Presentación del director

AutorEnoch Albertí i Rovira
Páginas216-216
PRESENTACIÓN DEL DIRECTOR
En octubre de 2017 se aplicaban a Cataluña, por primera vez en la historia constitucional reciente de España,
los poderes extraordinarios del Estado que prevé el artículo 155 CE, que había quedado hasta el momento
en un discreto segundo plano doctrinal. Ciertamente, el artículo 155 CE ha sido objeto, en varias ocasiones,
de comentarios y análisis jurídicos, que no obstante debían moverse necesariamente en un plano abstracto y
genérico, a falta de casos de aplicación y de precedentes históricos y comparados. En efecto, la posibilidad
de adoptar, por parte del poder central, medidas de intervención que se impongan coactivamente a una
comunidad territorial, no es una invención de la Constitución española, sino que tiene referentes en derecho
comparado, y especialmente, como es ampliamente reconocido, en el artículo 37 de la Ley Fundamental de
Bonn. Pero ni en Alemania, ni tampoco en Italia, Austria o Portugal, donde se prevén mecanismos similares,
no se ha recurrido nunca, desde la II Guerra Mundial, a este método unilateral y coactivo para resolver
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sus consecuencias en Cataluña, sino también por las que recaen sobre el conjunto del sistema de organización
territorial que diseña la Constitución española de 1978, porque la manera en que se ha aplicado y en la que se
consolide en el futuro su interpretación —especialmente a partir de la resolución de los recursos interpuestos
ante el Tribunal Constitucional— determinará de forma decisiva el contenido y el alcance de los poderes
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del sistema y el nivel de garantía del autogobierno de las comunidades.
La Revista Catalana de Dret Públic (RCDP) no puede permanecer ajena a esta situación, la más relevante para
el autogobierno de Cataluña desde el restablecimiento de la Generalitat. Por eso, nos hemos propuesto abordar
de modo académicamente riguroso el análisis de la aplicación de estos poderes extraordinarios y sus efectos,
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electoral, demoscópica, comparada), recogiendo y ordenando también la muy numerosa documentación que
se ha generado. Queremos agradecer especialmente a los autores y autoras de los trabajos que se incluyen en
este número especial su disposición y su generosidad para participar en este análisis. De la misma manera,
lamentamos no haber podido disponer de otros artículos que en su momento se comprometieron y que sin
duda hubieran aportado nuevos puntos de vista sobre algunos de los temas tratados.
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de la aplicación del artículo 155 CE, sobre sus implicaciones y su legitimidad constitucional y, más en general,
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como es el que existe en Cataluña.
Enoch Albertí i Rovira

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