Plan Especial de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas168-169
Recopilación mensual n. 108, enero 2021
168
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 22 de enero de 2021
Plan Especial de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica
de Gran Canaria
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 126/2020, de 10 de diciembre, por el que se aprueba definitivamente el
Plan Especial de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de Gran
Canaria. (BOCAN núm. 258, de 16 de diciembre de 2020)
Palabras clave: Aguas. Inundaciones. Planificación.
Resumen:
El esquema de actuación establecido en la Directiva 2007/60/CE, del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de
inundación y en el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, en materia de evaluación y gestión
de los riesgos de inundación, comprende tres momentos o fases sucesivas: 1. La evaluación
preliminar del riesgo de inundación. 2. La elaboración de mapas de peligrosidad y de riesgo
de inundación. 3. La aprobación de los planes de gestión del riesgo de inundación.
La Directiva de Inundaciones dispone que estos planes de gestión debían estar finalizados y
publicados, a más tardar, el 22 de diciembre de 2015 (artículo 7.5), debiendo estar a
disposición de la Comisión Europea en el plazo de los 3 meses siguientes (artículo 15.1).
Precisamente, el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea ha dictado Sentencia con
fecha 2 de abril de 2020 (asunto C-384/19), en la que se declara que el Reino de España ha
incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 7, apartados 1 y 5, y
15, apartado 1, de la Directiva 2007/60/CE, al no haber establecido, publicado ni notificado
a la Comisión Europea, dentro del plazo señalado, los planes de gestión del riesgo de
inundación relativos a las demarcaciones hidrográficas, entre otras de Gran Canaria.
El Plan que ahora se aprueba aborda un extremo concreto: la gestión de riesgos de
inundación en la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria. Sus previsiones complementan
al Plan Hidrológico Insular de la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria, aprobado por
Decreto 2/2019, de 21 de enero, que se refiere a la problemática de las inundaciones de
manera genérica, remitiéndose precisamente al plan de gestión de riesgos de inundación.
Desde el punto de vista territorial y urbanístico, este Plan especial merece la calificación
jurídica de “plan sectorial con impacto sobre el territorio”, de acuerdo con la Disposición
adicional cuarta de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales
Protegidos de Canarias. Una vez entre en vigor -17 de diciembre de 2020-, tendrá la
consideración de Plan Territorial Especial y prevalecerá sobre los restantes instrumentos de
ordenación territorial, ambiental y urbanística vigentes; todo ello de conformidad con el
apartado 2 de esa disposición adicional, en relación con el artículo 15.1 del Real Decreto
903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación.

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