Presentación

AutorSantiago A. Bello Paredes
CargoProfesor Titular de Derecho Administrativo. Universidad de Burgos. Coordinador
Páginas6-6
REALA, no
Extraordinario, enero 2015 ISSN: 1989-8975
NUEVA ÉPOCA
Presentación
Santiago A. Bello Paredes
Profesor Titular de Derecho Administrativo. Universidad de Burgos. Coordinador
Transcurrido un año desde la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y soste-
nibilidad de la Administración Local (LRSAL), la Revista de Estudios de Administración Local y Autonómica (REALA)
ha tenido a bien publicar este número extraordinario con la finalidad fundamental de efectuar un balance de las
fortalezas y debilidades que esta importante reforma legislativa estatal ha supuesto para el mundo local.
Como Coordinador de esta obra debo, en primer lugar, agradecer al Consejo de Dirección de esta Revista, así
como a su editor el Instituto Nacional de Administración Pública, la excelente acogida de elaborar este número
extraordinario, e igual agradecimiento debo de expresar a todos los colegas y compañeros que me han acompa-
ñado en esta iniciativa que ahora ve la luz. Todos ellos son reputados especialistas en las distintas dimensiones del
ámbito local, por lo que la obra alcanza así la transversalidad necesaria para valorar adecuadamente el impacto de
la reforma estatal contenida en la Ley 27/2013.
El resultado deberán valorarlo los lectores, pero como Coordinador debo mostrar mi satisfacción por el re-
sultado alcanzado, pues los diversos trabajos que se integran en este número monográfico recorren los aspectos
nucleares de la reforma. En este sentido, se analizan los orígenes y las razones que condujeron al Gobierno de la
Nación a presentar esta iniciativa legislativa, así como a las Cortes Generales a su aprobación, lo cual es analizado
con precisión por el profesor Arenilla.
Ya entrando en el aspecto sustantivo de la reforma, los profesores Rivero, Calonge, Mellado, Corcuera, Galán,
y quien suscribe esta Introducción, analizan los aspectos referidos a los cambios introducidos en la reforma, así
como también a las oportunidades perdidas por ésta; a la compleja situación de las competencias en el ámbito
local; a la situación de la planta municipal; a la situación de los empleados locales, a la situación financiera de las
entidades locales y, por último, al impacto de la reforma en el ámbito de la actuación normativa de las Comunida-
des Autónomas.
Como acertadamente expone el profesor Arenilla en este monográfico, las entidades locales en España se
han caracterizado históricamente en nuestro Derecho contemporáneo por tener un papel secundario y depen-
diente o subordinado del centro; cuando la Constitución de 1978 modifica ese planteamiento, al establecer la auto-
nomía local, incurre en una insuficiente regulación jurídica que ha ocasionado una endémica dependencia de éstas
de los poderes legislativos central y autonómicos, cuya dimensión más visible ha sido una insuficiente financiación
y una inacabada configuración de su ámbito competencial.
En este entorno jurídico y político, la Ley 27/2013 trata de superar esta situación haciendo pivotar la reforma
local sobre cuatro elementos básicos: la determinación más precisa de las competencias locales evitando su sola-
pamiento (bajo el paradigma de “una Administración, una competencia”), la racionalización de la planta local (tan-
to territorial como institucional), la profesionalización del personal al servicio de la estas entidades y, por último,
implantando la sostenibilidad financiera en el ámbito local.
Y el resultado, tras un año de aplicación de esta reforma resulta desigual. Pues, por ejemplo, frente a las evi-
dentes avances en materia de sostenibilidad financiera, que han hecho pasar a las entidades locales de una apor-
tación negativa, no muy significativa por cierto, al PIB nacional a tenerla positiva, no tan favorable es el balance
en cuanto se refiere a las competencias locales, pues las Comunidades Autónomas se han apresurado a legislar en
un sentido contrario al contenido en la reforma estatal, lo que conlleva la persistencia de una zona de inseguridad
jurídica en este ámbito.
En breve, y para acabar, el carácter asimétrico de los efectos alcanzados por la reforma estatal supone man-
tener vivo el problema local que, desde mi punto de vista, es uno de los problemas irresolutos de la Constitución
de 1978.
En Castrillo del Val (Burgos), en la vera del Camino de Santiago y en el corazón de Castilla, diciembre de 2014.

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