Posición del consejo de consumidores y usuarios de España sobre el libro verde para la revisión del acervo comunitario en materia de consumo

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1. Oportunidad de la revisión del acervo

La 1oportunidad 2de esta revisión es clara y evidente, no sólo por el hecho de las claras lagunas de las directivas a las que hacen mención, así como la desigualdad de marcos legislativos nacionales provinientes de una misma directiva europea.

Por lo tanto, el Consejo de Consumidores y Usuarios valora positivamente la oportunidad que desde la Unión Europea se pone en nuestra mano, complementado todo ello con la participación que se nos ofrece para poder coadyuvar a un buen planteamiento de las bases de esta revisión.

No obstante, lamentamos que el enfoque de esta reforma que se pretende fundamental haya sido restringido al ámbito de las directivas enumeradas en el Libro Verde y otras como la reciente Directiva adoptada sobre prácticas comerciales desleales, la relativa a comercio electrónico o crédito al consumo hayan quedado excluidas.

2. Criterios de la revisión

Una revisión conlleva cambios y las modificaciones que conlleven deben tener en cuenta varios elementos imprescindibles, desde nuestro punto de vista, tendentes a unificar criterios de dicha revisión que:

* Potencien la armonización legislativa. Ahora bien, debería reflexionarse sobre las ventajas de la utilización de otro instrumento jurídico vinculante que unifique a nivel comunitario toda una serie de instrumentos legales que armonicen la figura de los contratos. El Consejo se refiere a un reglamento europeo, que es directamente aplicable desde su entrada en vigor y no deja margen para que la transposición dé lugar a disposiciones divergentes.

* No permita que disminuya el nivel de protección que tienen los consumidores en estos momentos y en cada uno de sus países. Debe tenerse en cuenta que el propio artículo 3.t) del Tratado CE establece como «obligación de resultado» la protección de los consumidores.

* Simplifiquen el marco regulador actual.

* Completen el contenido normativo actual si la teoría (comparación de normativas nacionales y marco de protección) y la práctica (reclamaciones de los consumidores en cada uno de los países) así lo aconsejan.

En definitiva, cumplir con la iniciativa «legislar mejor»,yhacerlo con un objetivo primordial de «participación».

Así pues, el Consejo de Consumidores y usuarios (CCU) acoge con optimismo, pero también con reservas la revisión del acervo comunitario y la nueva estrategia de política del consumidor, en orden a incrementar la información y participación del consumidor, de modo que todos los consumidores europeos puedan tomar decisiones mejor formadas y proteger así mejor sus derechos e intereses económicos.

3. Ámbito de la revisión

El Libro Verde propone la revisión de las normas que regulan los contratos con los consumidores en materias tan diferentes como son: el tiempo compartido, los viajes combinados, garantías, ventas fuera de establecimiento mercantil, cláusula abusivas, etc., es decir un amplio elenco de campos que son la base principal en la que se desarrolla la atención diaria que desde las asociaciones de consumidores prestamos a nuestros representados, a los consumidores y usuarios.

No obstante, consideramos que la Comisión no ha justificado adecuadamente las razones por las que ha optado por estas ocho directivas y no otras de las existentes en materia de protección de los consumidores.

Algunas de estas directivas han tenido una vida muy larga desde que vieron la luz (algunas de ellas 20 años), y posiblemente haya llegado el momento de que, junto con la máxima transparencia e información posible, analicemos sus fortalezas y debilidades.

Compartimos el objetivo de intentar actualizar, adecuar, simplificar y completar el marco regulador actual como paso hacia un auténtico mercado interior europeo, pero también somos conscientes de las dificultades que entraña este camino. Resulta positivo que, dentro del marco de revisión del acervo, la Comisión tenga la previsión de ampliar los derechos de los consumidores.

Consideramos que es loable que, en una Europa unida, se intente potenciar un verdadero mercado interior, pero también es verdad que resulta complicado intentar armonizar la protección jurídica, si comprobamos al día de hoy las diferencias existentes en las diversas leyes nacionales transpuestas de directivas europeas.

Tenemos leyes que provienen de las directivas que forman parte de ese acervo, y comprobamos cómo el día a día de los consumidores sigue estando lleno de lagunas o Page 110 interpretaciones que no dan la posibilidad de una protección jurídica completa y de la seguridad jurídica necesaria para su eficaz protección.

Desde las organizaciones de consumidores, y de forma más concreta desde el Consejo, valoramos, normalmente, con cautela cualquier proceso de revisión normativa, no por el hecho de no querer ampliar la cobertura o abanico de derechos de los consumidores y usuarios, sino porque creemos que también es importante verificar el cumplimiento de la normativa ya vigente y que ha cristalizado en nuestro marco jurídico.

Potenciar el mercado interior europeo es, a priori, una realidad, en primer lugar porque los avances tecnológicos están creando nuevos tipos y vías de transacción entre las empresas y los consumidores (que por supuesto no se contemplan en la legislación en materia de consumo, como son subastas por Internet) y porque tal y como se desprende del Eurobarómetro 3, a pesar de que casi un 50% de las PYMES están preparadas para realizar ventas transfronterizas, sólo un 19% opera y se anuncia en otro Estado miembro de la UE.

Junto a esto, un 33% de los consumidores encuestados en el mismo Eurobarómetro reclamaba que algunas empresas se negaban a venderles o en regarles mercancías o servicios por no residir en su país, con lo cual la «libertad de circulación de personas y mercancías» queda en claro entredicho.

Lamentamos, asimismo desde el Consejo, que la base jurídica para la reforma sea el artículo 95 del Tratado CE y no el 153, pues de esta forma los principios orientadores de la reforma hubieran estado marcados por la protección de los consumidores como una política de entidad propia que por la mera consecución del mercado interior, puesto que la protección de los consumidores es un elemento más de dicho mercado interior.

Por último, también lamentamos que se aluda con tanta facilidad a la confianza del consumidor como motor de la presente reforma, cuando en el propio Eurobarómetro citado en el Libro Verde, las empresas consideran que existen obstáculos mayores que la disparidad de regímenes jurídicos para la consecución del mercado interior (la lengua, las diferentes normas contables, la incertidumbre en las transacciones, etc.), mientras que, a juicio del Consejo, los consumidores necesitarían sobre todo de un sistema eficaz y asequible de resolución de conflictos, para tener una verdadera confianza en el mercado interior, sobre todo en el creciente entorno de la economía digital.

Por lo tanto estamos de acuerdo en que la falta de seguridad, las diferentes regulaciones nacionales, los costes y otros factores, como los que se acaban de enumerar. son algunos de los muros que tiene el desarrollo del mercado interior, y se hace evidente la necesidad de abordar algunos de ellos en la revisión del acervo comunitario.

Cuestiones a consulta
Aproximación legislativa

Pregunta A.1 ¿Cuál es, en su opinión, el mejor enfoque para la revisión de la legislación en materia de consumo?

Por lo que respecta al nivel de armonización, para el Consejo de Consumidores y Usuarios, ninguna de las opciones presentadas en el Libro Verde resulta adecuada para garantizar un elevado nivel de protección de los derechos de los consumidores.

Por lo que respecta a la armonización máxima, nos mostramos contrarios por cuanto que implica un riesgo real de pérdida de derechos por parte de los consumidores en aquellos Estados miembros en que se ha alcanzado un elevado nivel de protección. Éste podría ser el caso de España en algunos casos concretos, en los que el nivel de protección conferido en determinados ámbitos es el resultado de una evolución histórica y de unas...

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