Hombre y persona. Personalidad. Capacidad e incapacidad. Discapacidad y vejez

AutorJoaquín Rams Albesa
CargoCatedrático de Derecho civil. UCM
Páginas211-296

Page 211

Hombre y persona. Personalidad. Capacidad e incapacidad.

Discapacidad y vejez

(Reflexión sobre estos conceptos jurídicos esenciales, de ordinario tratados como lugares comunes) (1)

JOAQUÍN RAMS ALBESA Catedrático de Derecho civil. UCM

1. INTRODUCCIÓN.

  1. HOMBRE Y PERSONA:

    2.1. ¿QUÉ ES Y QUIÉN ES HOMBRE?

    2.2. ¿QUÉ ES SER PERSONA Y QUIÉN LO ES?

  2. PERSONALIDAD, CAPACIDAD E INCAPACIDAD:

    3.1. LA PERSONA Y LA CAPACIDAD, EN GENERAL.

    3.2. LA PERSONALIDAD.

  3. LA DISCAPACIDAD:

    4.1. EN GENERAL.

    4.2. PRIMEROS PASOS DE PROTECCIÓN DE LA DISCAPACIDAD EN ESPAÑA.

    4.3. LA DISCAPACIDAD CONTEMPLADA EN LA LEY 41/2003, DE 18 DE NOVIEMBRE. 4.4. LA CONVENCIÓN DE 13 DE DICIEMBRE DE 2006. RATIFICADA POR ESPAÑA EL

    4.4. 23 DE NOVIEMBRE DE 2007 (BOE 21 DE ABRIL DE 2008):

    (1) El presente trabajo forma parte de las actividades del grupo de investigación de la Universidad Complutense de Madrid que, con el número 931083, tengo el honor de dirigir.

    Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 723, págs. 211 a 296

    SUMARIO

    211

    Page 212

    Joaquín Rams Albesa

    4.4. 4.4.1. El propósito de la Convención. 4.4. 4.4.2. Definiciones y su relación con los fines de la norma. 4.4. 4.4.3. Contenido material de la Convención.

    5. LA VEJEZ:

    5.1. CONFUSIONES EN TORNO A SU REALIDAD.

    5.3. VÍAS DE POSIBLE PROTECCIÓN A LA ANCIANIDAD EN MATERIA CIVIL.

  4. LA INCAPACIDAD:

    6.1. EN LA CODIFICACIÓN.

    6.2. LA REFORMA DE 1983.

    6.3. LA SENTENCIA DE PLENO DE LA SALA 1.ª DEL TRIBUNAL SUPREMO 282/2009, 6.3. DE 29 DE ABRIL.

  5. RECAPITULACIÓN.

  6. INTRODUCCIÓN

    La idea inicial de este trabajo responde a la necesidad de poner un cierto orden sobre la vejez y su incidencia dentro del ámbito de los Derechos de la personalidad y en el contexto propio del Derecho Civil de la Persona. Intuía que, también en mi caso, las ideas al uso no estaban iluminadas por la plenitud de nuestro actual Ordenamiento. Es decir, las nociones jurídicas que se aplicaban al hecho jurídico en cuestión nacían y circulaban por los entresijos del Derecho Civil con débiles y tenues iluminaciones, no precisamente aristotélicas, nacidas al amparo de las correcciones, en cuanto a la línea gruesa, debidas a las reformas neoconstitucionales, empleado este término en el sentido en que suele hacerlo mi distinguido y querido amigo el profesor DELGADO

    ECHEVERRÍA y que otro tanto ocurría con algunos de los conceptos más importantes de hombre, persona y personalidad, así como con la noción de capacidad, todas ellas afectadas por el maremoto intelectual que han supuesto las nuevas ideas y experiencias de la segunda mitad del siglo pasado sobre la vida de las personas en sociedad y las actividades que son propias de éstas.

    Dentro de la conformistas coordenadas de la legislación decimonónica (2) me movía con relativa comodidad, tal vez un poco perezosa, conformista y muy desincentivada, hasta que las campañas ultra progresistas y las propuestas neo conservadoras, también extremosas, sobre la familia y su Derecho me

    (2) Un aparato legislativo e intelectual de primer orden que sigue en gran parte vivo, sobre todo en ideas y principios básicos, pero que requiere de nuevas líneas de ordenación normativa, clarificación y exposición tanto para los alumnos de Derecho como para el conjunto de la ciudadanía. Las reformas, contrarreformas y revisiones parciales han dejado, a mi juicio, muy dañada la sistemática, pero no el fondo de inspiración, si bien éste puede verse afectado si la confusión sigue acumulándose reforma tras reforma.

    Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 723, págs. 211 a 296

    Page 213

    Hombre y persona. Personalidad. Capacidad e incapacidad. Discapacidad y vejez

    han provocado una suerte de desazón intelectual frente a la cual decidí prescindir de los paliativos contra la incomodidad y aprovechar situación para incidir sobre el tema principal, sin variar demasiado mi comenzado trabajo sobre la vejez, desde una perspectiva algo más amplia y un poco más compleja, pero también bastante menos complicada.

    De estas complicaciones que creo traen causa las posiciones más extremas, quiero suponer que a su pesar, y también las posiciones simplemente cómodas que han querido mantener las tesis más tradicionales que sustenta una buena parte de la civilística española, que entiende, a su vez, que su posición sigue inspirándose en el pensamiento ecléctico que, desde sus inicios en los años treinta del siglo pasado, «siempre supo» —y éste me parece que ha sido su principal y más común defecto— sacar el mejor rendimiento al pensamiento de las grandes escuelas enfrentadas. Eso sí, sin necesidad de tomar partido o, más exactamente, sin sentirse obligados, los autodenominados eclécticos, a tomar partido sobre las ideologías y éticas que servían de base al discurso propio de las escuelas que, por arte de birlibirloque y por mera habilidad, ahora se presentaban entre nosotros con unas soluciones nuevas, equidistantes y curadas de sus naturales extremismos.

    Sigue estando clarísimo, al menos para mí sí lo está, que la síntesis de contrarios solo es posible cuando tesis y antítesis han sido formuladas por una misma mente y para un mismo propósito dialéctico, casi siempre limitado a la didáctica. Entre dos reales conclusiones procedentes de mentes distintas y contrapuestas entre sí pueden caber distintas y diferentes posiciones, pero rara vez una posición unitaria y sintética, que se desprende de la ganga circunstancial y se aprovecha de las esencias intelectuales de cada uno de los contrarios; tal resultado linda con lo milagroso y en estas materias los milagros no suelen darse y, si se dan, no son generalmente de recibo.

    La rectificación del rumbo del trabajo, en buena lógica, ha sido relativa, mantiene el sabor y la mirada civilista; ahora bien, el propósito y el resultado espero acaben estando situados más allá de las funcionales instituciones civiles generadas con la finalidad de paliar las limitaciones que impiden el goce de una posición de humana plenitud. La que se predica, tal vez con poco realismo, de un arquetipo que tiene mucho que ver con la autocomplacencia de los políticos legisladores, de los profesores y, cómo no, de los profesionales del Derecho que o bien quieren ampliar su campo de acción profesional, o bien buscan confortable acomodos para seguir en una bonancible rutina.

    Mi deseo no es otro que coadyuvar a la fijación de los límites «naturales» —tal vez sería mejor denominarlos «objetivos» del establecimiento— y ejercicio de los officia bona del cuidado de las personas que padecen discapacidades, sufren los achaques de la vejez o, para mayor desgracia, se encuentran el situación de incapacidad.

    Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 723, págs. 211 a 296

    Page 214

    Joaquín Rams Albesa

    Sabemos bien que las sociedades occidentales han experimentado en los últimos setenta años (los transcurridos desde el inicio de la II Guerra Mundial) un contundente y continuado cambio estructural, más profundo que el que suele deparar una revolución política o social triunfante. Este cambio de hondo calado sigue en curso y la sociedad es consciente de que esta falta de conclusión, no se limita a ser un radical cambio encaminado a efectuar unos relativos ajustes en la política, ni a revisar algunos fundamentos del pensamiento social, como ocurriera con ocasión de las Revoluciones, la americana y la francesa, aunque también aspira a ese resultado, pero por distinta vía.

    En la actual transformación, verdaderamente revolucionaria, la causa motriz hace referencia, en esencia, a la ampliación y extensión del conocimiento del mundo físico: a proporcionar una explicación científica de la realidad biológica con incidencia directa en todos los seres vivientes; a implantar la universalización del dominio de las comunicaciones en tiempo real; a generalizar la producción de bienes y servicios; y, de forma muy especial, a indagar en todas las formas de vida, incluso hasta acuñar un nuevo concepto mismo de vida en todas sus manifestaciones y con todas sus consecuencias, sin importar demasiado los límites que desde otras perspectivas mentales y con otros fines, probablemente bien intencionados, tratan de salirles al paso y reconducirlos a un respeto a la tradición.

    En medio de tanto triunfo intelectual, esta revolución científica y técnica ha provocado el redescubrimiento de la circunstancialidad e insignificancia del ser humano, con la correlativa disminución de su visión en relación con la trascendencia. Lo siento por la bien conocida afirmación de mi admirado ORTEGA y GASSET, pero en los tiempos actuales, yo no soy del todo yo y mis circunstancias se amplían y se universalizan y, en su consecuencia, pierden vinculación con los saberes y las situaciones precedentes.

    Casi todos tenemos la inquietante sensación de que pasamos de estar en el centro del mundo a ser aquello que nos permiten unas circunstancias que no dominamos. Al menos tenemos el divertido consuelo de que los habituales diseñadores de las circunstancias (los integrantes de los poderes políticos, religiosos, judiciales, legislativos, económicos y de otros poderes fácticos menos visibles) tampoco las dominan. y que las más de las veces es la realidad que creían dominada la que se les escapa, aunque no tanto como al resto de los mortales, pero también.

    En el mundo que seguimos denominando «occidental», con bastante impropiedad geográfica, el cambio, que se inicia, en las ideas que se revelaron decisivas para la ciencia y la comprensión del mundo, en los llamados «años veinte», y para el ámbito social en 1945, se ha ido imponiendo de forma gradual, sin grandes sobresaltos. En la marcha del mismo hasta las inevitables confrontaciones para detentar el poder, incluidas las manifestaciones de violencia bélica, se han llevado a cabo sin graves daños relativamente hablando

    Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 723, págs. 211 a 296

    Page 215

    Hombre y persona. Personalidad. Capacidad e incapacidad. Discapacidad y vejez

    sobre los propios países y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR