Presentación

AutorYolanda Gómez sánchez
Páginas13-15

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La investigación científica biomédica ha obtenido logros innegables que han mejorado la calidad y la expectativa de vida de muchas personas en todo el mundo como puede leerse en el preámbulo de la Ley 14/2007, de 3 de julio de Investigación Biomédica. Una libertad de investigación que se ha transformado para adaptarse a los avances tecnológicos y así cumplir mejor sus fines en la protección de la salud y bienestar de las personas.

Los ordenamientos, tanto nacionales como internacionales y supranacionales, han respondido a estos cambios incorporando normas específicas para regular las relaciones en el ámbito de la investigación y experimentación con especial atención a los derechos de las personas. Se partió de un marco normativo prácticamente inexistente. Las escasas normas que trataban estos ámbitos aportaban soluciones parciales y, en la mayoría de los casos, insatisfactorias ante los nuevos problemas y las nuevas demandas de una sociedad sorprendida por un alud de novedosas manifestaciones biosanitarias. Hoy la situación es muy diferente aunque la realidad es profundamente desigual en los diferentes países. Los países de la Unión Europea han consolidado en las últimas décadas un conjunto normativo sobre investigación biomédica y, también, sobre sus repercusiones en el ámbito de la salud y la asistencia sanitaria aunque este cuerpo normativo es homogéneo solo en parte. En España, la estructura territorial descentralizada incorpora singularidades a las que el Derecho debe hacer frente. Por otro lado, la reflexión previa a la adopción de normas jurídicas en la materia ha estado protagonizada por el debate bioético, realizado en relevantes organismos internacionales de los que España es parte (por ejemplo, El Comité Internacional de Bioética de la UNESCO o el Comité de Bioética del Consejo de Europa), que ha logrado un alto grado de deliberación y acuerdo sobre principios básicos que han pasado a los diferentes ordenamientos (inter-nacional, supranacional y de los Estados) con una nitidez poco frecuente en otros ámbitos de la producción normativa (en el Derecho de la UE, la Carta de los Derechos Fundamentales, en el ámbito del Consejo de Europa, el Convenio sobre Derechos Humanos y Biomedicina y sus Protocolos, y las Declaraciones de la

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UNESCO de 1997, 2003 y 2005, en el ámbito suprarregional, son clara muestra de ello entre otros ejemplos también relevantes). Estas sinergias entre la deliberación y acuerdo científico...

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