Decreto 223/2011, de 17 de noviembre, por el que se desarrollan las normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas extensivas y se crea el Registro de Explotaciones Porcinas Extensivas en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 234, de 9 de diciembre)

AutorCelia Gonzalo Miguel
CargoPersonal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Páginas49-49

Page 49

Temas clave: Ganadería; Bienestar animal; Sanidad animal; Registro explotaciones porcinas extensivas

Resumen:

El presente Decreto tiene por objeto, al amparo del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, la creación del Registro Gallego de Explotaciones Porcinas, así como el desarrollo del Real Decreto1221/2009, de 21 de julio, en el que se establecen las normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo, en aquellos aspectos abiertos a su regulación para las comunidades autónomas.

El Capítulo II es el encargado de crear el Registro Gallego de Explotaciones Porcinas Extensivas (integrado a su vez en el Registro General de Explotaciones Ganaderas), así como todos los aspectos relativos a la inscripción en el mismo. Destacar, que la inscripción se podrá llevar a cabo por el titular de la explotación o su representante, tanto de manera física en las oficinas agrarias comarcales, como por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, e incluso por medios telemáticos. El plazo máximo para dictar la resolución correspondiente de inscripción por el jefe territorial será de tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro, transcurridos los cuales, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo. Así mismo, tal y como dispone la Disposición Transitoria Primera, los titulares de las explotaciones porcinas extensivas existentes con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto, deberán solicitar antes del mes...

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