Post scriptum

AutorJuan José Fernández Domínguez - Mª de los Reyes Martínez Barroso
Cargo del AutorCatedrático Derecho del trabajo y de la Seguridad Social, Universidad de León - Catedrática de Escuela universitaria de Derecho del trabajo y de la Seguridad Social, Universidad de León
Páginas91-92

Page 91

Finalizada la obra, y en el Debate para el Estado de la Nación, el Presidente del Gobierno ha anunciado la creación de una nueva prestación en favor de todos los españoles y ciudadanos con residencia legal en España que hayan tenido o adoptado un hijo, previa comunicación de tal dato a las oficinas de la Agencia Tributaria y los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

Su diseño en el Proyecto de Ley aprobado por Consejo de Ministros presenta las siguientes características:

Primero: La prestación, aplicable con carácter retroactivo a fecha de 3 de julio de 2007, consistirá en un pago único de 2.500 euros, susceptible de acumulación en caso de parto o adopción múltiple acaecido en España a partir de las cero horas de la data antecitada.

Segundo: El beneficio será concedido a la madre con carácter general. Sin embargo, ésta podrá ceder al padre el cobro, sin perjuicio de ostentar derecho directo de haber fallecido aquélla sin haber solicitado la prestación. En el supuesto de adopciones y parejas del mismo sexo la ayuda será concedida a quien ambos determinen de mutuo acuerdo.

Tercero: Los dos únicos requisitos exigidos son el ya mentado de nacimiento o adopción en territorio español y residencia del beneficiario de forma efectiva y continuada en este Estado.

Cuarto: La articulación de la cobertura económica presenta dos vías: de un lado, como prestación no contributiva; de otro, como deducción en la cuota del IRPF, pudiéndose en este supuesto anticipar el cobro con carácter previo a la declaración de aquel impuesto. Si se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR