El planteamiento constitucional alemán

AutorRamón Soler Belda
Páginas158-158

Page 158

Como colofón a este capítulo no podemos dejar de mencionar el único caso de un Tribunal Constitucional europeo que ha tenido la valentía de poner límite a la progresividad, a cuantificar cuanto comienza la confiscatoriedad. No es que el planteamiento que se hace el tribunal alemán pueda ser de aplicación a otros países de la CE, pero si hay que considerar la fórmula que ha tenido dicho tribunal como posible referencia para un caso como el nuestro, donde la constitucionalización de un principio como el de no confiscatoriedad obliga a definir ésta. Es necesario recordar que todo el planteamiento tributario alemán gira en torno al derecho de propiedad y a la función social que la misma representa.

La sentencia trata sobre un asunto que afecta a la igualdad y la valoración que se hace de determinados bienes inmuebles; pero al llegar a la tributación en concreto que se puede aplicar concluye que puesto que "el uso de la propiedad sirve por igual al beneficio privado y al interés general" de acuerdo al artículo 14.II de la norma fundamental "el legislador debe preservar en todo caso los fundamentos económicos de la vida privada frente a un impuesto que grava los ingresos potenciales" en base a estos argumentos determina que la carga tributaria global no puede pasar del 50%256. Se puede considerar una decisión...

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