Preparación del expediente de contratación en contratos celebrados por poderes adjudicadores que no son Administraciones Públicas

AutorVirginia Pérez Alegre - Javier García Serrano
Páginas123-123

Page 123

En los contratos celebrados por poderes adjudicadores que no tengan el carácter de Administraciones Públicas, que estén sujetos a regulación armonizada o que sean contratos de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II de valor estimado igual o superior a 193.000 euros, así como en los contratos subvencionados, deberán observarse las reglas establecidas para la definición y establecimiento de prescripciones técnicas, siendo de aplicación lo previsto referente a las condiciones especiales de ejecución del contrato. Si la celebración del contrato es necesaria para atender una necesidad inaplazable o si resulta preciso acelerar la adjudicación por razones de interés público, el órgano de contratación podrá declarar urgente su tramitación, motivándolo debidamente en la documentación preparatoria, aplicándose lo previsto en la tramitación...

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