Pactos de fiscales y defensas

AutorBerta Franco Lanuza

A raíz de la noticia publicada en el diario SEGRE el lunes 19 de septiembre de 2005 bajo el titular Los pactos entre fiscales y defensas se triplican en 4 años por los juicios rápidos, me interesa dejar reflejada mi opinión al respecto en relación con los siguientes puntos:

Desde la entrada en vigor, en marzo de 2003, de la ley 38/2002, de 24 de octubre, denominada comúnmente ley de juicios rápidos, es indiscutible el incremento de los pactos entre fiscales y abogados defensores.

Pero es necesario poner de relieve que el régimen de la conformidad se aplica exclusivamente en aquellos supuestos en los que una vez examinada la causa por parte del abogado defensor, valoradas las pruebas de cargo y la posible existencia o inexistencia de pruebas de descargo, así como las circunstancias del hecho y de la detención, resulta del todo desaconsejable llegar a juicio dada la imposibilidad de conseguir una sentencia absolutoria, no debemos olvidar que la función del letrado es velar por los intereses del acusado, y en aquellos supuestos en los que existe de forma clara la imposibilidad de obtener una sentencia absolutoria el deber del abogado es conseguir que al acusado le caiga la pena mínima y, en su caso, intentar eludir su ingreso en prisión.

La ventaja de pactar con el fiscal en el Juzgado de Guardia es obtener una pena mucho menor de lo que se conseguiría en el supuesto de que la causa llegase a tramitarse ante el Juzgado de lo Penal, y es por ello que en muchas ocasiones el abogado se halla ante la obligación de aconsejar a su cliente el pacto. Ahora bien, no debemos olvidar que el letrado, cumpliendo con su deber, únicamente aconseja y asesora a su cliente de la conveniencia de pactar con el fiscal desde su punto de vista profesional, pero que quien decide en última instancia llegar o no a un acuerdo es el propio acusado.

También se debe destacar que la actuación del abogado defensor en los supuestos en que una vez examinadas las actuaciones, si éste llega al convencimiento de que no existen en la causa...

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