciones basadas en el interés general.

  12. Art. 456 del CP (sentencia o auto firmes de sobreseimiento o archivo de la infracción imputada en los delitos de acusación o denuncia falsas).

  13. Inmunidades personales: impiden que una persona pueda ser detenida y/o inculpada y/o procesada salvo que se cumplan determinados requisitos especiales (p.e., delitos flagrantes, suplicatorios, autorizaciones de los superiores; etcétera). Estas prerrogativas poseen diverso alcance (inmunidades amplias o restringidas): Defensor del Pueblo y sus Adjuntos (art. 6 de la LODP); Jueces y Magistrados (art. 398 de la LOPJ); Miembros de la carrera Fiscal (art. 56 LEOMF); Diputados y Senadores de las Cortes Generales (art. 71, 2.° de la CE); Parlamentarios de las CCAA (Estatutos de Autonomía); Presidente y miembros del Gobierno (102, 2.° de la CE).

    1. Fueros especiales: derecho de determinadas personas a ser juzgadas por determinados órganos jurisdiccionales (art 22 de la LOCGPJ; art. 57 de la LOPJ; 71, 3. de la CE; 102, 1. de la CE; art. 35 de la LOTCuentas). El antejuicio para Jueces y Magistrados (arts. 757 y ss. de la LECrim). Prerrogativas de Derecho internacional: inmunidades diplomáticas (334 LOPJ). Otros presupuestos procesales (licencias; autorizaciones; prescripción; indulto; cosa juzgada, etcétera). Leyes y Convenios de Extradición.

  14. Supuestos de hecho

    1. Causas personales de exclusión y levantamiento de la pena. Excusas absolutorias, regularizaciones fiscales, confesiones, delaciones, inviolabilidades personales, etcétera

      a-1) STS 26 diciembre 1984

      Resultando: Que por la mencionada AP, se dictó sentencia de 17 marzo 1983...

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