Presentación

AutorJerónimo Escalera Gómez
Cargo del AutorPresidente de AVS
Páginas11-13

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"Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local" (LRSAL) y fue publicada en el BOE del lunes 30 de diciembre, entrando en vigor al día siguiente. Tras año y medio de su entrada en vigor se ha considerado conveniente analizar su contenido y los efectos que ha producido en el Sector Público Local, especialmente en las Sociedades Municipales destinadas a la tenencia, administración y promoción de vivienda y suelo, muchas de las cuales pertenecen a AVS.

El texto definitivo, tras dos años de debates, ha planteado no sólo mucha polémica en la Doctrina, sino también ha sido una de las normas más contestadas social e institucionalmente, habiéndose admitido por el Tribunal Constitucional nueve Recursos de Inconstitucionalidad, formulados no sólo por Partidos Políticos sino también por Consejos de Gobierno y Cámaras Legislativas de Comunidades Autónomas, y un conflicto en defensa de la autonomía local formula-do por más de dos mil entidades locales.

Además la norma, pese al año y medio transcurrido, sigue plan-teando muchas dudas en su aplicación, incluso tras haberse publicado distinta normativa de desarrollo, tanto por el Estado como por las Comunidades Autónomas.

En lo que respecta a AVS, constituida por más de 100 empresas la mayoría municipales, cuyos objetos sociales les otorga competencia

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en materia de Viviendas Sociales y de suelo necesario para las mismas (además de ser administradoras de un parque de más de 150.000 de dichas viviendas) la norma en su redacción originaria suponía prácticamente el cierre de la mayor parte de ellas. En primer lugar, por los altos criterios de rentabilidad económica, olvidándose de su rentabilidad social. En segundo lugar, por las limitaciones injustificadas a las relaciones económicas y aportación de bienes entre los ayuntamientos y sus empresas, buscando en la Disposición Adicional Novena más el cierre que el saneamiento económico de las sociedades, que no puede olvidarse cumplen una imprescindible labor social. Además, por último, por sustraer a los municipios la competencia de vivienda, en contra criterio de proximidad proclamado por la Unión Europea y por la lógica de la realidad, ya que el municipio como administración más cercana al ciudadano es el que primero detecta la necesidad de vivienda y el que puede dar una respuesta más acertada e inmediata a la misma.

Tras arduos debates, reuniones y elaboración de multitud de estudios y...

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