Posesión de buena y mala fe

AutorSergio Vázquez Barros
Cargo del AutorAbogado

Desde un punto de vista subjetivo, se puede hablar de posesión de buena o de mala fe o lo que es lo mismo, la posesión que se ejerce sobre una cosa con el título del que deriva el derecho al ejercicio posesorio.

Así, el art. 433 CC dispone que: “se reputa poseedor de buena fe al que ignora que en su título o modo de adquirir existía vicio que lo invalide. Se reputa poseedor de mala fe al que se halla en el caso contrario”.

Por otro lado el art. 1950 CC, al ocuparse de la buena fe en la usurpación, dispone: “la buena fe del poseedor consiste en la creencia de que la persona de quien recibió la cosa era dueño de ella, y podría transmitir su dominio”.

Creencia e ignorancia: dos vertientes de la buena fe, pues quien ignora que en su título o modo de adquirir hay vicio invalidante, es obvio que cree en el valor del título o modo como fuente de su derecho a poseer.

La buena fe descansa, por tanto, en el título por el que se adquiere el derecho que nos da, a su vez, el derecho a poseer la cosa en el concepto que lo hacemos. La compraventa, por ejemplo, será título para ejercitar sobre el objeto comprado el poder de hecho en concepto de dueño.

Por aplicación de las normas de la buena fe, (la creencia o la ignorancia) ha de ser siempre excusable. Si ha podido el poseedor de ese estado con el empleo de una diligencia media, no hay duda que posee con buena fe.

Nos podemos preguntar ¿en qué momento se exige la ignorancia del vicio?; en tal sentido y a tenor del art. 435 CC, será el momento de la adquisición de la posesión; ya que aquel precepto señala que. “la posesión adquirida de buena fe no pierde ese carácter, sino en el caso y desde el momento en que existan actos que acrediten que el poseedor no ignoraba que posee la cosa...

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