La prensa electrónica en Francia

AutorAntoni Roig
Páginas159-170

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1. Planteamiento general

La prensa digital o electrónica se basaba en sus inicios en tecnologías anteriores a la aparición de la World Wide Web (WWW), como por ejemplo el teletexto. Concretamente, en Francia, el Télétel y el Minitel permitían una cierta difusión, aunque era local y temporal. Con la llegada de la WWW, la difusión adquiere nuevos horizontes. En la actualidad, la telefonía móvil, las tabletas y los lectores de e-books están ampliando todavía más las posibilidades de acceder a la información en línea.

Los contenidos también han ido diversificándose desde los inicios de la prensa digital. Así, no sólo tenemos páginas web de periódicos tradicionales, cuyas suscripciones a versiones digitales representan una parte creciente del total de ingresos de los periódicos, sobre todo en los Estados unidos; pueden encontrarse asimismo comentarios, análisis, encuestas, críticas, valoraciones de expertos u otros servicios como la llamada en Francia «revue de presse» o «panorama de presse».

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Por el momento, en Francia dominan las formas y contenidos parecidos a los de la prensa tradicional. Sin embargo, la aparición de equipos y empresas específicas, que no tienen su equivalente en la prensa tradicional, podrían alejar la prensa digital de la información en papel ya en esta década. Conviene, además, diferenciar la prensa electrónica realizada por profesionales de la información, aunque usando las posibilidades de las tecnologías de la información, de aquellas otras valoraciones u opiniones de profanos o expertos en Internet. Estas últimas no son necesariamente prensa electrónica. Para ello, se exige un tratamiento periodístico equiparable al tradicional: búsqueda, recopilación, análisis y presentación. Ello puede realizarse mediante una página Web o un blog, perfectamente compatibles con el tratamiento periodístico.

Las principales formas de prensa digital en Francia son las webs de actualidad general, las de información local, las que están especializadas, las páginas de encuesta y análisis, y finalmente las que están conectadas a revistas. En cuanto a las páginas electrónicas de actualidad general, proponen una información al momento, y suelen estar a cargo de la prensa escrita, como Lemonde, Libération, Lefigaro, 20minutes, Nouvelobs y Lexpress, entre otros1. Los dos primeros empezaron sobre 1995 y suelen tener la mayor audiencia de prensa digital. Esta información en línea suele actualizarse regularmente 18 horas al día. En menor medida, las radios y las televisiones suelen ofrecer también servicios de actualidad general, ya sea reutilizando programas, como rtl.fr, o bien creando nuevos contenidos como Europe1 o France22. Como hecho destacable podemos indicar que, hasta ahora, las webs de las radios y de las televisiones no suelen permitir demasiada participación de los usuarios. La prensa local digital, por su parte, suele reproducir los contenidos de la prensa local escrita, es decir no crea prácticamente contenidos específicos. En cambio, la prensa local digital apuesta fuerte por la participación ciudadana. Así, por ejemplo, Letelegramme o Midilibre permiten la creación de blogs y suelen proponer habitualmente la posibilidad de comentar los artículos colgados3. Por otro lado, existen webs especializadas en economía o deportes, como Lesechos o Sport24, respectivamente4. También existen webs de encuesta y análisis, como Mediapart, rue89 u owni, en los cuales la participación adquiere una importancia central5. Finalmente, las webs de revistas abarcan la actualidad televisiva, la temática de género o la divulgación científica, entre otros. Suele haber una desconexión entre el equipo encargado

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de la revista en papel y el que tiene a su cargo la web, siendo poca la producción específica para la web, quizás con la notable excepción de Télérama6.

Hasta aquí hemos dividido los principales contenidos de las webs de prensa digital por su temática, general o local, especializada o de encuesta y análisis o ligada a una revista. Conviene, sin embargo, mencionar a los productores de tales contenidos diversos. Y en primer lugar a los portales, pues el acceso es también aquí la clave. Los portales permiten alcanzar contenidos y servicios. Algunos, como orange y Yahoo! se encuentran entre los principales líderes de audiencia de prensa digital en Francia7. Estos portales ofrecen servicios de información propios, colaborando con las principales agencias internacionales de información (agencia France-Presse, associated Press y reuters). Otros actores destacados son los «agregadores». Su función consiste en dar respuesta a las solicitudes de información de internautas, mediante motores de búsqueda, permitiendo conectar con las webs encontradas. En Francia, en 2009, Google suponía ya el 30% de acceso a la prensa digital de webs como Lemonde o Lefigaro8. Rébillard y Smyrnaios llaman a estos influyentes intermediarios los «infomediarios»9. Ya en 2010, las redes sociales como Facebook destacan también en el acceso a la prensa digital mediante los grupos de fans, alcanzando ya aproximadamente un 5% de las visitas a webs de prensa digital, y con tendencia a crecer. Cualquier análisis jurídico de la prensa digital no podrá obviar pues a los «infomediarios».

Algunas webs buscan desligarse de los medios de comunicación tradicionales, aunque a veces son comprados posteriormente por ellos. Normalmente, suelen crearlos grupos de periodistas descontentos con la línea editorial de su periódico: rue89, Mediapart, Slate, Lepost, Bakchich, arretsurimages, etc10.

Cuando se busca principalmente la participación, entonces el medio utilizado suele ser un blog. A veces, son periodistas los que lo gestionan, con el fin de incorporar más datos de los que se presentan en la página de un periódico. En otras ocasiones son expertos los que aportan su punto de vista: en el ámbito jurídico puede destacarse el blog del despacho de abogados Eolas11. Cada vez más webs de prensa digital incorporan también blogs. Otro fenómeno creciente

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son las páginas web de participación, en las cuales los propios internautas participan en la producción de información, junto con los periodistas. Uno de los más conocidos en Francia es agoravox12. En estas páginas web participativas se suele criticar que la prensa digital sigue acríticamente a los medios tradicionales, y se defiende asimismo la necesidad de una mayor objetividad en la presentación de la información.

Pasaremos ahora a estudiar los problemas jurídicos que plantea la prensa digital en Francia. Analizaremos primero el marco regulador general de la prensa digital, para luego concretar la responsabilidad del director de la publicación y finalmente concretar cómo se defienden los derechos de autor y el derecho al honor en este contexto.

2. La regulación de la prensa digital en Francia

El punto de partida lo constituyen los distintos textos relativos a la libertad informativa. El carácter internacional de la prensa digital emerge inmediatamente, y el legislador francés intenta evitar deslocalizaciones hacia paraísos digitales. Entre estos, no cabe descartar ni siquiera a los Estados unidos, dada la posición preferente otorgada en esta país a la libertad de expresión en virtud de la Primera Enmienda de la Constitución Federal americana. Por ello, el legislador francés ha intentado llegar a acuerdos internacionales en el ámbito regional europeo, pero también con los EEUU. Otro reto importante ha consistido en la coexistencia de prácticas profesionales equivalentes a las de los medios tradicionales, con actividades o participación de internautas. El concepto de «editor» ha requerido una profunda revisión por esta razón, como tendremos ocasión de ver más adelante.

Pasemos ahora a estudiar el marco jurídico general de la libertad informativa. Varios proyectos de codificación del Derecho de la Información han resultado infructuosos, ya sea en 1993 y en 1996, o más recientemente en 200613. Por ello, la Ley de 29 de julio de 1881, de libertad de prensa, y la Ley de 30 de septiembre de 1986, de libertad de comunicación, continúan siendo de aplicación14. La primera contiene tres grandes apartados aplicables a la prensa

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digital: la libertad informativa, la responsabilidad y el procedimiento en caso de infracción. El primer punto no parece plantear problemas específicos para nuestro caso, siendo aplicables los límites de difamación e injurias previstos en el artículo 29 de la misma. Otras restricciones se han añadido al...

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