No es preciso que conste el nif del cónyuge del comprador

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

El registrador de la propiedad suspende la inscripción de una escritura de compraventa de un inmueble, otorgada como comprador por una persona que manifiesta que está casado en régimen de gananciales con la señora cuyos nombres y apellidos indica y que lo adquiere para su sociedad conyugal. A juicio del registrador, aunque no comparezca la esposa del comprador es necesario que conste su Número de Identificación Fiscal.”

Interpuesto un recurso por el notario autorizante contra dicha calificación la Dirección General lo estima concluyendo que “teniendo en cuenta el concreto negocio jurídico documentado y las peculiaridades de la adquisición del inmueble –en atención al régimen económico matrimonial de gananciales– y a la vista del tenor literal del artículo 254 de la Ley Hipotecaria...

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