II Plan Integral contra la violencia doméstica 2001-2004

Páginas125-134

La violencia contra las mujeres es un problema social de enormes dimensiones. Cualquier política estatal para la igualdad de oportunidades debe, por tanto, abordar la cuestión de la violencia doméstica como un asunto importante, porque, entre otras razones, es la expresión grave de que, en las relaciones entre mujeres y hombres, existe un gran desequilibrio. En el caso de la violencia doméstica, se está poniendo en evidencia la desigual situación de poder en el marco familiar.

Las políticas de igualdad del gobierno español han tenido en cuenta esta consideración y la violencia doméstica se ha constituido como un ámbito especial para la intervención social.

En el III Plan para la Igualdad de Oportunidades, se introdujo un área específica, que, posteriormente, tuvo un extenso desarrollo, con la aprobación y puesta en marcha del I Plan de Acción contra la Violencia doméstica, impulsado desde el Instituto de la Mujer.

Las medidas de intervención que pueden llevarse a cabo en el campo de la violencia doméstica deben ir orientadas, en gran medida, a prevenir los actos violentos; es decir, a erradicar la propia violencia, a sancionar las conductas violentas, como forma disuasoria, y por tanto preventiva, y a resarcir a las víctimas de los actos violentos.

El I Plan contra la violencia nació con la pretensión, por una parte, de reducir, en primera instancia, y de erradicar, en última, los actos violentos y, por otra, de ayudar a las víctimas a paliar los efectos que en ellas hubieran producido. Según los datos disponibles, puede hablarse de resultados relativamente satisfactorios, en cuanto a la ayuda a las víctimas, aunque por muchas inversiones que se hagan, en este sentido, nunca puede considerarse como suficiente.

En el I Plan, también se incluían objetivos instrumentales, como la sensibilización de la población general y de las mujeres víctimas, en particular. El aumento del número de denuncias por malos tratos puede ser un síntoma claro de que se ha prosperado en la consecución del objetivo.

Somos conscientes de que la erradicación de la violencia debe plantearse a largo plazo y que su cuna es la desigualdad, por lo que hay que ir avanzando en el cambio de conductas . Por ello después de haber finalizado el periodo de vigencia I Plan, el gobierno español decide poner en marcha el II Plan contra la violencia doméstica, que comprende actuaciones de diversa índole: social, administrativo y jurisdiccional.

El grupo de actuaciones de carácter social abarca medidas de prevención, como las educativas y cierto tipo de servicios, y medidas reparadoras, tanto de naturaleza física como psicológica, de los efectos o secuelas que los actos de violencia hayan podido producir en las víctimas.

Entre las actuaciones de carácter administrativo, las hay de intervención de servicios sociales y estrictamente policiales, tanto de finalidad preventiva como sancionadora.

En el terreno jurisdiccional, se proponen medidas que pretenden generar los instrumentos procesales adecuados para que de la protección judicial se obtengan los resultados deseados, tanto para prevenir futuros malos tratos, como para sancionar los producidos o resarcir a las víctimas de sus consecuencias.

Este II Plan de acción contra la violencia doméstica se articula en cuatro grandes áreas:

• Medidas preventivas. Incluye medidas tendentes, por una parte, a la sensibilización y, por otra, a la formación. El primero de estos bloques va dirigido a la población, en general, y a los profesionales de la comunicación, de manera especial. Las medidas formativas van enfocadas hacia los centros educativos (profesorado y alumnado) y a profesionales de las fuerzas y cuerpos de seguridad, de los órganos judiciales, de la sanidad, etc.

• Medidas legislativas y procedimentales. En esta segunda área del Plan, se introducen medidas para la creación de un cuerpo legal que dé cobertura a toda la problemática específica del tema de la violencia doméstica, junto con estas otras: medidas preventivas para proteger a las posibles víctimas, medidas sancionadoras contra las personas agresoras, medidas procedimentales, con el fin de agilizar los procesos judiciales, fundamentalmente, y medidas destinadas a paliar los efectos de la violencia en las víctimas.

• Medidas asistenciales y de intervención social. La mayor parte de este conjunto de medidas están destinadas a la creación de recursos para dar respuesta a las necesidades de las víctimas: facilitar la vía o procedimiento de denuncia, proporcionar asistencia de tipo sanitario, económico, laboral y psicológico. También se incluye, como novedad respecto del I Plan, alguna medida dirigida a la rehabilitación de los agresores.

• La investigación. En este caso, las medidas van encaminadas a la obtención de datos fiables y completos sobre violencia doméstica, por una parte, y a promover la investigación sobre un fenómeno tan complejo como el de la violencia, en el que los factores desencadenantes son múltiples y de diversa naturaleza (sociales, familiares y personales), por otra.

Un Plan como el que aquí se presenta sólo puede tener éxito con la colaboración de las diferentes administraciones del Estado y con la coordinación de las diferentes unidades y agentes implicados, referidos a lo largo del mismo.

La meta final se vislumbra todavía lejana, porque sólo los cambios de mentalidades, estereotipos, actitudes y valores nos llevan a la solución final. Ello requiere tiempo, que las medidas educativas tomadas al respecto fructifiquen. Hay que esperar a que las nuevas generaciones, educadas en igualdad, asuman cotas de poder importantes, tanto en el ámbito de lo público como en el de lo privado, porque sin equilibrio en las relaciones de poder entre mujeres y hombres no puede atajarse el problema de la violencia. Que el progreso sea más o menos acelerado depende de todos los estamentos sociales, de todas las ciudadanas y todos los ciudadanos que constituimos la sociedad civil y de todas las administraciones públicas.

El gobierno español está dispuesto a liderar y canalizar los esfuerzos que se hagan en este sentido, a dedicar esfuerzos en poner los medios necesarios para que este problema social, que tanto nos afecta, quede aminorado de manera llamativa en los próximos años. De ahí la puesta en marcha de un nuevo Plan Integral de acción contra la violencia doméstica.

II PLAN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA 2001-2004 Aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 11 de mayo de 2001

INTRODUCCIÓN

La violencia contra las mujeres es un fenómeno social de múltiples y diferentes dimensiones. Es la expresión de un orden social basado en la desigualdad, como consecuencia de la asignación de roles diferentes a los hombres y a las mujeres en función de su sexo y con un reconocimiento distinto y superior para lo masculino. La violencia, manifestación de la desigualdad entre géneros, es la fórmula a la que recurren muchos hombres para dominar a las mujeres y mantener sus privilegios en el ámbito familiar, produciendo terribles efectos para las víctimas.

Por ello, las políticas de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres deben considerar la violencia doméstica como uno de los ejes básicos de actuación, al constituirse, simultáneamente, como causa y efecto de la discriminación que padecen las mujeres en todos los ámbitos de la vida social y privada.

Las medidas de intervención que es preciso poner en marcha en este terreno tienen que ir encaminadas, fundamentalmente, a erradicar la violencia, mediante la prevención de los actos violentos, a través de una educación basada en la igualdad y no discriminación por razón de sexo, a sancionar las conductas violentas, como otra forma preventiva por su fuerza persuasiva, y a paliar los efectos que los actos violentos producen en las víctimas.

Las políticas de igualdad del Gobierno español han tenido en cuenta, en los últimos años, esta consideración de la violencia, dedicándole un ámbito especial de intervención social. En el III Plan para la Igualdad de Oportunidades (1997-2000), se introdujo un área específica, que, posteriormente, tuvo un extenso desarrollo con la aprobación y puesta en marcha, en 1998, del I Plan de Acción contra la Violencia Doméstica, impulsado por el Instituto de la Mujer, organismo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en colaboración con los Ministerios de Justicia, Educación, Cultura y Deporte, Sanidad y Consumo e Interior y de las distintas Comunidades Autónomas, de la Federación de Municipios y Provincias y con las Organizaciones no Gubernamentales.

El I Plan de acción contra la violencia doméstica nació con el objetivo, por una parte, de reducir, en primera instancia, y erradicar, finalmente, los actos violentos en el seno de las familias y, por otra, de arbitrar los medios necesarios para paliar sus efectos en las víctimas.

Las cifras demuestran que la violencia sigue muy arraigada en amplios sectores de nuestra sociedad y que el número de víctimas mortales no se reduce, aunque las denuncias por malos tratos aumenten, lo que significa que las mujeres empiezan a cambiar la resignación por el ejercicio de sus derechos. De todas formas, es preciso indicar que las medidas que puedan tomarse en este campo, tanto preventivas como reparadoras, se enfrentan con problemas relacionados con la intimidad y las relaciones privadas entre los diferentes miembros de los hogares, donde la intervención es mucho más difícil que en los espacios públicos.

Sin embargo, como consecuencia de la ejecución del I Plan, se han incrementado notablemente los recursos disponibles para las mujeres víctimas y sus hijas e hijos. A lo largo de los tres años de su vigencia, se han creado, en toda la geografía española, numerosos servicios destinados a atender y proteger a las mujeres víctimas, como los Servicios de atención especializados de la Policía (SAM) y de la Guardia Civil (EMUME), los Centros de Acogida dependientes de las Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales o de las ONGs, los Centros de Información y las Oficinas de asistencia a las víctimas en los Juzgados y Fiscalías. Se han realizado importantes modificaciones legislativas, que han permitido tipificar como delito la violencia psíquica, establecer nuevas medidas cautelares, como el alejamiento del agresor de la víctima y la posibilidad de ejercer la acción penal por terceros no implicados directamente en las situaciones de violencia, y se han dictado instrucciones del Fiscal General para crear un registro específico de causas de violencia familiar y Circulares de la policía para orientar, a los/as profesionales de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, en la forma de actuar ante las situaciones de violencia.

El Plan también incluía objetivos instrumentales, como la sensibilización de la población en general y de las víctimas en particular, para promover en la sociedad española reacciones de tolerancia cero ante los actos de violencia doméstica; el aumento del número de denuncias parece ser un síntoma claro de que una parte de este objetivo se ha conseguido. Asimismo, los datos obtenidos por el Centro de Investigaciones Sociológicas, en la encuesta del mes de marzo de 2001 sobre violencia, confirman que el rechazo social frente a los maltratadores se afianza.

De todas formas, es absolutamente necesario continuar realizando acciones, y dedicar más recursos y esfuerzos para luchar contra la violencia doméstica. Por ello, finalizado el periodo de vigencia del I Plan, se hace preciso iniciar un nuevo Plan que establezca el marco de las estrategias a desarrollar, con el fin de conseguir estos cuatro objetivos principales:

  1. Fomentar una educación basada en los valores de diálogo, respeto y tolerancia, para evitar que las futuras generaciones reproduzcan los esquemas de comportamiento violento que se originan en la existencia de estereotipos sobre géneros y sensibilizar a la sociedad para que adopte una actitud de rechazo y compromiso para su erradicación.

  2. Mejorar la legislación y el procedimiento legal, para conseguir una mayor eficacia en los procesos, con una mejor protección de la víctima y una penalización más contundente del comportamiento de los agresores.

  3. Completar el mapa de recursos sociales en todo el territorio nacional, a partir del conocimiento, proporcionado por los estudios sobre violencia doméstica realizados por el Instituto de la Mujer, de la incidencia de la violencia sobre la población en las diferentes Comunidades Autónomas, con el fin de que todas las mujeres víctimas, independientemente de donde vivan, dispongan de servicios de atención.

  4. Potenciar la coordinación entre las actuaciones de los diferentes organismos y de las organizaciones sociales que trabajan en la prevención y eliminación de la violencia doméstica, así como en la asistencia a las víctimas.

Las actuaciones comprendidas en este II Plan Integral contra la violencia doméstica se articulan en cuatro grandes áreas:

– Medidas preventivas y de sensibilización: incluye medidas tendentes a la sensibilización, a la formación y a la coordinación. El primero de estos bloques va dirigido a la población, en general, y a los profesionales de la comunicación, de manera especial. El segundo bloque va enfocado hacia los centros educativos (profesorado y alumnado) y a profesionales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de los órganos judiciales, de la sanidad, etc. Por último, se potencia la coordinación y el intercambio de experiencias a través de diferentes actuaciones.

– Medidas legislativas y procedimentales:

Introduce medidas que perfeccionan la cobertura legal a toda la problemática específica del tema de la violencia doméstica: medidas preventivas para proteger a las posibles víctimas, medidas sancionadoras contra las personas agresoras, medidas procedimentales, con el fin de agilizar los procesos judiciales, fundamentalmente, y medidas destinadas a paliar los efectos de la violencia en las víctimas.

– Medidas asistenciales y de intervención social: La mayor parte de este conjunto de medidas está destinada a la creación de recursos para dar respuesta a las necesidades de las víctimas: facilitar la vía o procedimiento de denuncia, proporcionar asistencia de tipo sanitario, económico, laboral y psicológico.

– La investigación. Las medidas de este área van encaminadas a la obtención de datos fiables y completos sobre violencia doméstica, mejorando las tablas estadísticas específicas y promoviendo la investigación sobre un fenómeno tan complejo como el de la violencia, en el que los factores desencadenantes son múltiples y de diversa naturaleza (sociales, familiares y personales).

El Plan Integral va acompañado de la correspondiente Memoria Económica, que recoge el presupuesto que se invertirá por cada Ministerio en la ejecución de las actuaciones que conforman cada una de sus áreas, por cada año de vigencia del mismo.

El éxito de un Plan como el que aquí se presenta sólo puede alcanzarse con la colaboración de las diferentes Administraciones Públicas y de las ONGs, con la coordinación de las diferentes unidades y agentes implicados, que se enumeran en los diferentes apartados del Plan, por lo que las Comunidades Autónomas y la Federación de Municipios y Provincias, que han participado en la elaboración de este Plan y que son conocedoras de los recursos existentes y de las necesidades específicas de sus territorios, deberían complementar las medidas recogidas en este documento, elaborando sus propios planes de actuación en el ámbito de las competencias que legalmente tienen atribuídas.

En definitiva, con el I Plan de acción contra la violencia doméstica se han dado pasos sumamente positivos para combatir la violencia doméstica. Pero, se hace preciso mantener las medidas puestas en marcha y emprender otras nuevas. La meta final se vislumbra lejana, porque sólo los cambios de mentalidades, estereotipos, actitudes y valores nos llevarán a la solución final. Ello requiere tiempo, que las medidas educativas tomadas al respecto fructifiquen, para que las nuevas generaciones, de mujeres y hombres, educadas en igualdad, convivan en un ambiente de relaciones de poder equilibradas, en el que cada sujeto disfrute de la suficiente autonomía personal y económica para poder desarrollarse según sus capacidades y preferencias. Mientras tanto, el problema de la violencia doméstica no podrá atajarse desde sus raíces. Que el progreso sea más o menos acelerado depende, como ya se decía en la Introducción del I Plan, de todos los estamentos sociales, de todas las ciudadanas y todos los ciudadanos, de la sociedad civil y de todas las Administraciones Públicas.

ÁREAS DE ACTUACIÓN

  1. Medidas Preventivas y de Sensibilización

    Objetivo: Sensibilizar y comprometer a la sociedad para que tome conciencia de la gravedad del problema y para que en los centros escolares, así como en los medios de comunicación se transmita el valor de la no violencia y la igualdad entre sexos como método para prevenirla.

    Acciones a realizar: Organismos responsables

  2. Guía de recomendaciones dirigida a profesionales de los medios de comunicación para el tratamiento informativo de la violencia doméstica.·

    Instituto de la Mujer

  3. Jornadas en el ámbito universitario dirigidas a sensibilizar a futuros profesionales de los medios de comunicación. ·

    Instituto de la Mujer

    Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

    Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

  4. Premio con carácter anual a las agencias de publicidad y medios de comunicación que se destaquen por su implicación con la no violencia.·

  5. Campañas anuales en medios de comunicación de tolerancia cero a la violencia.·

    Instituto de la Mujer

  6. Actos en conmemoración del 25 de noviembre, designado como día internacional y nacional para combatir la violencia contra las mujeres.

    Instituto de la Mujer

  7. Creación de una Comisión Interministerial compuesta por representantes de las Instituciones que intervienen en el tratamiento de la violencia para su coordinación, evaluación y seguimiento.

  8. Impulsar que las Comunidades Autónomas, con la colaboración de las Delegaciones del Gobierno, adopten protocolos de coordinación con las distintas Instituciones de su ámbito territorial, para prevenir y erradicar la violencia.

    Ministerio del Interior

    Instituto de la Mujer

  9. Crear una Comisión Permanente con los Organismos de Igualdad de las CC.AA., que posibilite una adecuada coordinación y permita el intercambio de experiencias eficaces y/o novedosas.

    Instituto de la Mujer

    Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

    Instituto de la Mujer

  10. Programas que permitan la detección en el ámbito educativo de casos de violencia doméstica diseñando para ello protocolos específicos de actuación.

  11. Proponer a las Comunidades Autónomas que en los curricula de Educación Primaria y Secundaria se introduzca una asignatura de igualdad de oportunidades.

    Instituto de la Mujer

    Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

  12. Materiales educativos dirigidos a la prevención de la violencia contra las mujeres que contengan una clara perspectiva de género.

    Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

    Instituto de la Mujer

  13. Adaptación de materiales afectivos sexuales para su utilización on line por las diferentes Administraciones Educativas.

    Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

    Instituto de la Mujer

  14. Unidades didácticas para la educación de personas adultas, destinadas a abordar la violencia en colaboración con las Administraciones Educativas.

    Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

    Ministerio del Interior Ministerio de Sanidad y Consumo

    Ministerio de Justicia Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

    Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

    Instituto de la Mujer

  15. Acciones formativas dirigidas al profesorado de las Administraciones Educativas, relacionadas con la Igualdad de Oportunidades y con la prevención de la violencia.

    Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

    Instituto de la Mujer

  16. Foros educativos de debate que fomenten iniciativas en la lucha contra la violencia que sufren las mujeres.

  17. Premio de ámbito nacional para los Centros Escolares que se hayan distinguido especialmente en la realización de actividades y proyectos educativos que desta

  18. Cursos de formación dirigidos al personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, al personal de los órganos judiciales y profesionales del derecho, de los Servicios Sociales y sanitarios, a fin de mejorar la atención y asistencia que se presta a las mujeres víctimas de la violencia.

  19. Organizar actividades de intercambio de buenas prácticas sobre intervención contra la violencia doméstica y programas de prevención de la misma.

    Instituto de la Mujer

  20. Programas de detección precoz y prevención primaria de los malos tratos dentro del Plan Integral de Atención a la Mujer del INSALUD y en los de las Comunidades Autónomas con transferencia sanitaria.·

    Ministerio de Sanidad y Consumo

  21. Difusión en los Centros Sanitarios, de materiales relacionados con la salud y los malos tratos a las mujeres.

    Ministerio de Sanidad y Consumo

    Instituto de la Mujer

  22. Medidas legislativas y procedimentales

    Objetivo: Establecer un marco legal que permita proteger a las posibles víctimas de los actos violentos y sancionar a quienes cometen tales actos.

    Acciones a realizar: Organismos responsables

  23. Guía práctica que recoja la legislación y jurisprudencia existente sobre la violencia familiar.

    Ministerio de Justicia

    Instituto de la Mujer

  24. Estudiar los mecanismos oportunos para hacer más eficaz la posibilidad legal de suspender el régimen de visitas y comunicación del agresor respecto de sus hijas e hijos.

    Ministerio de Justicia

    quen los valores de tolerancia cero e igualdad.

    Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

    Instituto de la Mujer

  25. Analizar el sistema de penas del Código Penal en lo relativo a:

    Ministerio de Justicia

    – Adecuar las penas de manera que la pena alternativa a la de arresto de fines de semana prevista en los artículos 617 y 620, cuando la persona ofendida por la falta sea alguna de la previstas en el artículo 153, no sea la de multa, sino la de trabajos en beneficio de la comunidad.

    – Incorporar al artículo 153 del Código

    Penal la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento en los casos de violencia física o psíquica, cuando el interés del menor lo aconseje.

    – Modificar el artículo 83 del Código Penal de manera que se condicione la concesión de la suspensión de la ejecución de la pena, en los casos de violencia doméstica, al cumplimiento de determinadas condiciones: prohibición de acudir a determinados lugares, obligación de comparecer ante el juez para informar de sus actividades y justificarlas, etc.

    – Introducir en el artículo 88 del Código Penal, relativo a la sustitución de las penas privativas de libertad, una previsión específica para el caso de sustitución de penas de prisión o de arresto de fines de semana en los supuestos de violencia doméstica, de manera que se imponga alguna de las reglas de conducta del artículo 83.1º.

    – Regular las consecuencias del incumplimiento por parte del imputado de las

    reglas de conducta impuestas por suspensión y sustitución de la pena previstas en los apartados anteriores.

    – Regular como pena conjunta del delito y falta recogidas en el Código Penal, la privación del derecho a la tenencia y porte de armas.

  26. En el marco de una nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal analizar las siguientes cuestiones:

    Ministerio de Justicia

  27. Impulsar desde las Fiscalías la imposición y ejecución de la medida cautelar relativa a que con carácter inmediato el agresor abandone el domicilio conyugal.

    Ministerio de Justicia

  28. Instar a la Fiscalía General que establezca las medidas necesarias encaminadas para que, en las causas relacionadas con delitos de violencia doméstica, el Ministerio Fiscal impulse especialmente el procedimiento, la adopción de medidas cautelares y en general el seguimiento del caso, todo ello con el fin último de evitar al máximo el archivo de actuaciones en este tipo de procedimientos.

    Ministerio de Justicia

  29. Estudiar con el Consejo General del Poder Judicial que la instrucción de las causas por delitos y faltas de violencia doméstica se concentren en un mismo juzgado y que se garantice una adecuada coordinación con los procedimientos civiles.

    Ministerio de Justicia

    – Regular la posibilidad de que los Juzgados de Guardia puedan adoptar medidas provisionalísimas en caso de separación y divorcio, con el fin de hacer efectiva la separación de hecho respecto del agresor y garantizar así la salvaguarda de los derechos de las víctimas.

    – Establecer una nueva medida cautelar por la que se prive al agresor de la tenencia y permiso de armas desde el momento de la interposición de la denuncia por parte de la víctima.

    – Realizar las reformas oportunas para que el agresor comparezca ante el juez o fiscal en vista pública donde se adopten las correspondientes medidas cautelares (prohibición de residencia y alejamiento)

    – Simplificar y agilizar los procedimientos penales tanto en los casos de delitos como de faltas mediante la utilización de los juicios rápidos.

  30. Impulsar y extender en los Colegios de Abogados el servicio gratuito de orientación jurídica 24 horas, especializado en violencia doméstica, tanto para delitos como faltas.

    Ministerio de Justicia

    Instituto de la Mujer

  31. Garantizar que en todos los Colegios de Abogados exista el turno de oficio especializado en materia de Violencia Doméstica previsto en el Convenio suscrito con el Consejo General de la Abogacía y la formación específica de los abogados en este área.

    Ministerio de Justicia

  32. Proponer y colaborar con el Consejo General del Poder Judicial para realizar un seguimiento de los procesos iniciados por malos tratos y las sentencias dictadas por los Tribunales desde la aprobación de las modificaciones del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

    Ministerio de Justicia

  33. Finalizar la informatización plena de los registros de los Servicios de Violencia Doméstica de las Fiscalías, mediante el uso de aplicaciones informáticas homogéneas estableciendo para ello una adecuada coordinación con el Ministerio del Interior.

    Ministerio de Justicia

    Ministerio del Interior

  34. Optimizar y aumentar, en la medida de lo posible, en los órganos judiciales, juzgados, fiscalías y clínicas médico forenses los recursos humanos y materiales necesarios para favorecer la agilización de los procedimientos por malos tratos, tanto por delitos como por faltas así como los procedimientos civiles de separación y divorcio.

    Ministerio de Justicia

  35. Incluir en los programas de formación sobre violencia en el ámbito doméstico dirigidos a todo el personal de la administración de justicia y de la abogacía, el estudio de la violencia psíquica, con el fin de integrarla adecuadamente para su correcta determinación en los procesos penales.

    Ministerio de Justicia

  36. Medidas asistenciales y de intervención social

    Objetivo: Crear una infraestructura suficiente para dar cobertura a las necesidades de las víctimas.

    Acciones a realizar: Organismos responsables

  37. «Puntos de encuentro» donde se lleven a cabo las visitas de padres y madres a menores en los casos de separación y divorcio con antecedentes de violencia doméstica, atendidos con personal cualificado que emita informes a los tribunales competentes.

  38. Estudiar la implantación de un sistema policial de control personal a distancia con la utilización de dispositivos electrónicos de tecnología avanzada que permita la rápida localización y auxilio de las víctimas de violencia.

    Ministerio del Interior Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

  39. Página específica de información a la mujer en la «WEB» de la Guardia Civil.

    Ministerio del Interior

  40. Buzón electrónico para comunicaciones y denuncias relativas a la violencia doméstica en los Servicios de la Guardia Civil.

    Ministerio del Interior

  41. Teléfono de consulta en los servicios correspondientes de la Guardia Civil que permita atender los casos de violencia doméstica.

    Ministerio del Interior

  42. Potenciar los sistemas de denuncias telefónicas y Vía Internet en la Policía Nacional.

    Ministerio del Interior

  43. Continuar y extender las Unidades Especiales de Atención a las mujeres víctimas de la violencia (SAM) a todas las comisarías provinciales de la Dirección General de la Policía.

    Ministerio del Interior

  44. Continuar y extender progresivamente a nivel comarcal los Equipos Especializados de Mujer y Menor (EMUMES) de la Guardia Civil.

    Ministerio del Interior

  45. Servicio telefónico de emergencia, 24 horas, que sirva de medio de información y canalización para atender a las mujeres.

    Instituto de la Mujer

  46. Optimizar las oficinas de asistencia a las víctimas de violencia en los órganos judiciales y fiscales y ampliar el horario de atención de las mismas.

    Ministerio de Justicia

    Instituto de la Mujer

  47. Coordinar la información y servicios prestados en las oficinas de asistencia a las víctimas de la administración de Justicia con las unidades de actuación en estas áreas dependientes del Ministerio del Interior, Comunidades Autónomas y con los Ayuntamientos, así como con los servicios de orientación jurídica de los Colegios de Abogados.

    Ministerio de Justicia Ministerio del Interior

    Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

  48. Guía de los recursos disponibles para mujeres víctimas de violencia.

    Instituto de la Mujer

  49. Financiar la creación y adaptación de los Centros de Acogida de Mujeres, priorizando la instalación de Centros de Emergencia 24 horas y de pisos tutelados.

  50. Apoyar a las ONG que desarrollan servicios de atención y programas integrales que contengan atención jurídica, laboral, psicológica y social que faciliten a las mujeres su autonomía personal.

  51. Impulsar que se priorice el acceso a las mujeres y menores que hayan tenido que abandonar su hogar a los diferentes sistemas de protección social: ayudas económicas de emergencia, programas de formación, etc.

    Instituto de la Mujer

  52. Programas de intervención especializada para la rehabilitación de los hombres violentos sin que, en ningún caso, puedan ser sustitutivos de la pena.

    Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

    Ministerio del Interior

  53. Programas de capacitación profesional y habilidades sociales que faciliten la inserción laboral de las mujeres.

    Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

  54. Investigación

    Objetivo: Profundizar en el conocimiento que se tiene sobre los actos de violencia contra las mujeres y estimar los costes directos e indirectos que la misma produce.

    Acciones a realizar: Organismos responsables

  55. Priorizar en el marco de la convocatoria del Plan Nacional de Investigación Científica Desarrollo e Innovación Tecnológica

    2000-2003, los proyectos de investigación

    sobre violencia de género.

    Instituto de la Mujer

  56. Realizar estudios e investigaciones para calcular y/o estimar en su caso los costes

    directos e indirectos que la violencia produce.

    Instituto de la Mujer

    Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

  57. Evaluar los servicios y programas existentes en relación a la violencia doméstica como los centros de acogida y servicios de información.

    Instituto de la Mujer

    Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

  58. Evaluar el impacto de los Planes de Violencia mediante una macro-encuesta a la

    población femenina de 18 años y más de todo el Estado.

    Instituto de la Mujer

  59. Mejorar la explotación de la tabla estadística específica de malos tratos del Ministerio del Interior.

    Ministerio del Interior

  60. Elaborar estadísticas específicas que permitan conocer la incidencia de malos tratos en las diferentes instituciones sanitarias.

    Ministerio de Sanidad y Consumo

  61. Hacer un seguimiento de la difusión y utilización del Protocolo sanitario ante los malos tratos domésticos.

    Ministerio de Sanidad y Consumo

  62. Proponer a la Comisión Europea la adopción de un Sistema de Indicadores comunes para el seguimiento y evaluación de la violencia en todos los Estados miembros.

    Instituto de la Mujer

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