Préstamo hipotecario. Aplicabilidad de la Ley 5/2019 cuando interviene fiador persona física no consumidor

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: En una hipoteca constituida en garantía de un préstamo a una sociedad para financiar la adquisición por ella de una vivienda, avalada por su administrador persona física, la LRCCI se aplica a la fianza y al fiador, tanto en sus aspectos formales como materiales, pero no a la totalidad del préstamo.

Hechos: 1. […] préstamo hipotecario sobre vivienda concedido a una sociedad para financiar la adquisición de la misma […] y, además, el administrador de dicha sociedad interviene […] como avalista para prestar garantía personal solidaria.

Registradora: La registradora suspende la inscripción […] porque entiende aplicable la ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario a todo el préstamo, debiendo ajustarse a las previsiones que, tanto en transparencia como en delimitación del contenido del contrato, se establecen en la misma.

Recurrente: El notario recurrente sostiene que no es aplicable la citada ley, que tiene una finalidad tuitiva del consumidor, y al tener el garante vinculación funcional con la sociedad prestataria, como administrador, queda excluida la normativa de protección de consumidores.

Resolución: Confirma la nota en cuanto a la aplicabilidad de la LRCCI al fiador no persona consumidora, pero la revoca en cuanto su aplicabilidad al préstamo en su totalidad.

Doctrina: La DG establece la siguiente doctrina:

APLICABILIDAD LRCCI AL FIADOR NO PERSONA CONSUMIDORA

2 [Vid] El artículo 1 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, […] En análogos términos, el apartado 1 del artículo 2 de la misma dispone lo siguiente:

[…] En el presente recurso […] se plantea si para que la Ley 5/2019 sea aplicable por […] la existencia de fiador persona física es o no necesario que ésta sea un consumidor.

[…] la Ley 5/2019 […] «la presente Ley extiende su régimen jurídico a todas las personas físicas, con independencia de que sean o no consumidores. Esta ampliación de la esfera subjetiva de protección de la Ley frente a la Directiva sigue la línea tradicional de nuestro ordenamiento jurídico de ampliar el ámbito de protección a colectivos como los trabajadores autónomos (…)».

A la vista de tales consideraciones debe concluirse que la ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario es aplicable a los préstamos concedidos a personas jurídicas en lo relativo al fiador persona física aun cuando ésta no sea consumidor. Así, lo confirma el contenido literal del artículo 2, apartado 1, letra a), respecto de préstamos garantizados con hipoteca sobre inmueble residencial, que, a diferencia de lo expresamente dispuesto para préstamos no hipotecarios concedidos para adquirir o conservar derechos de propiedad sobre inmuebles, no exige que el fiador o garante sea consumidor.

APLICABILIDAD DE LA LRCCI A LA PRESTAMISTA PERSONA JURÍDICA NO CONSUMIDORA Y ASPECTOS DE LA MISM APLICABLES A LA FIANZA DE LA PERSONA FÍSICA NO CONSUMIDORA

3 […] debe ahora determinarse si la aplicación de esta ley alcanza íntegramen...

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