Prefacio

AutorJuana Pulgar Ezquerra
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Mercantil Universidad de Almería.
Páginas11-16

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Se aborda en este trabajo el estudio de la naturaleza jurídica de los Fondos de Inversión Mobiliaria (FIM), que probablemente constituya uno de los temas más controvertidos en torno a dichos fondos, en la generalidad de los ordenamientos de Derecho comparado así como en Derecho español. En efecto, la caracterización de los fondos como patrimonios pertenecientes a una pluralidad de partícipes, gestionados por una sociedad gestora con amplias facultades de disposición sin ser propietaria y bajo custodia de un depositario, de los valores en los que se invierte el patrimonio del fondo, plantea como cuestión esencial la caracterización jurídica de las relaciones que confluyen en los fondos. Particularmente el tema se plantea en los ordenamientos del bloque jurídico europeo continental que a mediados de los años cincuenta importaron la figura de los unit trusts del Reino Unido y las open-end Investments Companies norteamericanas, organizados en torno a la típica institución anglosajona del trust. Frente a ello, en el modelo continental europeo la disociación entre la propiedad y la gestión, caracterís-Page 12tica de los fondos, no cabe estructurarla sobre la base del trust, lo que plantea cómo construir y vertebrar jurídicamente las distintas relaciones que confluyen en los fondos.

Ello se suscita en Derecho italiano en relación con los Fondi Comuni di Investimento, en Derecho francés en torno a los Fonds Communs de plácement o los wertpapier-sondervermögen del Derecho alemán, así como en relación con los fondos de inversión mobiliaria del Derecho español y en particular en relación con el artículo 2 LIIC, de 26 de diciembre de 1984, a partir del proceso armonizador comunitario (Directiva 85/61/CEE).

Esa es la finalidad de este libro, en el que se pretende abordar, sobre la base de la normativa y las aportaciones doctrinales europeas y españolas, el análisis de la caracterización jurídica de las relaciones que confluyen en los fondos, y a partir de ahí el estudio de la posibilidad o no de su construcción jurídica unitaria, a pesar de esa diversidad de relaciones.

El tema se suscitó con ocasión del concurso para cubrir una plaza de Catedrático de Derecho Mercantil en la Universidad de Almería, al que concurrí, versando el tema de mi segundo ejercicio sobre la naturaleza jurídica de los FIM. Sobre la base de este punto de partida, explicar el porqué de mi opción por este tema de Cátedra es tanto como explicar el porqué de este libro, que...

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