Plan de activación para el empleo. Integración en el sistema de prestaciones por desempleo

AutorVíctor Santa-Bárbara Rupérez
CargoDirector Provincial de Barcelona del Servicio Público de Empleo Estatal y Coordinador Territorial del Servicio Público de Empleo Estatal en Cataluña

El 15 de enero entraba en vigor la nueva prestación del Servicio Público de Empleo Estatal para desempleados, tras casi dos meses de funcionamiento se pueden sacar una serie de valoraciones y conclusiones. Sin embargo, en primer lugar, resulta necesario analizar la situación laboral y social en el que se integra, los resultados esperados, así como la propia normativa y configuración de la prestación, dentro del marco general de prestaciones por desempleo.

Como ya establece la exposición de motivos del Real Decreto Ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Para la Activación Para el Empleo (PAE), la principal finalidad que tiene es la reducción del colectivo de parados de larga duración, para lo cual, toma como eje fundamental la instauración de un sistema de activación de para el empleo, esto es, incorporar sistemas que permitan aumentar la empleabilidad de este colectivo de desempleados. Lo que implica a su vez, una mejor relación entre las Administraciones Públicas competentes, para de esta forma, compartir más información y colaborar en las actuaciones. El programa consigue un sistema de acompañamiento del ciudadano durante el proceso de búsqueda de empleo y cobro de la prestación.

El PAE ha dado un cierto desarrollo a la recomendación tercera, del Programa Nacional de Reformas de 2014 de España, de las Recomendaciones específicas del Consejo de la Unión Europea de 8 de julio de 2014. En esta concreta recomendación, se señala la importancia de contar con servicios públicos de empleo modernos, que sean capaces de prestar servicios personalizados y eficaces, especialmente para quienes tienen más dificultad para acceder al empleo, como son los parados de larga duración.

Es cierto, que esta prestación, incorpora un sistema de atención personalizada, más potente que el establecido para el plan PREPARA. Es así, ya que además de la necesidad de la búsqueda activa de empleo y su demostración, se incorpora la necesidad de nombramiento de un tutor, que diseña un itinerario, quien a su vez tiene que hacer un seguimiento del mismo, durante el percibo de la prestación.

La misma recomendación, señala así mimo, la necesidad de un mejor sistema que garantice la vinculación entre el desempleado y su compromiso con el mercado de trabajo, mediante la búsqueda activa de empleo (BAE). De manera, que exista una mayor y más estrecha relación entre las políticas activas y pasivas de empleo. En este sentido, la norma reguladora del programa, ha querido hacer propio el sistema existente en el programa PREPARA. Este sistema puede considerarse insuficiente, ya que, aunque en su momento supuso una novedad en la normativa española, que por lo tanto, viene a ser un primer paso en la ruptura con un sistema que claramente se ha visto ineficaz. Es insuficiente debido a que nos estamos refiriendo a personas en situación límite, a desempleados de larga duración, que han agotado todos los recursos disponibles, y que por lo tanto, es la única vía de acceso al empleo. Parece ser, que al configurarse la BAE, como una demostración de tres intentos de búsqueda de empleo, podríamos dar la sensación de que estos tres intentos son suficientes para buscar empleo en tales circunstancias, dando por satisfechas las necesidades...

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