Disposición Transitoria primera. Intervención de los organos preautonómicos en la iniciativa del proceso autonómico

AutorJose Maria Martin Oviedo
Cargo del AutorSecretario General del Consejo de Estado
Páginas651-656

Page 651

I Elaboración del precepto

En su redacción básica esta Disposición Transitoria se contenía ya en el Anteproyecto (Disposición Transitoria tercera, apartado 1) y, si bien el Informe de la Ponencia la suprimió, fue restablecida en la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados con arreglo al texto que presentó el Grupo Parlamentario Comunista, figurando ya desde entonces con su actual texto y numeración.

Esta disposición fue debatida en las siguientes sesiones:

" Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados: 16 de junio de 1978. " Pleno del Congreso de los Diputados: 21 de julio de 1978. " Comisión de Constitución del Senado: 14 de septiembre de 1978. " Pleno del Senado: 5 de octubre de 1978.

Al Anteproyecto reservó un voto particular en este extremo el señor Solé Tura (Jordi) en nombre del Grupo Comunista y en la tramitación ante el Congreso se presentó una única enmienda, suscrita por el señor Sancho Rof (Jesús). La PonenPage 652cia en su Informe acuerda suprimir el contenido de esta Disposición, recogiendo en una adicional, que era nueva, la iniciativa de los órganos preautonómicos referida tan solo a las Comunidades Autónomas que hubieran aprobado con anterioridad Estatutos de Autonomía.

En la Comisión Constitucional del Congreso, una vez acabada la discusión y votación del actual artículo 152, el señor Solé Tura, en nombre del Grupo Comunista, defendió como enmienda in voce la reintroducción de este tema, como "respuesta al problema de la existencia de órganos preautonómicos o bien órganos de régimen provisional de autonomía" y para "solventar un cierto vacío que existía en el texto de la Ponencia", concluyendo: "Parece que es algo congruente con el proceso ya iniciado, puesto que, si se está dotando a diversas nacionalidades y regiones del país de órganos provisionales de autonomía, estos órganos deben ser contemplados en el proceso de transición que nos debe llevar desde la Constitución hasta el establecimiento de regímenes de autonomía" 1. Con el apoyo expreso de otros Grupos y la adición de "superiores" tras de "órganos colegiados", que propuso el señor Carro Martínez (Antonio), la enmienda fue aprobada por los 28 diputados que votaron. El Pleno de la misma Cámara aprobó esta Disposición por 250 votos a favor, 1 en contra y 13 abstenciones.

En el Senado se presentaron 5 enmiendas...

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