Planteamiento

AutorMontserrat Pereña Vicente
Páginas229-229

Page 229

El estudio de los criterios y principios que determinan la composición de las masas de bienes en la sociedad de gananciales y de los desplazamientos que se producen entre las mismas como consecuencia de un negocio jurídico típico, ha hecho aflorar la posibilidad de que se produzca un desplazamiento patrimonial en virtud de un negocio jurídico diferente y sin que ello se pueda identificar o confundir con una mera calificación. Éste es el que denominamos negocio de atribución y que hemos ido perfilando como aquél en virtud del cual se produce un desplazamiento de bienes de un patrimonio privativo al común o ganancial.

Pero este concepto no es suficiente, pues en el mismo podrían también incluirse los contratos típicos que acabamos de analizar, ya que en ellos también se produce un desplazamiento del patrimonio privativo al ganancial o viceversa. Estamos ante un supuesto diferente que no encaja en la figura de una compraventa porque no se dan todos los elementos de ésta, no hay precio, y tampoco en una donación porque no hay animus donandi. Lo que existe en este negocio que intentamos definir es algo pare-cido a lo que ocurría en el ámbito del artículo 1355 en el cual, como vimos, podía existir un desplazamiento patrimonial cuando los cónyuges atribuían la condición de ganancial a un bien que tenía que haber sido privativo por subrogación real. Lo que ocurre es que sólo cuando se cumplen todos los presupuestos que...

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