Argentina: Protección de Datos Personales. (Originalmente el presente artículo fue publicado en Investigaciones 1 (1998)

AutorMercedes Urioste
CargoCorte Suprema de Justicia de la Nación. Secretaría de Investigación de Derecho Comparado.

1. INTRODUCCIÓN

La protección de datos personales se presenta como un tema que puede exhibir falsas apariencias respecto de su contenido, ya que no tiene por objeto proteger a los datos per se, sino a una parte del derecho a la intimidad personal, esto es, la que se vincula con la información individual. Sin embargo, este derecho excede la idea individualista de protección de la intimidad, ya que engloba también los intereses de grupo contrarios al almacena-miento y recolección de información.

El almacenamiento y recopilación de datos de carácter personal no son actividades novedosas. La existencia de los tradicionales ficheros manuales ya auguraba los riesgos que un registro con datos incompletos, falsos o utilizados para un propósito diferente del que motivaba la recolección, podía generar en las personas. Sin embargo, dichos ficheros y las otras modalidades clásicas de injerencia en la esfera de la vida íntima -como el teatro, la literatura, la prensa, que se fueron perfeccionando con la fotogra-fía a distancia, la radio, el teléfono y la televisión- han queda-do minimizados con la evolución de la electrónica y la informáti-ca. En efecto, estas últimas permiten que los seres reales se disuelvan en múltiples datos y sean observados por otros sujetos que operan desde la penumbra con un instrumento formidable que torna visibles a los demás, lo cual les permite, asimismo, acumu-lar información en cantidad ilimitada sobre cualquier aspecto de la vida cotidiana de un individuo: salud, costumbres, hábitos sexuales, ideas políticas, fe religiosa, aspectos sociales, econó-micos, etc.

El ejercicio incontrolado de este poder haría totalmente factible la destrucción de la esfera de reserva de un individuo que, siendo ya frágil, se hace aún más vulnerable ante la expan-sión ilimitada del dominio del Estado o de los sujetos que dispo-nen de poder informático. Una mercancía y un poder concretos que generan un potencial inimaginable de supremacía en la esfera social, se erige en amenaza cierta para la libertad y la democra-cia. Por consiguiente, numerosos aspectos de la tecnología, no pueden estar ajenos a la política y al derecho.

Las normas de protección de datos otorgan a los individuos determinados derechos, v.gr., a recibir cierta información siempre que se reúnan datos relativos a su persona; a acceder a esos datos y, cuando sea necesario, a que éstos sean corregidos; y a oponerse al procesamiento de cierto tipo de datos. Dichas normas imponen, a su vez, obligaciones a las entidades que procesan datos: de usar los datos personales para objetivos específicos y explícitos; de garantizar la seguridad de los...

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