El origen de la doctrina «Ultra vires» en el «common law»

AutorD. Luis Ignacio Arechederra Aranzadi
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Civil

EL ORIGEN DE LA DOCTRINA «ULTRA VIRES» EN EL «COMMON LAW» (*)

POR D. LUIS IGNACIO ARECHEDERRA ARANZADI

Catedrático de Derecho Civil

INTRODUCCIÓN

En el artículo 9 de la primera directriz del Consejo de Ministros de la C.E.E., de 9 de marzo de 1968, se aborda el alcance de «los actos realizados por los órganos sociales... cuando tales actos sean ajenos al objeto social». La directriz trata de armonizar las distintas respuestas que de dicha cuestión pueden encontrarse en los ordenamientos de los países miembros de la C.E.E. (1).

En el ámbito del Common Law -Reino Unido e Irlanda- la cuestión es abordada a través de la, por muy divulgada, conocidísima doctrina ultra vires. Es difícil encontrar un libro cuyo objeto sea company law que no incluya, en su índice tópico, la expresión ultra vires (2).

En 1968 el Reino Unido y la República de Irlanda no formaban parte de la C.E.E. Su ingreso tuvo lugar en 1972. Los cambios en el Derecho del Reino Unido, precisos para su incorporación, se llevaron a término a través de la European Communities Act 1972. Por lo que concierne al tema objeto de este estudio, el influjo de la directriz comunitaria encuentra su manifestación más clara en la sección 35 de la Companies Act 1985.

El propósito de estas líneas consiste en establecer el origen de la aludida doctrina -circunscribiéndola únicamente al tema nuclear de la capacidad de las personas jurídicas-, tratando de esclarecer el contexto en el que se produce, y apuntado, por último, su expansión y posterior crisis.

II EL ORIGEN RECIENTE Y JUDICIAL DE LA DOCTRINA ULTRA VIRES

En 1874 Wiliam Brice pudo afirmar que «esta doctrina pudo haber estado en la mente de los jueces antiguos de una forma vaga, pero únicamente en la última mitad de siglo ha adquirido claridad y divulgación en el lenguaje» (3).

En Inglaterra en el siglo XVII, Sutton's Hospital Case reconoció la capacidad de una corporación de realizar cualquier acto que pudiera ser realizado por un individuo. Más tarde, respecto de las corporaciones creadas por decisión parlamentaria o conforme a una general corporation act, esta teoría de la capacidad corporativa fue superada en Inglaterra por la adopción de la teoría de una capacidad limitada o unos poderes especiales

(4).

Según Sealy «la doctrina ultra vires fue introducida en relación con las statutory companies -ferroviarias y otras que asumían un interés público, que crecieron rápidamente en número e importancia durante la primera mitad del siglo XIX aunque, inicialmente, parece asumirse que cualquier acto no autorizado por el statute constituyente de la compañía era ratificable por un voto unánime. La decisión de la Cámara de los Lores en Ashbury Railway Co. v. Riche en 1875 tuvo el doble efecto de confirmar que la doctrina se aplicaba a las compañías incorporadas por inscripción según las Companies Acts, y se definió la regla ultra vires en sentido estricto, no admitiendo la ratificación» (5).

III THE DIRECTORS OF THE ASHBURY RAILWAY CARRIAGE AND IRON COMPANY LIMITED VERSUS HÉCTOR RICHE, 8TH JUNE, 1875 (6)

III.1. Génesis del conflicto de intereses

John Ashbury, en dos lugares de Lancashire, se dedicaba a la fabricación de materiales relacionados con el ferrocarril, pero no a la construcción de los mismos.

Con un Memorándum of Association, de 12 de septiembre de 1862, se creó una compañía denominada «The Ashbury Railway Carriage and Iron Company» incorporada según la «Companies Act» de 1862 (7), con la finalidad de adquirir los negocios de John Ashbury. En la tercera cláusula del Memorándum se describía el objeto de la compañía: «El objeto para el que esta compañía es creada consiste en fabricar y vender, ceder o alquilar, carros y vagones de ferrocarril y todo tipo de instalaciones, pertrechos, maquinaria y material rodante; promover negocios de ingeniería mecánica y «general contractors»; comprar y vender, como comerciantes, madera, carbón, metales y otros materiales; y comprar y vender cualquier tipo de materiales en comisión, o como agentes.»

En 1864 Mr. Héctor Riche se dedicaba, en Bélgica, asociado con su hermano, al negocio de la construcción de ferrocarriles.

El 14 de marzo de 1864, el Gobierno belga concedió a ciertas personas, llamadas Gillon y Bertsoen, una concesión provisional para construir una línea de ferrocarril entre las ciudades de Amberes y Tournai, pagando, en concepto de caución en metálico, las sumas de 4.000 libras y 16.000 libras.

En el comienzo de 1865 se reunieron los dos concesionarios, Míster Riche y los administradores de Ashbury Company, y acordaron formar una Compañía (Sociedad Anónima) para realizar la concesión. El acuerdo consistió en que Ashbury Company adquiría la concesión de Míster Gillon a cambio de 70.000 libras, y contrataba a Míster Riche para la construcción. De esta forma, de hecho, la Compañía era la contratada para la construcción de la línea.

La formación de la Sociedad Anónima y el acuerdo con Mr. Riche se adoptó en Bélgica porque los materiales ferroviarios suministrados por una casa belga, estarían libres de los derechos de Aduana, que el Gobierno belga imponía a esos mismos materiales importados desde Inglaterra y, en consecuencia, el beneficio derivado de la construcción de la línea se incrementaría.

Mr. Riche comenzó y continuó durante algún tiempo los trabajos de construcción de la línea y, también, por un tiempo los dirigentes de Ashbury Company pagaron, en nombre de su compañía, a la Sociedad Anónima el dinero al que Mr. Riche se había hecho acreedor.

Dificultades que surgieron en el pago impidieron que el trabajo continuase. Los accionistas ingleses no asumieron el compromiso contraído por los administradores de Ashbury Company.

En mayo de 1867 tuvo lugar una Junta extraordinaria de accionistas de la compañía, en la que se estudió un informe, redactado por una Comisión, previamente nombrada en una reunión general celebrada en diciembre de 1866. Este informe desaprobó lo hecho por los administradores en relación con el asunto del ferrocarril belga, de forma similar a como se habían pronunciado acerca de la construcción de un ferrocarril en España. Tras la Junta anual, que tuvo lugar el 14 de mayo de 1867, y otra Junta general, celebrada el 24 de diciembre del mismo año, el acuerdo de Ashbury Company con los hermanos Riche, en relación con la construcción de la línea de ferrocarril, fue considerado ultra vires. Los hermanos Riche interpusieron una acción por los daños derivados de la ruptura del contrato.

La vista del caso tuvo lugar el 25 de noviembre de 1872 ante la «Court of Exchequer», constituida por los Barons Martin, Bram-well y Channel. El Barón Bramwell asumió el punto de vista de los demandados, que representaban a los accionistas de la compañía, mientras que los otros dos Barons se inclinaron por las razones de la demanda, por los hermanos Riche.

Revisada la causa (was taken on Error to the Exchequer Chamber) los Jueces Blackburn, Brett y Grove ratificaron el enjuiciamiento del Tribunal inferior, mientras que los Jueces Archibald, Keating y Quain se inclinaron por la opinión contraria, quedando divididos por un empate, que llevó el caso a la Cámara de los Lores.

Los recurrentes, accionistas de la compañía, demandados en el origen del pleito, argumentaron basándose en el Memorándum of Asso-ciation presentado para su incorporación por inscripción (registration) bajo las previsiones de la «Company Act» 1862, que introdujo en Inglaterra el fenómeno de la responsabilidad limitada. Para ello, distinguen cuidadosamente el tema debatido, de otro abordado en numerosos casos anteriores, en los que estaba en juego cómo había sido ejercido el poder por los órganos de la compañía. «Aquí (en este caso) la cuestión estriba en la falta de poder para hacer nada de lo que han hecho; alterar el objeto de la compañía y comprometerla en unos negocios, nunca mencionados en los estatutos de la misma, para lo que carecían de poder. Luego lo hecho es nulo, y siendo nulo no rati-ficable ni siquiera por todos los accionistas («even by the assent of the whole body of shareholders»).

Los recurridos, demandantes en instancia, sustentaban la validez del compromiso considerándolo dentro de lo previsto por los estatutos. Para ello, realizaron una cuidadosa lectura del objeto de la compañía, para resaltar el carácter abierto del mismo, a través de una cláusula tan genérica, incluida en la descripción del mismo, como general contractors, junto a previsiones más puntuales. Por ello, afirmaron, puede ser que la construcción de un ferrocarril no estuviese positivamente autorizada por los propios términos de los estatutos, pero, en cualquier caso, no estaba prohibido por ellos. Y así, aun en el caso de que se afirme que en la conclusión del contrato los administradores se habían extralimitado de los poderes conferidos -lo que ellos no admiten-, el contrato era susceptible de ratificación por los accionistas, si ellos estimaran que el mismo redundaba en beneficio de la compañía.

Ratificación que, indudablemente, ha tenido lugar a través del estudio de la cuestión en las diversas Juntas de accionistas; la elaboración, lectura de un informe sobre el problema encargado por los accionistas a un Comité nombrado al efecto y, sobre todo, por las recomendaciones de las Juntas a los directores de la compañía, en el sentido de que vean la posibilidad de asumir del modo más favorable el compromiso.

Por último, recuerdan que el conflicto no se produce entre los accionistas y los administradores de la empresa, sino más bien entre estos dos y un tercero, parte inocente del contrato, cuyo interés ha de ser prevalentemente tutelado, ya que en todo momento ha operado frente a una apariencia absolutamente regular, producida por la otra parte. Por ello, concluyen para los intereses de esta parte el contrato es correcto, y la decisión de instancia (the Court below was right) ajustada a derecho.

III.2. El razonamiento del Lord Chancellor (Lord Cairns) (8)

En el razonamiento de Lord Cairns cabe...

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