Los precedentes franceses y estadounidense y su influencia en la rigidez constitucional de la Constitución española de 1812

AutorJosé Manuel Vera Santos
CargoCatedrático de Derecho Constitucional Universidad Rey Juan Carlos
Páginas473-510
LOS PRECEDENTES FRANCESES
Y ESTADOUNIDENSE
Y SU INFLUENCIA EN LA RIGIDEZ
CONSTITUCIONAL DE LA
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1812
JOSÉ MANUEL VERA SANTOS
© UNED. Revista de Derecho Político
N.º 83, enero-abril 2012
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SUMARIO
INTRODUCCIÓN. 1. LA RIGIDEZ CONSTITUCIONAL EN LA CONSTI-
TUCIÓN DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA DEL NORTE DE 1787. 2.
LA RIGIDEZ CONSTITUCIONAL EN EL CONSTITUCIONALISMO RE-
VOLUCIONARIO FRANCÉS: 2.1. Constitución de 1791. 2.2. Constitución de
1793. 2.3. Constitución de 1795. 3. EL PROCEDIMIENTO DE REFORMA
EN LA CONSTITUCIÓN DE 1812. CONCLUSIONES.
© UNED. Revista de Derecho Político
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LOS PRECEDENTES FRANCESES
Y ESTADOUNIDENSE
Y SU INFLUENCIA EN LA RIGIDEZ
CONSTITUCIONAL DE LA
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 18121
POR
JOSÉ MANUEL VERA SANTOS
Catedrático de Derecho Constitucional
Universidad Rey Juan Carlos
INTRODUCCIÓN
Cuando el Profesor Torres del Moral me indicó que era su intención realizar
un número monográfico de la excelente Revista de Derecho Político referido a la
Constitución de 1812, celebrando así su segundo centenario, decidí abordar, con
su permiso, el tema que nos ocupa2. A lo largo de otros estudios3ya observé que
Fecha recepción: 05.07.2011
Fecha aceptación: 12.09.2011
1Este artículo se enmarca en el Proyecto de Investigación sufragado por la Junta de Comu-
nidades de Castilla-La Mancha con referencia PII 1/09-0066-3787, referido a «La Constitución de
1812 y su influencia en América: orígenes y desarrollo del constitucionalismo español y latinoamericano».
2Teóricamente podemos decir que la cuestión a estudiar forma parte de la «esencia» del ac-
tual Estado constitucional. Como podemos leer en la introducción de una de las obras señeras so-
bre la cuestión: «El Estado constitucional cimenta su estructura en dos pilares fundamentales: por
un lado, en el principio político democrático; por otro, en el principio jurídico de supremacía cons-
titucional (...) son las exigencias políticas, derivadas del principio democrático, y los requerimientos
jurídicos, emanados del principio de supremacía constitucional, como medio de control del go-

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