Panorama jurisprudencial: Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo

AutorManuel Jaén Vallejo
CargoMagistrado
Páginas305-332
ISSN: 0210-4059 CUADERNOS DE POLÍTICA CRIMINAL
Número 131, II, Época II, septiembre 2020, pp. 305-332
SECCIÓN JURISPRUDENCIAL
PANORAMA JURISPRUDENCIAL:
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Y TRIBUNAL SUPREMO
MANUEL JAÉN VALLEJO*
RESUMEN: Extracto de las Sentencias del Tribunal Constitucional corres-
pondiente al segundo cuatrimestre de 2020. También incluye un breve
panorama de jurisprudencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo,
con referencia a las siguientes cuestiones: delito de injurias, con referen-
cia al bien jurídico protegido y al tipo agravado de injurias con publici-
dad; delito contra la Hacienda Pública, sistemas de estimación directa
e indirecta, determinación de las bases imponibles del impuesto sobre
la renta de las personas físicas sobre la base del importe íntegro de lo
cobrado, sin deducción de la retención del IVA; clases de imprudencia
y su caracterización en el ámbito del tráfico automotor; responsabilidad
penal de la persona jurídica; y delito contra la integridad moral en su
modalidad de acoso funcionarial («moobing») y delito de prevaricación
cometido por autoridad pública.
SUMARIO: I. Tribunal Constitucional.- II. Sentencias del Pleno de la Sala
de lo Penal del Tribunal Supremo. III. Sentencias de la Sala de
lo Penal del Tribunal Supremo.
* Magistrado.
306 MANUEL JAÉN VALLEJO
CUADERNOS DE POLÍTICA CRIMINAL ISSN: 0210-4059
Número 131, II, Época II, septiembre 2020, pp. 305-332
I. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Las Sentencias publicadas en el BOE en el segundo cuatrimestre de
2020 recaídas en asuntos de naturaleza penal, son las siguientes:
SENTENCIA 47/2020. Estima el recurso. DERECHO A LA
TUTELA JUDICIAL EFECTIVA EN RELACIÓN CON EL
PRINCIPIO ACUSATORIO: la pena concreta solicitada por la
acusación para el delito formalmente imputado constituye —al
igual que el relato fáctico y la calificación jurídica en la que aque-
lla se sustenta— un elemento esencial y nuclear de la pretensión
punitiva, determinante por ello de la actitud procesal y de la po-
sible línea de defensa del imputado; la correlación entre la acusa-
ción y el fallo de la sentencia debe existir en todas las instancias
judiciales; sentencia que impone una pena superior a la solicitada
por la acusación (STC 155/2009), vulnerando así el derecho de la
demandante de amparo a la tutela judicial efectiva sin indefensión
(art. 24.1 CE), en relación con el principio acusatorio.
SENTENCIA 87/2020. Recurso de amparo 6127-2018. Estima
el recurso. DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA
EN SU VERTIENTE DEL DERECHO DE ACCESO A LA
JURISDICCIÓN MEDIANTE EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN
PENAL (ius ut procedatur): archivo de las diligencias previas que
no satisface el derecho a obtener una investigación suficiente y
eficaz en el curso de un proceso penal.
El derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente del derecho
de acceso a la jurisdicción mediante el ejercicio de la acción penal, se ha
configurado en la doctrina de este tribunal como un ius ut procedatur,
cuyo examen constitucional opera desde la perspectiva del art. 24.1 CE,
siendo sus notas características las siguientes:
a) El ejercicio de la acción penal no otorga a sus titulares un de-
recho incondicionado a la apertura y plena sustanciación del
proceso penal; tampoco impone a los órganos judiciales la obli-
gación de realizar una investigación más allá de lo necesario,
alargando indebidamente la instrucción o el proceso.
b) El querellante o denunciante ostenta, como titular del ius ut pro-
cedatur, el derecho a poner en marcha un proceso penal, a que el
mismo se sustancie de conformidad con las reglas del proceso jus-
to y a obtener en él una respuesta razonable y fundada en derecho.
c) La tutela judicial efectiva del denunciante o querellante es satis-
fecha por la resolución judicial que acuerde la terminación an-

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