El pensamiento político-constitucional de Alvaro Flórez Estrada a través de la prensa*

AutorIgnacio Fernández Sarasola
Páginas23-49



"Todo lo que en política ha escrito Flórez Estrada está vaciado en este molde de su liberal corazón, que arrebata siempre a su mente más allá de la meta política del continente y de los tiempos" (Charles Le Brun, 1826)

"No obstante su exageración y la falta de dotes oratorias, era respetado y considerado por todos los partidos, que no veían en él al político, sino al sabio (...) Su renombre de sabio, oscureció bien pronto los recuerdos del político" (Juan Rico y Amat, 1862)

@I. Introducción

1. La libertad de imprenta constituyó uno de los grandes desvelos políticos de Alvaro Flórez Estrada. De su pluma nació en 1809 el opúsculo titulado "Reflexiones sobre la libertad de imprenta", remitido a la Junta Central1 y posteriormente publicado de forma conjunta con su "Constitución para la nación española"2. Nunca hasta la fecha se había escrito en España un texto que tratase con tanta profundidad este derecho en su dimensión política, como instrumento para controlar y guiar la conducta de los gobernantes3. Coherente con la importancia que el asturiano otorgó a esta libertad, la consideró como uno de los medios más adecuados para exponer su ideario político-constitucional, hasta el punto de que éste no es comprensible si se analiza al margen de sus contribuciones en la prensa4.

2. La participación de Flórez Estrada en los diarios del primer tercio del siglo XIX posee una intensidad muy diversa. Por una parte, puede hablarse de una intervención indirecta, cuando la prensa se hizo eco de sus obras, comentándolas. Tal fue el caso de su "Constitución para la nación española" (1809), que Blanco-White analizó críticamente en el periódico que editaba en Londres, "El Español". Más intensa fue la participación de Flórez Estrada en los diarios mediante la inclusión en éstos de sus opúsculos, reflexiones y comentarios. Un buen ejemplo es la publicación también en "El Español" de su "Discurso con ocasión de la apertura de las Cortes de Cádiz", en 1810. Pero en otras ocasiones, fue el propio Flórez Estrada quien se subió a la tribuna pública y expuso en artículos periodísticos sus conjeturas político-constitucionales. Tal sucedió entre 1812 y 1813, en su calidad de editor del diario liberal "El Tribuno del Pueblo Español", y en 1824, cuando utilizó un periódico de corte radical, editado por Pedro Pascasio Fernández Sardinó en Londres, titulado "El Español Constitucional".

3. Todas estos ejemplos muestran que Flórez Estrada llevó su idolatría de la libertad de imprenta al campo práctico, e hizo uso frecuente de ella para propagar sus ideas liberales. Pero, además, la participación del célebre político asturiano en la prensa tuvo casi siempre un marcado carácter polémico: con los miembros de la Junta Central, con Blanco-White o con José María Calatrava, por citar los ejemplos más significativos. Y es que, si algo caracterizaba a Flórez Estrada era su coherencia, su convicción política y, sobre todo, la tenacidad para defender sus ideas frente a los antagonistas. El presente artículo analizará las tres principales aportaciones de Flórez Estrada en la prensa liberal: sus publicaciones en "El Español", la edición de "El Tribuno del Pueblo Español" y, finalmente, la polémica con Calatrava plasmada en "El Español Constitucional". Y, en todos los casos, se pondrá de manifiesto las controversias político-constitucionales que subyacieron a cada una de ellas.

@II. Flórez Estrada y "el Español"

4. Las primeras colaboraciones de Flórez Estrada en la prensa fueron indirectas, no derivadas de su propia iniciativa, sino del interés que sus opúsculos suscitaron entre editores de periódicos liberales. Así sucedió con Blanco White y su célebre periódico "El Español", editado en Londres, que se hizo eco de alguno de los primeros textos político-constitucionales del asturiano. Blanco White ya había editado en Sevilla la primera etapa de "El Semanario Patriótico" (mayo-agosto 1809) y, una vez en Londres, editó desde abril de 1810 hasta junio de 1814 el diario que le daría más fama, "El Español"5. Si "El Semanario Patriótico" había plasmado el ideario francófilo y revolucionario de Blanco White, "El Español" reproducirá su ideología anglofila; un cambio de mentalidad a la que contribuyó otro asturiano notable, Andrés Ángel de la Vega Infanzón6 , y que resultaba más acusado a medida que los números de "El Español" se sucedían.

5. Precisamente por su anglofilia, "El Español" se va a distanciar de las opiniones de Flórez Estrada, partidario de un constitucionalismo de sesgo revolucionario y francófilo. Pero ello no impidió a Blanco White percibir la importancia de las aportaciones de Flórez Estrada, por más que discrepara sobre su contenido. El interés de "El Español" en las producciones de Flórez Estrada se tradujo en la publicación de su "Discurso con ocasión de la reunión de las Cortes" (publicado en diciembre de 1810), y en sendos comentarios a la "Constitución para la Nación española" (noviembre-diciembre de 1810) y a la "Introducción para la Historia de la Revolución de España" (febrero de 1811). La presencia de Flórez Estrada en "El Español" es, pues, notable.

@@2.1. El "Discurso con ocasión de la reunión de las Cortes"

6. Tal y como se ha señalado, en diciembre de 18107 Blanco-White daba noticia de un Discurso preparado por Flórez Estrada desde Inglaterra, dirigido a las Cortes a fin de que se leyese el día o de su sesión constitutiva, cosa que no se verificó8 . "El Español" reproducía íntegramente el documento que, en sustancia, constituía una crítica hacia la actividad de la Junta Central, instando a las nuevas Cortes a no incurrir en sus mismos errores. Cuatro eran, al parecer de Flórez Estrada, los principales yerros de la Central: la intención de los vocales de perpetuarse en sus puestos; el no haber aprobado interinamente una Constitución en tanto no se reunían las Cortes; el utilizar sesiones secretas y, finalmente, no haber permitido de forma inmediata la libertad de imprenta. El análisis de cada una de estas tachas incluía importantísimas afirmaciones doctrinales que expresaban a las claras el ideario revolucionario francófilo de Flórez Estrada.

7. En primer lugar, criticaba el asturiano que los vocales de la Central hubiesen intentado perpetuarse en su cargo, defraudando así a sus representados. Este error, sin embargo, era la punta del iceberg de toda una serie de fraudes representativos sucesivos. Así, criticaba Flórez Estrada que los miembros de la Junta Central no hubiesen seguido fielmente las instrucciones otorgadas por sus comitentes, las Juntas Provinciales, de las que derivaba su legitimidad. En realidad, con tal crítica Flórez Estrada se mostraba partidario de la postura de las Juntas Provinciales, que habían intentado con insistencia someter a su voluntad a los vocales de la Junta Central, basándose en la idea de que cada una de las Juntas Provinciales era soberana9.



Tal postura, que en definitiva supondría vertebrar el Estado español como un Estado federal10, fue inmediatamente corregida por los miembros de la Junta Central, que afirmaron la libertad de su mandato y restringieron las facultades de las Provinciales para garantizar un gobierno central fuerte.

8. Pero en la crítica de Flórez Estrada -tan contraria al parecer de su coterráneo Jovellanos-subyace toda una teoría de la representación que pone de relieve su ideario liberal-democrático. En efecto, para el político de Somiedo, la representación era un requisito indispensable en un Estado numeroso, en el que el pueblo era incapaz de asumir por sí el ejercicio de la soberanía. Ahora bien, ese mismo problema poblacional justificaba que las elecciones fuesen indirectas11: en primer lugar se formarían diversos Congresos territoriales (clara referencia a las Juntas Provinciales) de donde saldrían los diputados del Congreso Nacional. Pero todavía más notable es la afirmación de Flórez Estrada de que los Congresos territoriales, al elegir a los diputados nacionales, les daban instrucciones obligatorias que debían de seguir, so pena de violentar la voluntad popular: "Como los representantes no pueden ser elegidos con otro objeto que el hacer la voluntad de los representados, será una violación manifiesta, y una representación usurpada, la ejercida para resolver contra las instrucciones de los representados"12. Dicho en otros términos: Flórez Estrada se mostraba partidario del mandato imperativo.

9. Este principio se complementaría con otro rasgo de la representación que ahonda en el componente liberal-democrático del asturiano: si el primer principio de la representación era la identidad entre la voluntad del representante y del representado (a través del mandato imperativo), el segundo era lo que él denominaba "voto igual" y que, en realidad, se refería al sufragio universal. "Sé que casi todas las naciones han limitado el derecho de la elección a los propietarios -señalaba el somedano- pero es sin duda una injusticia notoria"13. El argumento para la defensa del sufragio universal no puede ser más rousseauniano: al votar, el pueblo se halla en estado de naturaleza, y en él los individuos son iguales, por lo que no es posible privar a ningún sujeto del derecho de sufragio. De este modo, cada elección parecía convertirse a los ojos de Flórez Estrada en una renovación del pacto social, al nombrar nuevos comitentes para que ejerciesen el poder legislativo. En realidad, cuando Flórez Estrada teorizaba sobre el sufragio universal no sólo se oponía a la idea de sufragio censitario, sino también -y sobre todo- la representatividad especial, en concreto la representación estamental. Si la propiedad no debía convertirse en condición de sufragio, mucho menos debía hacerlo la distinción de clases14.

10. Si la Junta Central había ostentado una representación ilegítima -por no ajustarse sus vocales a las instrucciones de las Juntas Provinciales- ésta lo había sido aún más desde el momento en que se había proclamado ejerciente del poder ejecutivo y, por tanto, representante del Rey. En...

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