Preparación y perfección del contrato

AutorAntonio Fayos Gardó
Páginas78-79

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1. La distinción de fases en la vida del contrato

Antes de la celebración del contrato se habla de la formación del mismo, fase que comprende los actos anteriores que se llevan a cabo para prepararlo.

En este sentido podría hablarse de que antes del contrato se suelen o pueden dar los tratos preliminares y en alguna ocasión un precontrato. Luego las examinaremos, pero ahora toca que dediquemos nuestro estudio a la formación instantánea del contrato.

2. La perfección del contrato: oferta y aceptación

El proceso habitual para celebrarse el contrato es el que se contempla en el art.1262 CC que nos dice que el consentimiento se manifiesta por el concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato.

El Código habla también sobre qué ocurre cuando están en lugares distintos los contratantes: Hallándose en lugares distintos el que hizo la oferta y el que la aceptó, hay consentimiento desde que el oferente conoce la aceptación o desde que, habiéndosela remitido el aceptante, no pueda ignorarla sin faltar a la buena fe. El contrato, en tal caso, se presume celebrado en el lugar en que se hizo la oferta.

Y añade que en los contratos celebrados mediante dispositivos automáticos hay consentimiento desde que se manifiesta la aceptación.

La oferta es una declaración de voluntad emitida por una persona y dirigida a otra u otras proponiendo la celebración de un determinado contrato (DIEZ PICAZO/GULLÓN, 59). La oferta es revocable antes de que se perfeccione el contrato y no necesita de una forma especial salvo que las partes así lo decidan o lo exija la ley.

La aceptación es la declaración de voluntad que emite el destinatario de una oferta dando su conformidad a ella, y puede ser expresa o tácita (DIEZ PICAZO/GULLÓN
61).

Al igual que la oferta es revocable, en este caso antes de que la conozca el oferente y asimismo rige el principio de libertad de forma salvo pacto entre las partes o exigencia legal.

3. Los tratos preliminares

Los tratos preliminares son el conjunto de actuaciones que llevan a cabo las personas con la finalidad de llegar a un posible contrato posterior, sin obligación de perfeccionarlo y obligándose actuar de buena fe.

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Las partes no quedan obligadas, simplemente discuten sobre la...

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