Cuestión preliminar. Multiplicidad de sistemas tributarios y su incidencia en la ordenación de las fuentes jurídicas

AutorMarco A. Rodrigo Ruiz

El análisis de las fuentes o de la tipología de las disposiciones jurídicas que regulan el Derecho Financiero y Tributario, sobre todo en el ámbito relativo a los ingresos de naturaleza tributaria, constituye un tema clásico de la disciplina.

Sin embargo, no existen estudios globales que analicen el catalogo de fuentes y los problemas jurídicos que su emanación suscita respecto a la regulación de los tributos existentes en la Comunidad Autónoma del País Vasco, o, dicho de otro modo, respecto a los distintos sistemas tributarios que confluyen y coexisten en este ámbito geográfico, como consecuencia de las peculiaridades que el régimen de Concierto económico origina. Al examen de estas cuestiones, centrales para el mejor conocimiento y comprensión del sistema foral de Concierto, se dedica el presente trabajo.

A su vez, el estudio de las variadas clases de disposiciones que pueden incidir en la ordenación de los tributos guarda intima conexión con otro aspecto, cual es la concreción de los diferentes entes públicos que poseen capacidad o competencia para la emanación de tales disposiciones, es decir, que son titulares de la potestad de establecer tributos o de dictar normas en materia tributaria. Esta cuestión, habitualmente trataba bajo el epígrafe, no exento de polémica y equívocos, de poder tributario, guarda, como se ha dicho, vinculación inescindible en alguno de sus puntos con el estudio de las fuentes del ordenamiento fiscal, por lo que habrán de hacerse obligadas referencias a la misma.

Por último, cabe advertir que, conforme a la praxis general, se van a analizar individualizadamente las distintas modalidades de fuentes, ordenando su estudio, en principio, de acuerdo con un criterio sustancialmente jerárquico, aunque éste, como se verá, no siempre es fácil de delimitar, y a veces va a ceder paso, para la determinación de la prevalencia de las normas, al principio de competencia.

Antes de adentrarnos en el examen de las distintas fuentes, resulta forzoso anticipar que confluyen en la Comunidad Autónoma del País Vasco -e inciden en el quehacer cotidiano de los ciudadanos que residen en su ámbito territorial- hasta ocho sistemas fiscales diferenciados de orden interno o intraestatal (exclusión hecha, por tanto, del régimen de recursos financieros de la Unión Europea, que agregaría un componente más a esta suma), lo que, evidentemente, va a tener relevante incidencia en la confección del presente trabajo.

Como es sabido, cada uno de los...

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