Planificar la herencia donando pisos en Madrid
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El Estado se convierte en here- dero único cuando alguien fallece sin haber otorgado testamento y sin ningún here- dero legítimo que pueda reclamar su patrimonio. Así lo establece el artículo 956 del Código Civil. Tan sólo durante los cinco últimos años, ha recibido 405 sucesiones de patrimonio por valor de casi 28 millones de euros. Y, según la Dirección General de Patrimonio, desde 1995 ha obtenido un total de 951 herencias con una cuantía media aproximada de 36.000 euros cada una.
Pero el Estado no se queda con todo el dinero y bienes que recibe. En concreto, percibe un tercio, que destina a la Caja de Amortización de la Deuda Pública, a menos que el Consejo de Ministros decida utilizarlos para otro fin. El resto se reparte conforme al Código Civil, de la siguiente manera: “una tercera parte a instituciones municipales del domicilio del difunto, de beneficiencia, instrucción, acción social o profesionales, de carácter público o privado”.
El otro tercio, “a instituciones provinciales de los mismos caracteres de la provincia del finado, prefiriendo aquéllas a las que el fallecido haya pertenecido por profesión o haya consagrado su máxima actividad”. La ‘caza’ de herencias sin dueño se puede...
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