Préstamo hipotecario. Cobertura de los intereses

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas158-158
  1. Hechos: En una hipoteca sobre una vivienda habitual (adquirida años antes) y por un plazo total de 6 meses, se pacta:

    1. Una responsabilidad hipotecaria por intereses ORDINARIOS de 5 años (al 12%).

    2. y una responsabilidad hipotecaria por intereses de DEMORA al 25% (y correspondientes a 5 años).

  2. El registrador califica negativamente por entender que:

    1. El importe garantizado por Intereses ORDINARIOS NO puede exceder de los que efectivamente pueden producirse (no cabe pactar por 5 años si sólo durará 6 meses);

    2. Y que el art. 114 LH (tras Ley 1/2013) impediría en toda hipoteca sobre una vivienda habitual (financiada o no con la 1ª) que la responsabilidad hipotecaria por intereses de DEMORA exceda de 3 veces el interés legal del dinero.

  3. El notario autorizante recurre alegando que ningún precepto ampara la interpretación del registrador en su calificación.

  4. La DGRN desestima el recurso en cuanto al 1er defecto, y revoca la calificación, en cuanto al 2º, señalando:

    1. El principio de accesoriedad, implica que la cobertura hipotecaria no puede cubrir obligaciones no existentes, y que por tanto sólo puede alcanzar a las obligaciones garantizadas en la medida que hayan sido pactadas y con el MISMO alcance que hayan sido pactadas.

    2. el art. 114 LH (tras Ley 1/2013) NO puede ser objeto de aplicación extensiva fuera de los supuestos estrictamente señalados en él...

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