Palazzo, Antonio: La filiazione fuori del matrimonio

AutorJosé María León González
CargoProfesor Adjunto de Derecho Civil en la Universidad de Salamanca.
Páginas#811-814

Palazzo, Antonio: La filiazione fuori del matrimonio, Giuffré, Milano, 1965, 399 páginas.

Page 811

El interés que la moderna doctrina italiana ha venido mostrando de forma continuada por el tema de la filiación, desde una época que muy bien puede fijarse en las primeras publicaciones de Cicu sobre el Derecho de familia, continúa vigente en nuestros días. Más aún, se observa que de unos años a esta parte se ha incrementado.

El libro de Palazzo se coloca en esta línea y, aunque su aportación no sea reseñable entre las más destacadas, sirve, desde luego, comaPage 812 prueba de esa orientación que, cada vez con mayor insistencia, se plantea el problema de la reforma del actual sistema, en orden a la adecuación de los criterios legales con la cambiante realidad social y de la necesidad de hacer efectiva la equiparación de los status de filiación -siguiendo una tendencia universalmente sentida-en el marco del artículo 30 de la Constitución.

Tales observaciones-que el propio autor recoge en el capitulo I, bajo el título de «El problema de la equiparación de los status de filiación»- sirven como justificación y punto de partida a su estudio.

Ya desde las primeras páginas, al criticar la doctrina dominante que, en lugar de analizar las diversas especies de procreación como elementos de una categoría unitaria, las considera como presupuestos del reconocimiento, de forma que sólo este último (accertamento) desempeña la función determinante de los efectos del status jurídico, sienta Palazzo una de las premisas fundamentales desarrollada a lo largo de la obra.

Pasa a considerar en el capítulo II la naturaleza jurídica de aquellos actos por medio de los cuales se verifica la fijación (.accertamento) de la procreación dentro de la filiación ilegítima (de la que el reconocimiento, en su opinión, representaría solamente uno de sus componentes o elementos).

Observa que «igual función tienen en el ámbito del hecho de la filiación ilegítima el reconocimiento del padre natural (art. 250) y la declaración judicial de paternidad (art. 269) o maternidad natural (art. 272)» (pág. 28).

Si a esta equivalencia de función corresponde una estructura igual de los actos, es un problema previo cuya solución requiere el estudio, primero aislado y luego comparativo, del reconocimiento y la declaración judicial

Para ello va a realizar el autor-y éste es uno de los méritos a destacar en su investigación-un exhaustivo análisis critico sobre las múltiples teorías elaboradas...

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